Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 17/05/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

CORRECCION de errores en la Orden de 4 de mayo de 2006, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) (BOJA núm., de 10.5.2006).

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Advertidos errores en la Orden de 4 de mayo de 2006, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) (BOJA núm., de 10 de mayo de 2006), se procede a subsanarlos mediante las siguientes correcciones:

- En la página 9, en el artículo 4, donde dice: "Será considerado interesado únicamente el propietario, el cual podrá presentar solicitudes de modificación a SIGPAC durante los treinta días siguientes a la finalización del período de presentación de presentación de solicitudes de ayudas de la PAC"; debe decir:

"Será considerado interesado únicamente la persona propietaria, la cual podrá presentar solicitudes de modificación a SIGPAC durante los treinta días siguientes a la finalización del período de realización de solicitudes de ayudas de la PAC".

- En la página 9, en su artículo 9, donde dice: "Deberá incluirse Informe de Ingeniero Técnico Agrícola o Ingeniero Agrónomo que incluya salida gráfica en la que deberá marcarse la posición de los olivos, en los que existen diferencias, con las siguientes marcas en color rojo: 0 para añadir olivos plantados antes del 1.5.98; 0 para olivos plantados después del 1.5.98 y que han sustituido a un arranque; 0 para olivos plantados después del 1.5.98 y que no han sustituido a un arranque; X para las posiciones donde ya no existen olivos; / para las posiciones que no son olivos", debe decir:

"Deberá incluirse Informe de Ingeniero Técnico Agrícola o Ingeniero Agrónomo que incluya salida gráfica en la que deberá marcarse la posición de los olivos, en los que existen diferencias, con las siguientes marcas en color rojo: L para añadir olivos plantados antes del 1.5.98; O para olivos plantados después del 1.5.98 y que han sustituido a un arranque; ] para olivos plantados después del 1.5.98 y que no han sustituido a un arranque; X para las posiciones donde ya no existen olivos; / para las posiciones que no son olivos".

- En la página 10 en la Disposición adicional única donde dice: "... salida gráfica en la que deberá marcarse la posición de los olivos en los que existen diferencias con las siguientes marcas en color rojo: 0 para olivos plantados después del 1.5.98 y que han sustituido a un arranque, X para las posiciones donde ya no existen olivos..." , debe decir:

"... salida gráfica en la que deberá marcarse la posición de los olivos en los que existen diferencias con las siguientes marcas en color rojo: O para olivos plantados después del 1.5.98 y que han sustituido a un arranque, X para las posiciones donde ya no existen olivos..."

Sevilla, 11 de mayo de 2006

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