Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 11/07/2007

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

Anuncio de 27 de junio de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, de certificación del acuerdo y Normas Urbanísticas de la subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, en el ámbito de la subsanación de las NN.SS., y Nuevo Sector de SUS Residencial y redelimitación y ampliación de las UE-2 y UE-3, en el municipio de Monturque (Expediente P-84/05), de aprobar definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 27 de julio de 2006.

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Expediente de subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación del plan general de ordenación urbanística, en el ambito de sub-sanación de las nn.ss. y nuevo sector de sus re-sidencial y redelimitación y ampliación de las ue-2 y ue-3, en el municipio de monturque

publicación de certificación del acuerdo

Certificación, emitida en los términos previstos en el art. 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en sesión celebrada el día 27 de julio de 2006, en relación con el siguiente expediente:

P-84/05

Promovido, formulado y tramitado por el Ayuntamiento de Monturque, para la solicitud de la aprobación definitiva de la subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de dicho municipio, en el ámbito de subsanación de las NN.SS. y Nuevo Sector de SUS Residencial y redelimitación y ampliación de las UE-2 y UE-3, en virtud de lo dispuesto en los artícu-
los 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA).

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El día 24 de mayo de 2006 tiene entrada en la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía oficio del Ayuntamiento de Monturque, al que se adjunta el expediente administrativo y la documentación técnica que integra la referida subsanación. Una vez registrada su entrada en la Delegación Provincial, se requiere del Ayuntamiento que lo complete con diversa documentación, lo que es cumplimentado con fecha 27 de junio de 2006.

2.º De la documentación remitida se desprende que la presente subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, redactada por doña I. Montero Pérez-Barquero (Arq.), don J. D. Sarazá Jimena (Técn. Med. Amb. Redac. EIA) y Servicios Técnicos del SAU, es aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de mayo de 2006, acordando su remisión a la CPOT y U de Córdoba, para su aprobación definitiva.

3.º Emitido informe por el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el que se contiene la descripción detallada, el análisis y valoración de la documentación, tramitación, y determinaciones del expediente, el mismo fue objeto de propuesta de resolución por la Delegación Provincial, en el sentido de aprobarlo definitivamente, con determinadas valoraciones y consideraciones que, hechas suyas por la Comisión, después se detallarán.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo es competente para resolver el presente expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2.a y en la disposición adicional primera del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con los artículos 31.2.B.a y 36.2.c.1.ª de la LOUA, y ello por la afección de la subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación a la ordenación estructural del referido Plan General de Ordenación Urbanística, y tratarse de un municipio que no integra a una ciudad principal de los Centros Regionales del Sistema de Ciudades de Andalucía.

Segundo. La tramitación del presente expediente se ajusta, en general, a lo previsto en los artículos 32, 36 y 39 de la LOUA, en cuanto a procedimiento (36.1 y 2.c.1.ª; 32.1.1.ªa; 32.1.3.ª y 4.ª; 32.4; y 33) e información pública y participación (32.1.2.ª párrafos 1 y 2; y 39.1 y 3), siendo este el procedimiento señalado por la CPOT y U de Córdoba para subsanar las deficiencias que motivaron el acuerdo de aprobación definitiva de manera parcial con suspensiones de la subsanación y modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Monturque, en el ámbito de subsanación de las NN.SS. y Nuevo Sector de SUS Residencial y redelimitación y ampliación de las UE-2 y UE-3, de fecha 20 de marzo de 2006.

Tercero. La documentación y determinaciones del presente expediente, con las rectificaciones introducidas, se adecuan básicamente a lo establecido en los artículos 36.1 y 2.b, 19.1.a, b y c, 19.2; 3; 9; 10.1.A; y 36.2.a, de la LOUA, teniendo en cuenta su concreto alcance y finalidad, y cabe entender que se subsanan adecuadamente en lo básico y general, las deficiencias señaladas en el antes referido acuerdo de la Comisión, reiterándose las consideraciones y valoraciones contenidas en el mismo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación se acuerda:

Aprobar definitivamente la subsanación parcial de deficiencias de la subsanación y modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Monturque, en el ámbito de subsanación de las NN.SS. y Nuevo Sector de SUS Residencial y redelimitación y ampliación de las UE-2 y UE-3, con las valoraciones y consideraciones contenidas en el tercer fundamento de derecho de la presente Resolución.

Con carácter previo a la publicación de la presente Resolución, deberá procederse a realizar el depósito del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

La presente Resolución se publicará, junto con el contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento objeto de la misma, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el art. 41 de la LOUA, y se notificará al Ayuntamiento de Monturque y a demás interesados.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y con cumplimiento de los requisitos previstos en la misma, así como en el art. 22.4 del Decreto 193/2003, de 1 de julio.

Córdoba, 27 de julio de 2006. V.ºB.º el Vicepresidente 2.º de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Francisco García Delgado; el Secretario de la Comisión Provincial de Ordenacion del Territorio y Urbanismo de Córdoba, Pedro Jesús López Mata.

ZONA: UE2¹.

Denominación: Trasera Reyes Católicos.

Delimitación: Según plano.

Instrumento de desarrollo: Proyecto de Urbanización.

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL ÁREA: UE2¹.

Denominación: Trasera Reyes Católicos.

Clase de suelo: Urbano no consolidado.

Instrumento de desarrollo: Proyecto de Urbanización.

Superficie : 16.970 m².

Iniciativa de planeamiento: Privada.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazo: 4 años. Presentación P. Urbanización y Reparcelación: 2 años. Ejecución Obras de Urbanización: 2 años

Objetivos:

- Reconducir los actuales procesos de parcelación para uso residencial.

- Posibilitar la ejecución de la futura conexión urbana entre las diferentes zonas de crecimiento.

- Mejorar de la accesibilidad interior de estos terrenos mediante apertura de viales que le sirvan de conexión con la C/ San Mateo y UE22, posibilitando la resolución del saneamiento por la vaguada existente.

- Creación de un viario que permita la conexión entre la
C/ Chorrillos, Reyes Católicos y futura conexión urbana.

- Mejorar el tratamiento de las traseras de las edificaciones existentes, adosando a las actuales medianeras una banda de edificaciones perimetral.

Calificación: Según plano: Áreas libres, extensión del casco.

Tipología: Edificación entre medianeras y pareada.

Aprovechamiento: Densidad: 50 viv./ha. Edificabilidad: 0,92 m²/m². Aprovechamiento medio: 0,92 m²/m².

Altura máxima: 2 plantas.

Cesiones: Área libre: 2.540 m². Viario : 4.692 m².

ZONA: UE22.

Denominación: Trasera de UE21.

Delimitación: Según plano.

Instrumento de desarrollo: Proyecto de Urbanización.

CONDICIONES DE DESARROLLO DEL AREA: UE22.

Denominación: Trasera de UE21.

Clase de suelo: Urbano no consolidado.

Instrumento de desarrollo: Proyecto de Urbanización.

Superficie: 9.687 m2.

Iniciativa de planeamiento: Privada.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazo: 4 años. Presentación P. Urbanización y Reparcelación: 2 años. Ejecución Obras de Urbanización: 2 años.

Objetivos:

- Reconducir los actuales procesos de parcelación para uso residencial.

- Posibilitar la ejecución en la futura conexión urbana entre las diferentes zonas de crecimiento.

- Mejorar de la accesibilidad interior de estos terrenos mediante la prolongación de viario que sirva de conexión entre la C/ San Mateo y la Unidad UE21.

- Creación de un viario que permita la conexión entre la
C/ Chorrillos, Reyes Católicos y futura conexión urbana.

- Mejorar el tratamiento de las traseras de las edificaciones existentes, adosando a las actuales medianeras una banda de edificaciones perimetral.

Calificación: Según plano: Áreas libres/ Extensión del casco.

Tipología: Edificación entre medianeras y pareada.

Aprovechamiento: Densidad: 63 viv./ha. Edificabilidad: 1,09 m²/m². Aprovechamiento medio: 1,09 m²/m².

Altura máxima: 2 plantas.

Cesiones: Área libre: 1.098 m2. Viario : 2.732 m2.

Art. 165 bis. Delimitación de área de reparto y aprovechamiento medio.

Los terrenos clasificados como suelo urbano no consolidado incluidos en la Unidades de Ejecución U.E.2.1. y U.E.2.2., quedan incluidos en dos áreas de reparto, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, arts. 10 y 58 de la LOUA.

De acuerdo con la legislación vigente el aprovechamiento medio del área de reparto resulta:

UNIDAD SUPERFICIE E. CASCO APROV. DE PLANEA. COEF. POND. A. LUCRATIVO
U.E.2.1. 16.970 9.738 15.487,2 1 15.487,2 (U.A.)
U.E.2.2. 9.687 5.857 10.542,6 1 10.542,6 (U.A.)

Aprovechamiento medio U.E.2.1.= 0,92 m2.

Aprovechamiento medio U.E.2.2.= 1,09 m2.

Pasando a denominarse área de reparto U.E.2.1. con aprovechamiento 0,92 y U.E.2.2. con aprovechamiento 1,09.

E.C= Suelos previstos como Extensión del Casco.

Montilla, mayo de 2006. S.A.U. Campiña, Fdo. Isabel Montero Pérez-Barquero, Arquitecto Jefe.

Córdoba, 27 de junio de 2007.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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