Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 27/06/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Decreto 165/2007, de 5 de junio, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Cultura.

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Por el presente Decreto se aborda la modificación parcial de determinados Centros Directivos, Delegaciones Provinciales y de los Museos provinciales adscritos a la Consejería de Cultura con el objeto de mejorar el desarrollo de las competencias asignadas a la misma.

En los Servicios Centrales se incluyen en la Viceconsejería los puestos necesarios para la coordinación de la planificación, así como el impulso para la elaboración del Plan Estratégico de la Cultura de Andalucía (PECA) y el asesoramiento técnico en el ámbito de los planes y sistemas de información que se implanten.

En la Secretaría General Técnica se considera necesario completar el Servicio de Informática con los puestos encargados de la planificación y el desarrollo de las nuevas políticas en materia de tecnología de información y comunicaciones; y por otra parte se desarrolla la estructura de personal técnico del Servicio de la Propiedad Intelectual.

La Dirección General de Bienes Culturales precisa de una mayor dotación en las tareas de normativa y estudios como consecuencia del desarrollo de los nuevos reglamentos de Organización Administrativa, Protección y Fomento del Patrimonio Histórico, Actividades Arqueológicas y Conservación y Restauración.

Por último, en lo referente a los Servicios Centrales, se crea en la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental los puestos necesarios para la coordinación del Sistema de Información de los Archivos.

En las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura se completa la estructura como consecuencia también de las necesidades descritas, en la Dirección General de Bienes Culturales, en lo referente al desarrollo de los nuevos reglamentos.

Las modificaciones propuestas para los Museos incluidos en el presente Decreto corresponden a una primera fase de actuación, propuesta por la Consejería de Cultura, que incluye al Museo Provincial de Almería, Museos Arqueológicos de Córdoba, Linares y Sevilla, Museo de Bellas Artes de Sevilla y Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla.

También, se contempla en este Decreto la modificación de determinados requisitos de puestos cuyo modo de acceso es por libre designación y de los puestos base de adscripción a cuerpos generales. Además se regulariza el modo de acceso de determinados puestos del área funcional/relacional tecnología de la información y telecomunicaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de junio de 2007,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura.

La Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura, queda modificada parcialmente en los términos expresados en el anexo del presente Decreto.

Disposición adicional única. Modificación presupuestaria.

Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 5 de junio de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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