Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 13/07/2007

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Ayuntamientos

Anuncio de 2 de julio de 2007, del Ayuntamiento de Los Barrios, de modificación de las bases que se citan.

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En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en su nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, esta Alcaldía dispone la modificación de las bases generales por las que habrá de regirse la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Director de Escuela de Policía Local vacante en la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 7 de mayo de 2007, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 95, de 18.5.2007, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 109, de 4.6.2007, en los siguientes términos:

1.º La base novena (nombramiento del Tribunal Calificador) queda suprimida íntegramente, y quedará redactada nuevamente de la siguiente forma:

«Novena. Nombramiento: El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes se nombrará según lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.»

2.º La base décima (composición del Tribunal Calificador) queda suprimida en los siguientes términos:

«10.1. El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes estará constituido de la forma siguiente: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue con voz pero sin voto. Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación y Justicia. Un miembro de la Corporación o funcionario de la misma designado por la Alcaldía. Un funcionario de la Corporación designado por la Alcaldía. Un funcionario representante de la Junta de Personal designado por el Sr. Alcalde a propuesta de aquella.»

3.º La base décima (composición del Tribunal Calificador) quedará redactada nuevamente de la siguiente forma:

«El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. Estará constituido por cinco miembros y en su composición se velará por el cumplimiento del principio de especialidad. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer igual o superior nivel de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas, no pudiendo formar parte de dicho órgano de selección el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.»

Los Barrios, 2 de julio de 2007.- El Alcalde-Presidente, Alonso Rojas Ocaña.

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