Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 21/06/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 10 de abril de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Motril, dimanante del procedimiento núm. 7/2005. (PD. 2451/2007).

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NIG: 1814042C20050000044.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 7/2005. Negociado: SA.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Procuradora: Sra. Mercedes Pastor Cano.

Letrado: Sr. Francisco-Carlos Espinosa Cárdenas.

Contra: Doña Dolores Pedrosa López, como heredera de don José Pedrosa Armada.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 7/2005-SA seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Motril, a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Dolores Pedrosa López, como heredera de don José Pedrosa Armada sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Motril, a 14 de marzo de 2007.

Vistos por doña Valle-Elena Gómez Herrera, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Motril, los presentes autos de juicio declarativo ordinario seguidos con el número 7/05 entre:

Demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representado por la Procuradora doña Mercedes Pastor Cano y asistido del letrado don Carlos Espinosa Cárdenas.

Demandados: Doña Dolores Pedrosa López en situación procesal de rebeldía.

Causa: Reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por doña Mercedes Pastor Cano en representación del BBVA en los autos seguidos con el número 7/05 contra doña Dolores Pedrosa López debo condenar y condeno a ésta a que abone al actor la cantidad de doce mil ochocientos dos euros con veintiséis céntimos de euro (12.802,26 €), más los intereses de demora pactados al 22% anual y costas.

Líbrese testimonio de la presente Resolución para su unión a los autos principales, llevándose el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelacíón ante la Audiencia Provincial de Granada en el plazo de 5 días desde su notificación, en la forma prevista en la Ley 1/00, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior Resolución por la Juez que la suscribe estando celebrando audiencia en el día de la fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Dolores Pedrosa López, como heredera de don José Pedrosa Armada, extiendo y firmo la presente en Motril, a diez de abril de dos mil siete.- El/La Secretario.

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