Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 24/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 17 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de la Cuarta Adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético en Andalucía.

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Habiéndose suscrito, con fecha 17 de julio de 2007, la Cuarta Adenda al Convenio para la encomienda de gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía, para actuaciones de fomento energético en Andalucía, se estima conveniente proceder a su publicación, en aras de la mayor transparencia de la actividad desarrollada por las Administraciones Públicas.

Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Hacer pública la Cuarta Adenda al Convenio para la encomienda de gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para actuaciones de fomento energético en Andalucía, que figura como Anexo a esta Resolución.

Sevilla, 17 de julio de 2007.- El Secretario General
Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

ANEXO

CUARTA ADENDA AL CONVENIO PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA A LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA, PARA ACTUACIONES DE FOMENTO ENERGÉTICO EN ANDALUCÍA

En Sevilla, a 17 de julio de 2007.

De una parte, el Excmo. Sr. don Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en virtud del Decreto del Presidente 12/2004, de 24 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía.

Y de otra, doña Isabel de Haro Aramberri, Presidenta de la Agencia Andaluza de la Energía, nombrada mediante Decreto 76/2005, de 15 de marzo.

Reconociéndose recíprocamente capacidad suficiente y poder bastante para este acto,

EXPONEN

Que se mantienen vigentes las consideraciones realizadas en el exponen del Convenio para la Encomienda de Gestión firmada el 22 de julio de 2005, y que la necesidad de transferir nuevos créditos para la contracción de compromisos en materia de subvenciones para el nuevo Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) 2007-2013, junto con la definición de otros criterios para el cierre del Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006, justifican la realización de esta Cuarta Adenda al Convenio para la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía para Actuaciones de Fomento Energético en Andalucía, firmado el 22 de julio de 2005.

Y sobre la base de lo anteriormente expuesto,

ACUERDAN

Primero. Modificar el acuerdo décimo de la Encomienda de Gestión de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la Agencia Andaluza de la Energía, para actuaciones de fomento energético en Andalucía firmada el 22 de julio de 2005 incrementando los fondos, en euros, en las siguientes cuantías por aplicaciones presupuestarias:

Aplicación presupuestaria Servicio 01 Año 2007 Año 2009 Año 2010 Año 2011
X1 12 00 01 00 8070 74019 73A 1.362.606,00 26.851.387,50 23.015.475,00 19.179.562,50
Las cantidades, en euros, actualizadas transferidas a la Agencia Andaluza de la Energía recogidas en el Acuerdo Décimo quedan como sigue:
Aplicación presupuestaria Servicio 01 Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011
0 1 12 00 01 00 8070 74019 73A 24.693.953,91 24.331.945,45 21.882.807,00 26.851.387,50 23.015.475,00 19.179.562,50
0 1 12 00 01 00 8070 74020 73A 6.394.582,94
0 1 12 00 01 00 8070 74021 73A 1.533.258,95
0 1 12 00 01 00 8070 74022 73A 1.490.388,20
TOTAL 9.418.230,09 24.693.953,91 24.331.945,45 21.882.807,00 26.851.387,50 23.015.475,00 19.179.562,50
Aplicación presupuestaria
Servicio 17
Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008
0 1 12 00 17 00 8070 74020 73A 2.247.116,33 2.856.403,79 2.319.486,00 2.029.551,00
0 1 12 00 17 00 8070 74021 73A 0,03 2.272.961,00 1.818.369,00 1.591.073,00
0 1 12 00 17 00 8070 74022 73A 1.398.158,58 5.188.129,66 4.481.040,00 3.920.910,00
TOTAL 3.645.274,94 10.317.494,45 8.618.895,00 7.541.534,00
Aplicación presupuestaria: Remanentes Servicio 17 Año 2005 Año 2006
11 12 00 17 00 8070 74020 73A 8 465.943,68 3.137.664,05
11 12 00 17 00 8070 74021 73A 9 240.440,49 1.703.495,98
11 12 00 17 00 8070 74022 73A 0 1.296.319,59
TOTAL 706.384,17 6.137.479,62

Segundo. Se modifica el acuerda decimoprimero, que tendrá la siguiente redacción:

Los pagos a la Agencia Andaluza de la Energía tendrán el carácter de en firme con justificación diferida y se realizarán una vez tenga eficacia esta Encomienda de Gestión en función de calendarios de pagos que se autorice.

Las cantidades transferidas deberán depositarse en una cuenta bancaria especial destinada exclusivamente a este fin sin que los fondos recibidos para su distribución entre los beneficiarios, ni los intereses que en su caso produzcan, se consideren integrados en el patrimonio de la Agencia Andaluza de la Energía, debiendo reintegrarse a la Tesorería General de la Junta de Andalucía las cantidades no justificadas en la concesión y pago de incentivos.

En todo caso, los ingresos realizados por los beneficiarios en virtud de las resoluciones de reintegro que se dicten deberán ser ingresados en la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

El plazo máximo de justificación de los fondos que no vayan a certificarse a fondos FEDER de las anualidades 2005, 2006, 2007 y 2008 del servicio 01 se podrán justificar hasta el 31 de diciembre de 2010 y los fondos de las anualidades 2009, 2010 y 2011 del servicio 01 se podrán justificar hasta el 31 de diciembre de 2013. Los fondos del servicio 17 y 
servicio 01 que se vayan a certificar a fondos FEDER, siempre que ambos se hayan comprometido hasta 31 de diciembre de 2006 con cargo al Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006, tienen como plazo máximo de justificación ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa hasta 31 de diciem-
bre de 2008. También tendrán de plazo hasta 31 de diciembre de 2008 aquellos fondos que se comprometan durante 2007 y 2008 para beneficiarios exceptuados del régimen de ayudas de estado y deban justificarse a fondos FEDER con cargo Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006.

De acuerdo con el escrito de la Dirección General de Fondos Europeos, de fecha 4 de abril de 2007, por la que se acepta la reprogramación propuesta por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se podrán usar los créditos disponibles de la medida 6.08 (aplicación presupuestaria x1 12 00 17 00 8070 74021 73 A), en la medida 6.09 (aplicación presupuestaria x1 12 00 17 00 8070 74020 73 A) con cargo al Marco de Apoyo Comunitario 2000-2006, y límites de justificación hasta el 31 de diciembre de 2008.

Cualquier subvención que se otorgue a partir de 1 de enero de 2007 con cargo a los fondos del nuevo Marco Estratégico Nacional de Referencia, se ajustará a la normativa específica derivada del citado MENR. 2007-2013.

Asimismo, la Agencia Andaluza de la Energía deberá exportar los datos sobre los incentivos que se concedan a la base de datos de subvenciones y ayudas públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Se modifica el acuerda decimoséptimo que tendrá la siguiente redacción:

El presente Convenio de Encomienda de Gestión tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, en tanto en cuanto subsistan los incentivos en materia de energía en territorio andaluz y su gestión y competencia sobre los mismos esté delegada en la Agencia Andaluza de la Energía. Se considerará prorrogado por periodos anuales si no media denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto. Se mantienen en lo no modificado por ésta o anteriores Adendas las cláusulas de la encomienda de gestión firmada el 22 de julio de 2005.

De conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y la fecha al inicio expresados, y acuerdan disponer la publicación de esta Adenda a la Encomienda de Gestión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa; Isabel de Haro Aramberri, Presidenta de la Agencia Andaluza de la Energía.

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