Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 22/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde total de la vía pecuaria «Vereda del Pinillo», en el término municipal de Bedmar y Garcíez en la provincia de Jaén (VP @1782/05).

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Examinado el expediente de deslinde total de la vía pecuaria «Vereda del Pinillo», en el término municipal de Bedmar y Garcíez, en la provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Bedmar y Garcíez, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 20 de diciembre de 1963, publicada en BOE de 6 de enero de 1964, modificada por Orden Ministerial de 20 de abril de 1965, publicándose en BOE de 26 de abril de 1965.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 20 de octubre de 2005, con relación a la Consultoría y Asistencia para el deslinde y amojonamiento de las Vías Pecuarias que coinciden con las Rutas Revermed (Red Verde Europea para el Mediterráneo) en la provincia de Jaén.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 1 de marzo de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos con fecha de registro de salida de la Delegación Provincial de Jaén de 23 de diciembre de 2005, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 9, de 13 de enero de 2006.

En dicho acto no se formularon alegaciones de ningún tipo por los interesados.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 130, de 8 de junio de 2006.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se presentaron alegaciones por los interesados.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 24 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica, se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 27 de marzo de 2007, emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada «Vereda del Pinillo», en el término municipal de Bedmar y Garcíez, en la provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de 20 de diciembre de 1963, modificada por Orden Ministerial de 20 de abril de 1965, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden Ministerial ya citada, ajustado en todo momento al procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable,

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 17 de enero de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 27 de marzo de 2007,

RESUELVO

Aprobar el deslinde total de la vía pecuaria «Vereda del Pinillo», en el término municipal de Bedmar y Garcíez, en la provincia de Jaén, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Longitud: : 401,79 metros lineales.

Anchura: 20,89 metros lineales.

Descripción Registral:

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Bedmar y Garcíez, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de 401,79 metros, la superficie deslindada de 8.393,33 m2, que en adelante se conocerá como «Vereda del Pinillo», que linda:

Al Norte:

Diego Manuel Serrano Molina y cordel de Jaén a Úbeda (Jódar), Diego Manuel Serrano Molina, Cristóbal Ramírez Vargas, Tomas Vilches Vargas, Francisco Jiménez Galiano y límite de términos con Jódar.

Al Este:

Colada de Pinillos y limite de términos con Jódar.

Al Sur:

Cristóbal Navarro Romero, Antonio Gámez Gómez, Diego Manuel Serrano Molina, Diego Manuel Serrano Molina, Diego Manuel Serrano Molina, Juan Serrano Medina, Juan Serrano Medina, Francisca López de la Coma, Francisca López de la Coma y límite de términos con Jódar.

Al Oeste:

Cordel de Jaén a Úbeda (Bedmar), desconocido y camino de Jaén a Jódar.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 22 de mayo de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos

Anexo a la Resolución de 22 de mayo de 2007, de la SecretarÍa General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde Total de la vía pecuaria «Vereda del Pinillo», en el término municipal de Bedmar y GarcÍez en la provincia de Jaén
Etiqueta Coordenada X Coordenada Y Etiqueta Coordenada X Coordenada Y
1I 466445,828 4191239,614 1D 466416,019 4191222,046
2I 466453,276 4191238,749 2D 466451,338 4191217,944
3I 466566,327 4191230,808 3D 466566,521 4191209,853
4I 466654,486 4191238,641 4D 466657,481 4191217,934
5I 466801,667 4191268,268 5D 466805,998 4191247,831
6I 466823,137 4191273,046 6D 466833,726 4191254,001
1C 466416,525 4191222,251
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