Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 06/08/2007

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2007, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se hace público un extracto del contenido de la de 29 de mayo de 2007 por la que se hace pública la concesión de incentivos a las Universidades y organismos de investigación de Andalucía para la realización de actividades de carácter científico y técnico, convocatoria 2/2006, al amparo de la Orden que se cita.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de 26 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos para actividades de carácter científico y técnico de las Universidades y Organismos de investigación de (BOJA núm. 111 de 12 de junio), esta Secretaría General

R E S U E L V E

Primero. Hacer público extracto de la Resolución de fecha 29 de mayo de 2007, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de incentivos a las Universidades y Organismos de investigación de Andalucía para la realización de actividades de carácter científico y técnico, convocatoria 2/2006; extracto que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y en la página web de la misma.

A N E X O

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 29 DE MAYO DE 2007, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA POR LA QUE SE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS PARA ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO DE LAS UNIVERSIDADES Y ORGANISMOS DE INVESTIGACIÓN DE ANDALUCÍA, CONVOCATORIA 1/2006

1.º Por Orden de 26 de mayo de 2006, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos para actividades de carácter científico y técnico de las Universidades y Organismos de investigación de Andalucía y se efectúa su convocatoria en el período 2006-2008 (BOJA núm. 111 de 12 de junio de 2006).

2.º El artículo 13 de la citada Orden, establece que las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva entre todas las solicitudes presentadas para cada convocatoria de conformidad con el artículo 22.1 de la LGS.

3.º Conceder los incentivos para actividades de carácter científico y técnico de las Universidades y Organismos de Investigación, por los importes que se indican a continuación:

Organismo Incentivo

Estación Biológica de Doñana (CSIC) 5.090,00

Estación Experimental del Zaidin (EEZ) (CSIC) 6.808,00

Estación Experimental «La Mayora» (CSIC) 5.786,00

Estación Experimental Zonas Áridas (CSIC) 5.786,00

Fundación Reina Mercedes para investigación sanitaria 2.645,00

IFAPA 7.273,00

Instituto Andaluz de Ciencias de los Materiales (CSIC) 5.760,00

Instituto de Agricultura Sostenible de Córdoba (CSIC) 5.786,00

Instituto de Astrofísica de Andalucía (CSIC) 1.984,00

Instituto de Investigaciones Químicas (CSIC) 2.314,00

Instituto de la Grasa 3.635,00

Instituto de Recursos Naturales y Agrobiología de Sevilla (CSIC) 4.200,00

Universidad de Almería 58.736,35

Universidad de Cádiz 77.121,12

Universidad de Córdoba 46.702,00

Universidad de Granada 238.717,08

Universidad de Huelva 25.473,00

Universidad de Jaén 16.220,00

Universidad de Málaga 70.326,60

Universidad de Sevilla 153.196,25

Universidad Pablo de Olavide 18.165,00

Las actividades a realizar por cada beneficiario y los incentivos concedidos son los indicados en el Anexo I, estando comprendidas las mismas en las modalidades descritas en el artículo 8 de la Orden de 26 de mayo de 2006.

Asimismo, se hace constar que la estimación de estos incentivos implica la desestimación de las demás solicitudes presentadas. A tal efecto se incluye un Anexo II con la relación de las solicitudes desestimadas y un Anexo III con la relación de las solicitudes excluidas del procedimiento.

4.º Plazo máximo de ejecución: Las actividades subvencionadas deberán estar finalizadas como máximo el 30 de junio de 2008.

Sevilla, 18 de julio de 2007.- El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, José Domínguez Abascal.

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