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El artículo 7.1 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales prevé la sustitución de los miembros representativos de dicho órgano colegiado durante el período de su mandato, a propuesta de la organización a la que represente. Habiéndose producido propuesta en tal sentido de la Confederación de Empresarios de Andalucía, procede hacer efectivo lo establecido en la indicada norma y disponer el correspondiente cese y nombramiento.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma.
D I S P O N G O
Artículo primero. Cesar como miembro titular del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía, a don Miguel Ángel Olalla Mercadé.
Artículo segundo. Designar como miembro titular del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía, a don Álvaro Polo Guerrero.
Sevilla, 19 de junio de 2007
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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