Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 24/05/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 25 de abril de 2007, del Ayuntamiento de Archidona, de bases para la selección de personal funcionario y laboral.

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CONVOCATORIA Y BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA QUE A CONTINUACION SE RESEÑAN, DE ACUERDO CON LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2006

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de marzo de 2007, se ha procedido a la aprobación de la Convocatoria y de las Bases para cubrir las plazas que a continuación se indican:

1. Naturaleza y características.

1.1. Denominación: escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, Categoría Arquitecto Superior a tiempo parcial (80% jornada habitual).

Núm. de plazas: Una.

Titulación: Licenciatura en Arquitectura Superior.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: A.

Régimen Jurídico: Personal funcionario.

Código del puesto en RPT: 29017-OFO-001.

1.2. Denominación: Oficial Conductor.

Núm. de plazas: Una.

Titulación: Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: D.

Régimen Jurídico: Contrato laboral.

Código del puesto en RPT: 29017-COND-001.

1.3. Denominación: Oficial Electricista.

Núm. de plazas: Una.

Titulación: Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

Grupo según art. 25 de la Ley 30/84: D.

Régimen Jurídico: Contrato laboral.

Código del puesto en RPT: 29017-OFO-004.

Las Funciones y Retribuciones que corresponden a las plazas objeto de la presente convocatoria, serán las establecidas por el Iltre. Ayuntamiento de Archidona, para cada grupo o categoría, según se trate de personal funcionario o laboral, de acuerdo todo ello, con la normativa legal vigente y lo dispuesto en los Convenios aplicables y Relación y Valoración de Puestos de Trabajo aprobada por la Corporación (BOP de Málaga núm. 153/2006, de 10 de agosto).

2. Sistema selectivo.

2.1. El procedimiento de selección de los aspirantes para cubrir la plaza de Arquitecto Superior a tiempo parcial será el de Concurso-Oposición libre.

2.2. El procedimiento de selección de los aspirantes para cubrir la plaza de Oficial Conductor será el de Concurso-Oposición libre.

2.3. El procedimiento de selección de los aspirantes para cubrir la plaza de Oficial Electricista será el de Concurso-Oposición libre.

3. Pruebas de aptitud.

3.1. Fase de Concurso:

Se celebrará en el caso de las plazas de Arquitecto Superior a tiempo parcial, Oficial Conductor y Oficial Electricista previamente a la fase de oposición. No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los aspirantes a dichas plazas junto con su solicitud, deberán presentar su "curriculum vitae" y los documentos acreditativos de los méritos que aleguen. Se entenderán como documentos acreditativos de los méritos los certificados oficiales, certificados de empresas, contratos u otro documento validado oficialmente, que deberán ser presentados en documento original junto con su fotocopia, al objeto de proceder a su cotejo en la Secretaría General de este Ayuntamiento en el momento de su presentación.

Los méritos a considerar necesariamente en el concurso, serán, con el carácter de preferentes, la valoración del trabajo desarrollado en anteriores plazas ocupadas o puestos de trabajo, la antigüedad, las titulaciones académicas, los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Centros Oficiales, así como otros conocimientos adquiridos en centros oficiales. A estos efectos los méritos alegados por los candidatos, se computarán hasta el último día inclusive del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación global otorgada en la fase de concurso se adicionará a la obtenida en la fase de oposición. La cifra resultante de esta suma es la que deberá ser tenida en cuenta para determinar la relación de candidatos en orden decreciente de puntuación, que propondrá el Tribunal.

En cualquier caso y antes de celebrarse la fase de oposición, el Tribunal deberá hacer público en el tablón de Edictos del Ayuntamiento o en el que a tal efecto se hubiera instalado en el lugar de celebración de la primera prueba de la fase de oposición, el resultado de la valoración de méritos alegados por los aspirantes en la fase de concurso.

El baremo para calificar los méritos alegados será el siguiente:

3.1.1. Plaza de Arquitecto Superior a tiempo parcial:

A) Méritos profesionales (hasta un máximo de 7,00 puntos):

A.1. Experiencia profesional en el desempeño de tareas propias de Arquitecto Superior durante los últimos cinco años: Por cada año completo de servicios prestados: en la Administración Local 1,50 puntos y en Administraciones distintas de la Local 0,75 puntos; no computándose períodos de tiempo inferiores a un mes. A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al procedimiento de selección, reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 7/1978, de 26 de diciembre; no computándose la experiencia adquirida durante períodos de formación o la derivada de servicios prestados como voluntario o meritorio.

A.2. Experiencia profesional en la redacción e información de Planes Generales de Ordenación Urbana: por cada documento elaborado en el que haya intervenido y que haya servido de base para la aprobación del avance o para su aprobación inicial o provisional: 1,00 punto.

B) Méritos académicos y de formación:

Asistencia a cursos de perfeccionamiento impartidos por Centros Oficiales que guarden relación con la plaza a cubrir en atención a la duración de los mismos según se detalla a continuación, u obtención de conocimientos acreditativos de perfeccionamiento o complementariedad de su oficio u oficios, valorados éstos libre y motivadamente por el Tribunal hasta un máximo de 3,00 puntos:

- 0,10 puntos por cada curso inferior a 15 horas lectivas y superior al menos a 6.

- 0,20 puntos por cada curso cuya duración esté comprendida entre 15 y 29 horas lectivas.

- 0,30 puntos por cada curso cuya duración esté comprendida entre 30 y 50 horas lectivas.

- 0,40 puntos por cada curso de duración comprendida entre 50 y 75 horas lectivas.

- 0,50 puntos por cada curso de duración comprendida entre 76 y 100 horas lectivas.

- 0,60 puntos por cada curso de duración superior a 100 horas lectivas.

3.1.2. Plaza de Oficial Conductor:

A) Méritos profesionales (hasta un máximo de 5,00 puntos):

A.1. Experiencia profesional específica en trabajos de naturaleza semejante a la plaza ofertada (transporte público de viajeros): por cada mes completo de servicios prestados durante los últimos cinco años, 0,20 puntos, no computándose períodos de tiempo inferiores a un mes. A estos efectos se computarán los servicios prestados indistintamente en Administraciones Públicas o empresas particulares.

A.2. Experiencia general como conductor profesional: por cada mes completo de servicios prestados durante los últimos cinco años, 0,05 puntos, no computándose períodos de tiempo inferiores a un mes. A estos efectos se computarán los servicios prestados indistintamente en Administraciones Públicas o empresas particulares.

B) Méritos académicos y de formación:

No son objeto de valoración en el presente caso.

3.1.3. Plaza de Oficial Electricista:

A) Méritos profesionales (hasta un máximo de 4,00 puntos):

A.1. Experiencia profesional en el desempeño de tareas propias de Oficial Electricista: por cada mes completo de servicios prestados durante los últimos cinco años, 0,20 puntos, no computándose períodos de tiempo inferiores a un mes. A estos efectos se computarán los servicios prestados indistintamente en Administraciones Públicas o empresas particulares.

B) Méritos académicos y de formación:

Asistencia a cursos de perfeccionamiento impartidos por Centros Oficiales que guarden relación con la plaza a cubrir en atención a la duración de los mismos según se detalla a continuación, u obtención de conocimientos acreditativos de perfeccionamiento o complementariedad de su oficio u oficio, valorados éstos libre y motivadamente por el Tribunal hasta un máximo de 1,00 punto:

- 0,05 puntos por cada curso inferior a 15 horas lectivas y superior al menos a 6.

- 0,15 puntos por cada curso cuya duración esté comprendida entre 15 y 29 horas lectivas.

- 0,25 puntos por cada curso de duración comprendida entre 30 y 120 horas lectivas.

- 0,50 puntos por cada curso de duración superior a 120 horas lectivas.

- 1,00 punto por estar en posesión del carnet de instalador electricista autorizado.

3.2. Fase de Oposición:

Se celebrará con posterioridad a la fase de concurso cuando ésta estuviera prevista, y comprenderá la realización de los ejercicios que seguidamente se describen para cada una de las plazas a cubrir, siendo todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Cada uno de los ejercicios podrá ser leído en sesión pública si el Tribunal así lo estimara, y su calificación se efectuará valorando, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la claridad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Al término de la lectura, el Tribunal podrá en su caso dialogar con el aspirante por espacio máximo de 10 minutos.

3.2.1. Plaza de Arquitecto Superior a tiempo parcial:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas y media, un epígrafe o tema completo elegido por el Tribunal de los integrantes del bloque I, así como un tema del bloque II y otro del bloque III del programa que acompaña esta convocatoria. Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes. El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas, un tema del Bloque IV y otro del Bloque V del programa. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes. El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Arquitecto Superior, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de tres horas. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

3.2.2. Plaza de Oficial Conductor:

Primer ejercicio. Consistirá en la realización de operaciones aritméticas ajustadas al nivel académico exigido en la convocatoria. El tiempo para realizar el mismo será determinado por el propio Tribunal en atención a la complejidad y extensión de la prueba concreta a realizar. Se puntuará de 0 a 5, siendo necesario obtener al menos 2,5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario o test de respuestas alternativas que contendrá al menos 50 preguntas, relacionadas con el contenido de la totalidad de los temas incluidos en el programa. El tiempo máximo para contestar al mismo será de 60 minutos, y se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener un mínimo de 5 puntos, informando el Tribunal a los opositores previa a su realización, del criterio de penalización adoptado y que se aplicará en la corrección del ejercicio.

Tercer ejercicio. Igualmente eliminatorio, consistirá en la realización de prueba práctica determinada por el Tribunal, que sean concernientes a un Oficial Conductor y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes en el tiempo que fije el Tribunal. Se puntuará de 0 a 10, siendo necesario obtener al menos 5 puntos. El contenido de dicha prueba deberá contener al menos las siguientes cuestiones:

a) Realización de maniobras con vehículo, debiendo ejecutarse la misma sin derribar ningún elemento de balizamiento; se permitirá una única maniobra de corrección.

b) Localización y/o reparación de una o varias averías en máquinas o vehículos a determinar por el Tribunal, debiendo describir detalladamente la secuencia de actuaciones o razonamientos que le conducen en sus sucesivas actuaciones; de estas descripciones dejará constancia escrita el tribunal para su valoración e inclusión en el expediente de la oposición. El Tribunal determinará el tiempo máximo para la ejecución de la prueba.

c) Conducción de vehículo sobre itinerario a determinar por el Tribunal. Se valorará la no comisión de ninguna infracción a las normas de circulación, el correcto control del vehículo, sin brusquedades injustificadas y con adecuada utilización de las marchas, así como la correcta elección de recorridos y accesos a los destinos finales que el Tribunal señale.

Cada ejercicio será valorado con una puntuación entre cero y diez puntos, siendo preciso obtener un mínimo de cinco en cada uno de ellos para considerarlo superado. A tal fin el tribunal fijará los puntos inicial y final del itinerario, que serán comunicados al opositor al inicio del ejercicio, facilitando un plano callejero de Archidona, para que pueda consultarlo por un tiempo no superior a dos minutos; transcurridos los dos minutos el plano callejero le será retirado, iniciándose seguidamente la ejecución práctica del ejercicio. El opositor no podrá tomar nota alguna ni ayudarse de más medios que los dispuestos por el Tribunal. Superados los tres ejercicios de esta prueba práctica, se hallará la media de las puntuaciones obtenidas por el aspirante, sumando las notas de los tres ejercicios y dividiendo el resultado entre tres; este cociente constituirá el resultado de la prueba práctica.

3.2.3. Plaza de Peón de oficial electricista:

Primer ejercicio. Consistirá en la realización de operaciones aritméticas ajustadas al nivel académico exigido en la convocatoria. El tiempo para realizar el mismo será determinado por el propio Tribunal en atención a la complejidad y extensión de la prueba concreta a realizar. Se puntuará de 0 a 10, siendo necesario obtener al menos 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario o test de respuestas alternativas que contendrá al menos 50 preguntas, relacionadas con el contenido de la totalidad de los temas incluidos en el programa. El tiempo máximo para contestar al mismo será de 60 minutos, y se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener un mínimo de 5 puntos, informando el Tribunal a los opositores previa a su realización, del criterio de penalización adoptado y que se aplicará en la corrección del ejercicio.

Tercer ejercicio. Igualmente eliminatorio, consistirá en desarrollar por escrito y/o ejecutar manualmente uno o varios supuestos prácticos relacionados con las tareas propias del puesto de trabajo y dificultad adecuada a la titulación exigida para participar en el presente proceso selectivo. Para la realización de esta prueba se les entregarán a todos los aspirantes los materiales y las herramientas necesarios para la total realización de la misma. El Tribunal en atención al propio contenido de la prueba determinación su duración, puntuándose de 0 a 10, siendo necesario obtener al menos 5 puntos.

4. Sistema de calificación.

Las pruebas serán eliminatorias, calificándose cada una de ellas en la forma que ha quedado indicada.

La calificación total de cada uno de los ejercicios se obtendrá sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo los totales por el número de aquéllos. Si alguna de las calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal se diferenciase de la nota media en más de tres puntos, se realizará una nueva nota media, sin tener en cuenta dicha(s) puntuación(es) extrema(s).

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas.

A dicha puntuación se adicionará a su vez la obtenida en la fase de concurso, a resultas de la cual el Tribunal elevará la correspondiente propuesta.

5. Programa.­

Se contiene en los anexos que acompañan a las presentes bases.

6. Tribunales.­

Los Tribunales estarán compuestos de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o personal de la misma en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

- Un representante designado por el comité de empresa.

- Un Técnico o experto en las materias objeto de las pruebas a realizar designado por la Corporación.

- Un Concejal o persona experta designada por la Corporación en representación de cada uno de los Grupos Políticos que forman parte del Ayuntamiento.

El Tribunal quedará integrado además, por los miembros suplentes respectivos que serán designados conjuntamente con los titulares. La designación de los miembros del Tribunal, que deberán contar con titulación igual o superior a la que se exija para cada una de las plazas, se hará pública en el BOP, así como en el tablón de anuncios de la Corporación; al menos quince días antes al inicio de la celebración de las pruebas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de Vocales y el Presidente, titulares o suplentes, quedando facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas, en lo no previsto en estas Bases. Pudiendo actuar para la realización de todas o cada una de las pruebas, asistidos de asesores técnicos, con voz y sin voto.

7. Condiciones y requisitos.

Para poder participar en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

7.1. Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española, lo que se acreditará mediante presentación de fotocopia del DNI junto a la solicitud, o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. En este caso deberá acreditar de forma suficiente, el conocimiento de la lengua española, circunstancia ésta que además de otros criterios a adoptar por que el Tribunal de Selección, ponderará y dirimirá a la vista de la exposición escrita del aspirante.

b) Ser mayor de dieciséis años, sin exceder de la edad máxima adecuada para permitir alcanzar la jubilación de la Seguridad Social, circunstancia que se acreditará cuando proceda por el aspirante mediante certificado de cotizaciones a la Seguridad Social que se acompañará a la solicitud.

c) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

d) Estar en posesión del título o en condiciones de obtenerlo en la fecha del plazo de admisión de solicitudes, a que se refiere la base primera de la presente convocatoria para cada una de las plazas vacantes.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes a cada una de las plazas a cubrir, atendida la naturaleza de las mismas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de formalizar el correspondiente contrato laboral.

7.2. Requisitos específicos:

7.2.1. Para la plaza de Arquitecto Superior a tiempo parcial: Ninguno en especial al margen de los ya reseñados con carácter general.

7.2.2. Para la plaza de Oficial Conductor: estar en posesión de carnet de conducir clase D1.

7.2.3. Para la plaza de Oficial Electricista: estar en posesión de titulación de Técnico Auxiliar correspondiente a las enseñanzas de Formación Profesional de Primer Grado (rama de Electricidad y Electrónica, profesión Electricidad), o el de Técnico Auxiliar correspondiente a las enseñanzas del Módulo Profesional Nivel 2 (rama de Electricidad y Electrónica, profesión Instalador-Mantenedor Eléctrico), o el de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas correspondiente a la Formación Profesional específica de Grado Medio, familia profesional Electricidad y Electrónica.

8. Solicitudes.

Los aspirantes a cada plaza deberán hacerlo constar en solicitud dirigida al Sr. Alcalde y presentada en día y hora hábil en el Registro General de la Corporación o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con justificante del ingreso de los derechos de examen que quedan fijados en 24 euros y cuyo pago se hará en la forma establecida en la Ordenanza Fiscal correspondiente; en ningún caso se considerará que el pago de estos derechos equivalgan a la solicitud, no procediendo su devolución más que en los casos de no admisión a examen por falta de los requisitos exigidos.

En 1.ª instancia se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Séptima y que se comprometen a formalizar el correspondiente contrato laboral; acompañándose a la misma la documentación que en cada caso resulte necesario a tenor de lo dispuesto en las bases tercera y séptima.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE.

9. Relación de admitidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía se dictará Resolución en el plazo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos que se expondrá al público en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en el BOP, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo Común.

10. Comienzo de las pruebas.

El lugar, día y hora de comienzo se determinará por Resolución de la Alcaldía, convenientemente publicado en el BOP y tablón de anuncios de la Corporación, al menos con 15 días de antelación. El llamamiento a las siguientes pruebas se efectuará, por cada Tribunal, mediante publicación en el tablón de anuncios de la Corporación, sin que entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente exista un plazo inferior a 48 horas. No obstante, Tribunal y aspirantes podrán de común acuerdo establecer otra cosa. Cuando cualquiera de los ejercicios requiera más de una sesión para su práctica, el Tribunal lo anunciará con una antelación de al menos 12 horas, relacionando a los aspirantes que quedan convocados para la sesión siguiente.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, y en todo caso la exclusión tendrá lugar cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para todos los aspirantes.

El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente se establecerá por sorteo y se publicará en el BOP y tablón de anuncios de la Corporación.

Los Tribunales en cualquier momento, podrán requerir a los aspirantes la documentación acreditativa de su personalidad.

11. Lista de aprobados, presentación de documentos y nombramiento de funcionario o adjudicación de contrato laboral.

Finalizadas las pruebas el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes propuestos para cubrir las vacantes convocadas, por orden de puntuaciones, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada fase y el resultado final. El Tribunal elevará la misma con propuesta de nombramiento de funcionario o adjudicación de contrato laboral al Sr. Alcalde. En todo caso la relación no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

El Presidente de la Corporación elevará a definitiva la propuesta de adjudicación del contrato laboral, debiendo los aspirantes formalizar su contrato en el plazo de 30 días a partir de la notificación del nombramiento, durante cuyo plazo aportarán ante la Administración los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que falseasen documentos o alegasen tener una titulación, mérito o capacidad que no posean deberán responder ante la Justicia por estos actos.

El aspirante que no aportara algunos de los documentos expresados o no formalizara su contrato en el plazo señalado, sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza, quedando anulado el nombramiento y en su lugar, la Alcaldía otorgará el mismo a uno de los demás que figuren en la propuesta del Tribunal, por orden de puntuación, y que hayan obtenido puntuación suficiente.

12. Normas finales.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril; y supletoriamente el Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 1952; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás legislación concordante de aplicación.

Archidona, 25 de abril de 2007.- El Alcalde, Manuel Sánchez Sánchez.

ANEXO I

PROGRAMA PARA LA PLAZA DE ARQUITECTO SUPERIOR

A TIEMPO PARCIAL

Materias Comunes

Bloque I

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. La administración pública española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

5. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

6. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

8. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución histórica. Régimen actual.

10. Régimen Local español: principios constitucionales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Archidona.

11. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Archidona.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local: concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

14. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos: clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: tipología y selección.

16. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de Incompatibilidades.

17. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

Materias Específicas

Bloque II

19. Los contratos administrativos. Elementos y condiciones de validez de los contratos. Las partes en la contratación administrativa.

20. Procedimiento de contratación: los pliegos de condiciones. Los procedimientos de adjudicación. Las formas o criterios de la adjudicación. Perfección y formalización de los contratos. Garantías de la contratación.

21. El contenido de la relación contractual: las prerrogativas de la Administración. Cumplimiento y resolución de los contratos. El derecho del contratista a ser compensado por las variaciones. La revisión de precios.

22. Los contratos administrativos típicos. El contrato de obra. El contrato de concesión de obra pública. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministros. Los contratos de consultoría y asistencia y de los servicios.

Bloque III

23. La ordenación del territorio y urbanismo. Legislación andaluza en materia de ordenación del territorio.

24. El ordenamiento jurídico urbanístico español. Evolución desde la Ley del suelo de 1956. Principios rectores. Distribución de competencias en materia de urbanismo entre el Estado, Comunidades Autónomas y Municipio.

25. Los instrumentos de ordenación urbanística. El planeamiento general: objeto, determinaciones y documentación.

26. Los planes de ordenación intermunicipal. Los planes de sectorización. Las normativas directoras para la ordenación urbanística.

27. El planeamiento de desarrollo: los planes parciales, objeto, determinaciones y documentación.

28. El planeamiento de desarrollo: los planes especiales, objeto, determinaciones y documentación.

29. Los estudios de detalle y las ordenanzas municipales de edificación y de urbanización.

30. Elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística: competencia, actos preparatorios y formulación de estudios previos. Tramitación e innovación del planeamiento general. Efectos de la aprobación.

31. La clasificación del suelo y régimen jurídico del mismo. Régimen jurídico de los propietarios de suelo urbano y urbanizable.

32. Régimen jurídico del suelo no urbanizable. Las actuaciones de interés público.

33. Los instrumentos de intervención en el mercado del suelo. El patrimonio municipal del suelo: bienes que lo integran, finalidad, explotación y administración.

34. La ejecución de los instrumentos de planeamiento: presupuestos previos a la actividad de ejecución urbanística.

35. Los sistemas de actuación: el sistema de expropiación.

36. El sistema de cooperación.

37. El sistema de compensación. El agente urbanizador.

38. Los convenios urbanísticos de planeamiento y de gestión. Elementos, características y límites.

39. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución.

40. Los proyectos de actuación en suelo no urbanizable: régimen jurídico y procedimiento.

41. La reparcelación: principios, criterios y efectos. La normalización de fincas.

42. La expropiación forzosa asistemática. Procedimiento, retasación, reversión.

43. Los criterios de valoración del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.

44. Las licencias urbanísticas: concepto, naturaleza. Actos sujetos. Actos no sujetos. Licencias de usos y obras provisionales. Relación e interconexión con las licencias de actividad. Silencio positivo. Obras no sujetas a licencia por su carácter supramunicipal. Las grandes obras públicas de interés general.

45. Las áreas de reparto y el aprovechamiento urbanístico. Las transferencias de aprovechamiento. Las parcelaciones.

46. El deber de conservación de las obras de urbanización. Recepción de las obras de urbanización. La entidad urbanística de conservación.

Bloque IV

47. La ejecución de obras de edificación: edificación de parcelas y solares. Presupuestos de la edificación. Ejecución mediante motivación por incumplimiento del deber de edificación. Concurso para la sustitución del propietario incumplidor. Incumplimiento del adjudicatario del concurso.

48. Deber de conservación y rehabilitación de los inmuebles en general. La inspección periódica de construcciones y edificaciones. Ordenes de ejecución de obras de conservación y mejora. Procedimiento de ejecución subsidiaria.

49. Situación legal de ruina urbanística: concepto, clases, procedimiento. La ruina física inminente.

50. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.

51. La protección de la legalidad urbanística y del restablecimiento del orden jurídico perturbado. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y reposición de la realidad física alterada.

52. La relación entre las actuaciones de protección de la legalidad y el procedimiento sancionador. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de protección de la legalidad y de disciplina urbanística.

53. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística.

54. Las infracciones urbanísticas y sus consecuencias. Las personas responsables.

55. La competencia y el procedimiento en materia de disciplina urbanística. Las reglas para la exigencia de responsabilidad sancionadora y la aplicación de las sanciones.

56. Las infracciones urbanísticas y las sanciones: la prescripción de infracciones urbanísticas y sanciones.

57. Las infracciones y sanciones en materia de parcelación y en materia de ejecución; en materia de edificación y uso del suelo; en materia de bienes y espacios del patrimonio arquitectónico, histórico, cultural, natural y paisajístico; y en materia de inspección.

58. La legislación de viviendas de protección oficial.

59. Legislación andaluza en materia de montes y espacios naturales.

60. Legislación andaluza en materia de medio ambiente. Procedimiento de concesión de licencias de apertura.

61. El ruido. Su regulación jurídica. Control y régimen jurídico.

62. La legislación sectorial con influencia en urbanismo: la legislación de carreteras. Delimitación y limitaciones a la propiedad colindante.

63. La legislación en materia de ferroviaria y en afectación a la propiedad colindante.

64. Las vías pecuarias: concepto, naturaleza. Obligación de respetar las mismas.

65. La legislación de aguas. Servidumbres y zona de influencia. Implicaciones urbanísticas.

66. Legislación sectorial en materia de patrimonio histórico y su incidencia en la ordenación urbanística: legislación estatal.

67. Ley 1/1991 Patrimonio Histórico de Andalucía.

68. Ley 7/94 de 18 de mayo de Protección Ambiental en Andalucía. Disposiciones Generales. Prevención ambiental. Calidad ambiental. Residuos. Disciplina ambiental.

69. Calificación ambiental: disposiciones Generales, puesta en marcha, inspección y vigilancia.

70. Normas de Protección Ambiental en las vigentes NNSS de Planeamiento de Archidona.

71. Los proyectos de obras ordinarias de urbanización y los proyectos de edificación: partes, contenido, documentación, normativa aplicable a su redacción.

72. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Código Técnico de la Edificación: disposiciones generales. Condiciones del proyecto en la ejecución de obras.

73. Normas básicas de edificación. Especial referencia a las condiciones térmicas, acústicas y sísmicas en los edificios, conforme al nuevo Código Técnico de la Edificación.

74. Condiciones acústicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Especificaciones de proyecto. Normativa.

75. Condiciones higrotérmicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Inercia térmica. Especificaciones de proyecto. Normativa.

76. La normativa de protección contra incendios. Su regulación en el Código Técnico de la Edificación. El diseño de contra incendios en los edificios, elementos constructivos y materiales, locales de riesgo e instalaciones.

77. Normativa técnica en la edificación. Normas. Reglamentos e instrucciones. Ambito de aplicación y obligatoriedad.

78. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte de Andalucía.

79. Seguridad y Salud en el trabajo. Riesgos profesionales y técnicas de lucha. Seguridad y Salud en el sector de la construcción y obras públicas. Ley de Prevención de Riesgos laborales y demás normativa.

80. Condiciones higiénicas mínimas en las viviendas.

Bloque V

81. La estructura general del municipio de Archidona. Los sistemas generales. Los núcleos de población. Los usos globales del territorio.

82. Las normas para los sistemas de las NNSS municipales.

83. La normativa de usos y edificación en las NNSS. Las ordenanzas municipales.

84. Las ordenanzas municipales de urbanización.

85. Usos y edificaciones en suelo no urbanizable en las NNSS.

86. Las áreas de protección en suelo no urbanizable en las NNSS su relación con el PEPMF en la provincia de Málaga. La normativa en Protección.

87. La normativa de protección del Centro Histórico en las NNSS Municipales.

88. El Plan Especial de Protección del Centro Histórico de Archidona. Planeamiento general y determinaciones.

89. El Catálogo de edificios protegidos en las NNSS Municipales y en el Plan Especial de Protección del Centro Histórico.

90. El Plan de accesibilidad de Archidona.

Anexo II

PROGRAMA PARA LA PLAZA DE OFICIAL CONDUCTOR

1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Principios generales del título preliminar. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial: principios básicos.

2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Estructura. Principios generales y ámbito de aplicación.

3. La organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Principios generales, contenido y estructura.

4. El municipio: concepto y elementos. Competencias. Organización municipal. El Alcalde. Los Concejales. El Ayuntamiento en Pleno. La Junta de Gobierno Local.

5. Régimen Jurídico del Personal sujeto a la legislación laboral. Derechos, obligaciones, incompatibilidad y responsabilidad.

6. La prestación de servicios públicos por los Ayuntamientos. Especial referencia al transporte público urbano. Derechos de los usuarios de servicios públicos.

7. Haciendas Locales: Su concepto y regulación. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales. La Recaudación de los Tributos Locales.

8. Conservación de instalaciones y medios.

9. Prevención de riesgos laborales. Medidas de protección.

10. Ley de Seguridad Vial.

11. El tráfico en la ciudad. Señalización horizontal.

12. El tráfico en la ciudad. Señalización vertical.

13. Motores de explosión. Elementos y tipos más usados.

14. Engrase. Sistemas empleados. Averías, períodos de engrase. Lubricantes necesarios.

15. Refrigeración. Sistemas más usados. Elementos y temperatura.

16. Equipo eléctrico. Arranque. Encendido. Sistemas empleados. Averías.

17. Motores de combustión: diesel. Elementos y funcionamiento.

18. Embrague, sistemas y averías. Cambio de velocidades. Funcionamiento y averías.

19. Dirección. Tipos más usados. Frenos. Sistemas empleados. Averías.

20. Ruedas. Elementos y averías. Frenos, sistemas y averías.

Anexo III

PROGRAMA PARA LA PLAZA DE OFICIAL ELECTRICISTA

1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Principios generales del título preliminar. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial: principios básicos.

2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Estructura. Principios generales y ámbito de aplicación.

3. La organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Principios generales, contenido y estructura.

4. El Municipio: concepto y elementos. Competencias. Organización municipal. El Alcalde. Los Concejales. El Ayuntamiento en Pleno. La Junta de Gobierno Local.

5. Régimen Jurídico del Personal sujeto a la legislación laboral. Derechos, obligaciones, incompatibilidad y responsabilidad.

6. Nociones de electricidad. Corriente eléctrica. Principales magnitudes y unidades de corriente eléctrica. Clases de corriente. Tipos de circuitos y cortacircuitos.

7. Instalaciones de enlace. Normativas reglamentarias. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica. Normativas reglamentarias.

8. Instalaciones en locales de pública concurrencia. Normativa reglamentaria. Instalaciones en locales especiales. Normativa reglamentaria.

9. Composición y componentes de una instalación eléctrica de interior. Cuadros de distribución, mecanismos, canalizaciones, conductores.

10. Composición y componentes de una instalación de alumbrado público. Tipos de canalización. Luminarias. Báculos. Columnas. Encendido. Sistemas de protección.

11. Condiciones reglamentarias. Tensiones de utilización. Tomas de tierra. Conexiones equipotenciales. Alumbrado de emergencia.

12. Revisión de instalaciones. Comprobación de instalaciones de interior. De alumbrado público. De canalizaciones subterráneas.

13. Sistemas de protección en instalaciones eléctricas de baja tensión. Tipos y características. Normativa reglamentaria.

14. Motores eléctricos. Tipos. Conexiones. Protecciones. Sistemas de arranque.

15. Fuentes de luz. Lámparas. Incandescencia. Fluorescentes. Elementos auxiliares. Utilización de cada tipo de lámparas.

16. Aparataje eléctrico de BT: Interruptores diferenciales. Interruptores automáticos magnetotérmicos. Cortacircuitos. Fusibles. Contactores. Interruptores horario.

17. Interpretación de esquemas eléctricos: Finalidad de los esquemas eléctricos. Representación.

18. Vigilancia y mantenimiento de las instalaciones eléctricas: Averías y deterioros de los elementos de las instalaciones eléctricas. Operaciones de mantenimiento.

19. Aparatos de medida y control. Características y forma de empleo.

20. Reglamento electrotécnico de baja tensión. Interpretación.

21. Normas de Seguridad y Salud Laboral. Tipos de riesgos inherentes. Métodos de protección y prevención útiles de protección y dispositivos de seguridad. Simbología normativizada. Prevención de riesgos laborales, en especial en trabajos de electricidad. Protección personal y colectiva.

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