Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 15/06/2007

5. Anuncios5.1. Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 29 de mayo de 2007 del Consejo de Gobierno por el que se convoca concurso público para el otorgamiento de dos concesiones para la gestión indirecta del servicio público de Televisión Digital Terrestre de ámbito autonómico en Andalucía por entidades privadas. (PD. 2426/2007).

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El apartado 6 de la disposición adicional segunda de Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre, dispone que siempre que las disponibilidades del espectro radioeléctrico lo permitan, se anticipará en lo posible la planificación para el segundo múltiple digital de ámbito autonómico al que se refiere el apartado 3 de la disposición adicional tercera.

El apartado 2 del artículo 3 del Reglamento general de prestación del servicio de televisión digital terrestre, aprobado por el Real Decreto 945/2005, de 29 de julio, atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para el otorgamiento de las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de televisión digital terrestre por entidades privadas de ámbito autonómico.

Del primer múltiple digital de ámbito autonómico asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía se han reservado dos programas para la Empresa Pública de la Radio y la Televisión de Andalucía y se han otorgado dos concesiones para su gestión privada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2007. Tras solicitud realizada por la Junta de Andalucía, la Administración General del Estado ha planificado un segundo múltiple digital de ámbito autonómico en las condiciones especificadas en la Orden Ministerial de 29 de marzo de 2007.

La convocatoria objeto de este Acuerdo se refiere a dos concesiones para la gestión indirecta del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico por entidades privadas, dentro de este segundo canal múltiple digital en Andalucía, lo que conlleva que se aplique lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, cuyo texto refundido aprobó el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, tanto en el proceso para el otorgamiento de la concesión de dos programas de televisión digital terrestre de ámbito autonómico, como en la prestación del servicio por parte del concesionario y en la definición del conjunto de derechos y obligaciones que conlleva para ambas partes el otorgamiento de una concesión, mediante la suscripción del correspondiente contrato de gestión de servicio público.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre, a propuesta del Consejero de la Presidencia, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de mayo de 2007, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio para el otorgamiento, mediante concurso público y por el procedimiento abierto, de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada.

Segundo. Convocar el concurso público para el otorgamiento de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada, en el canal múltiple relacionado en el Anexo 1, de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial de 29 de marzo de 2007, y con las especificaciones recogidas en el Anexo 2.

Tercero. La tramitación de¡ concurso corresponderá a la Consejería de la Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y con el Decreto 347/2004, de 25 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.

Sevilla, 29 de mayo de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

GASPAR ZARRÍAS ARÉVALO

Consejero de la Presidencia

ANEXO 1

SEGUNDO CANAL MúLTIPLE DE COBERTURA AUTONóMICA

PROVINCIA LOCALIDAD CANAL P.R.A. POLARIZ.
ALMERÍA Almería 63 1.318 H
CÁDIZ Cádiz-Jerez de la Frontera 46 1.679 H
CÓRDOBA Córdoba 42 2.114 H
GRANADA Granada 52 3.428 H
HUELVA Huelva 41 3.162 H
JAÉN Jaén 53 1.549 H
MÁLAGA Málaga 24 4.699 H
SEVILLA Sevilla 45 3.007 H

- Localidad: Zona principal de servicio de las estaciones emisoras.

- P.R.A.: Potencia radiada aparente máxima de la estación expresada en Kilovatios.

- Polariz.: Tipo de polarización de la emisión, H: horizontal.

Los parámetros técnicos de las estaciones estarán limitados por la necesidad de asegurar su compatibilidad radioeléctrica con el resto de estaciones autorizadas. Dichos parámetros técnicos dependerán de la ubicación de cada una de las estaciones y se establecerán en la aprobación de los proyectos técnicos correspondientes.

Los canales radioeléctricos anteriores podrán ser objeto de modificación una vez se haya producido el cese de las emisiones de televisión con tecnología analógica y se haya planificado la adjudicación definitiva de los múltiples del servicio de televisión digital terrestre.

ANEXO 2

ESPECIFICACIONES DE LA CONVOCATORIA

Entidad adjudicadora.

Organismo: Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Dependencia que tramita el expediente: Dirección General de Comunicación Social, Avda. de la Borbolla, 1, 41071, Sevilla. Tfno.: 955 001 109.

2. Objeto del contrato.

El otorgamiento de dos concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito autonómico en Andalucía, para su gestión privada.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma de adjudicación: Concurso.

4. Garantía provisional: 300.000 euros.

5. Obtención de documentación e información.

a) Documentación: El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio, estará a disposición de los licitadores durante el plazo de presentación de solicitudes en el horario normal de oficinas en el Servicio de Radiodifusión y Televisión de la Dirección General de Comunicación Social, sita en la Avenida de la Borbolla, 1, 41071, Sevilla. Igualmente dicho pliego podrá consultarse y obtenerse accediendo a la página web de la Consejería de la Presidencia.

b) Para aquellas personas que lo soliciten, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio se les enviará por correo ordinario o electrónico.

c) Información administrativa y técnica.

Servicio de Radiodifusión y Televisión.

Dirección General de Comunicación Social.

Avda. de la Borbolla, 1, 41071 Sevilla.

Teléfono: 955 001 109; Fax: 955 001 022.

E-mail: infotdt.cpre@juntadeandalucia.es.

6. Requisitos específicos del contratista: Los licitadores tendrán que justificar la solvencia económica, financiera y técnica y profesional en la forma que se establece en el punto 9 de la base 19 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.

a) El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

b) Documentación que integrará las ofertas: La documentacíón a presentar será la establecida en las bases 19 y 20 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio.

c) Lugar de presentación: Las solicitudes serán dirigidas al Consejero de la Presidencia y se presentarán en el Registro de la Consejería de la Presidencia, sito en Plaza de la Contratación, núm. 3, 41071, Sevilla. También podrán presentarse las proposiciones en la forma establecida en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

8. Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: Los licitadores están obligados a mantener sus ofertas durante un plazo de seis meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.

9. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios ascienden a 6.000 euros, que serán abonados a prorrata por los que resulten adjudicatarios.

10. Apertura de ofertas: Concluidos los trabajos a que se refiere la base 23 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de explotación del servicio, y en el día que se señale al efecto, tendrá lugar un acto público debidamente anunciado en el que la Mesa de Contratación notificará el resultado sobre la admisión o, en su caso, exclusión de los licitadores, con expresión de las proposiciones rechazadas y la causa de exclusión, y procederá a la apertura de las ofertas técnicas (sobre número 2) de los licitadores que hayan sido admitidos al concurso.

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