Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 15/05/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de abril de 2006, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las entidades sin ánimo de lucro solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden de 22 de febrero de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones en materia de voluntariado.

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Vista la Orden de 22 de febrero de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones en materia de voluntariado a entidades sin ánimo de lucro y Universidades Públicas Andaluzas (BOJA núm. 45, de 8 de marzo) y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la Disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes de subvenciones en materia de voluntariado, así como la documentación a aportar por las entidades sin ánimo de lucro y Universidades Públicas Andaluzas.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las entidades sin ánimo de lucro que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsanase la falta o acompañe los documentos preceptivos.

III. El artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O

Primero. Requerir a cada una de las entidades sin ánimo de lucro indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndolas, en caso contrario, por desistidas de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

Cádiz, 24 de abril de 2006.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Gómez Periñán.

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