Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 31/05/2007

1. Disposiciones generales

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 10 de mayo de 2007, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se amplía el Plan de Formación del citado organismo para 2007, publicado por Resolución que se cita.

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1. La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, en su Disposición Adicional Primera crea el Instituto Andaluz de la Juventud como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de la Presidencia, atribuyéndole, entre otras funciones, el fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud, así como el fomento, programación y desarrollo de la Animación Sociocultural en Andalucía y la incentivación de la investigación en el ámbito de sus competencias.

2. El Plan Junta Joven, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de noviembre de 2005, determina los objetivos a conseguir por la Junta de Andalucía con la juventud andaluza entre 2005 y 2008. En concreto, el Plan de Formación del Instituto Andaluz de la Juventud para 2007 quiere colaborar en la consecución de los siguientes objetivos generales del Plan:

1.1. Incidir en la formación específica como estrategia en la incorporación laboral de la juventud.

2.1. Garantizar el derecho a la participación de los y las jóvenes a través de las asociaciones juveniles y consejos de juventud, y establecer cauces para que los y las jóvenes puedan desarrollar su carácter solidario.

2.2. Promover entre los y las jóvenes la formación en valores.

3.1. Mejorar la salud de los y las jóvenes mediante la prevención de las conductas de riesgo y la difusión de hábitos de vida saludable.

3.2. Apoyar a los y las jóvenes creadores, así como el acceso de la juventud a las realizaciones artísticas y la formación de hábitos de consumo cultural.

3.3. Fomentar entre los y las jóvenes valores que conduzcan a actitudes de respeto al medio ambiente, tanto en el medio rural como en el urbano, y favorecer el conocimiento del patrimonio natural andaluz, con especial atención a los espacios naturales protegidos.

4.3. Propiciar y fomentar el conocimiento y uso de las nuevas tecnologías entre los y las jóvenes.

3. En la Resolución de 4 de diciembre de 2006, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se publica el Plan de Formación del citado Organismo para 2007 (BOJA núm 1, de 2 de enero de 2007), y en el campo de la formación en materia de juventud, se plantea cada año dar respuesta de la forma más adecuada a las inquietudes y necesidades de la juventud andaluza y de aquellos/as que trabajan en este sector, programando una oferta formativa que, ateniéndose al ámbito de sus competencias y prioridades

la formación para el ocio, la animación sociocultural, y los valores en la juventud

pueda colaborar a satisfacer las necesidades de ese colectivo tan importante en nuestra sociedad.

4. Durante el presente ejercicio 2007, y a raíz de nuevas necesidades detectadas, el Instituto Andaluz de la Juventud va a poner en marcha dentro de su Plan de Formación nuevas actividades formativas, cuyas características se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

En lo demás, se estará a lo dispuesto en la Resolución de 4 de diciembre de 2006, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se publica el Plan de Formación del citado Organismo para 2007.

Sevilla, 10 de mayo de 2007.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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