Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 22/01/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 20 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Arboleas, de bases para la selección de Administrativo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Francisco Pérez Miras, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arboleas (Almería).

Hago saber: Que por Resolución de la Alcaldía de fecha 15 de diciembre de 2006, han quedado aprobadas las bases y convocatoria para provisión de la plaza de funcionario, que a continuación se señalan:

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD POR PROMOCION INTERNA Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO, OFERTA DE EMPLEO 2006

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de una plaza de Administrativo vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, dotada con las retribuciones del Grupo C, de conformidad con la Oferta Pública de Empleo Público para el año 2006, de este Ayuntamiento.

Segunda. Legislación aplicable.

Para lo no previsto en estas bases o aquello que las contradigan serán de aplicación las disposiciones de Régimen Local que correspondan, y en concreto la Ley 30/84, de 2 de agosto, Ley 7/85, R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, R.D. 896/91, de 7 de junio, por las que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera de esta Corporación que tengan una antigüedad de al menos dos años como funcionario de carrera en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, de este Ayuntamiento y estén en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

Cuarta. Solicitudes.

1. La presente convocatoria y sus bases se publicará en el BOP, en el BOJA y el anuncio de aquella en el BOE.

2. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arboleas, manifestando que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria.

3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento.

4. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso acompañarán a su instancia los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar estos referidos a la fecha en que expire el plazo de solicitudes. Los documentos serán originales o compulsados.

Quinta. Admisión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos con indicación de la causa. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP, se concederá el plazo de diez días para la subsanación de defectos a los aspirantes excluidos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

2. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que dicte el Alcalde-Presidente declarando definitiva la lista de admitidos y excluidos. Esta Resolución se hará pública en el BOP, indicándose en el mismo, lugar, fecha y hora de realización de los ejercicios, así como la composición del Tribunal.

En el caso de que no existieran excluidos, ni se presentaren reclamaciones, la lista de admitidos se entenderá definitiva.

Sexta. Tribunal Calificador.

1. El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue.

2. Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

- Un Concejal integrante de la Junta de Gobierno, designado por la Alcaldía.

- Un Concejal de los grupos de oposición, designado por la Alcaldía.

- Un funcionario habilitado nacional con ejercicio en un municipio de la Comarca.

- Secretario: El de la Corporación o persona en quien delegue.

Junto con los titulares se nombrarán suplentes en igual numero y con los mismos requisitos.

3. Todos los vocales deberán estar en posesión de titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

4. El Tribunal podrá recabar, si lo estima necesario, la colaboración de Asesores Técnicos que actuarán con voz pero sin voto, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica.

Séptima. Convocatoria y desarrollo de las pruebas.

1. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

2. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Octava. Proceso selectivo.

1. El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas.

1.ª fase: Concurso.

Previamente a la fase oposición, se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, el Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados con arreglo al siguiente baremo:

- Por cada año de servicios prestados como Auxiliar Administrativo en el Ayuntamiento de Arboleas: 0,40 puntos.

- Por cada curso de especialización profesional impartido por organismos oficiales: 0,20 puntos, si es igual o inferior a 20 horas, y 0,30 puntos si es superior a 20 horas.

- Por otros cursos: 0,05 puntos por cada uno.

2.ª fase: Oposición.

El ejercicio constará de una prueba eliminatoria que consistirá en la realización de un supuesto práctico directamente relacionado con el Ayuntamiento de Arboleas, debiendo realizarse utilizando el procesador de textos Microsoft Word y en tiempo máximo de una hora.

La calificación de la prueba será de cero a diez puntos, necesitándose un mínimo de cinco puntos para aprobar.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de las fases de concurso y oposición, que se tendrá en cuenta para determinar la relación de candidatos por orden decreciente de puntuación, que propondrá el Tribunal para su nombramiento.

Novena. Relación de aprobados.

El Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, con especificación de la puntuación obtenida por cada aspirante, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Dicha relación será elevada al Sr. Alcalde con propuesta de nombramiento, que será recogida en Acta de la sesión.

Décima. Toma de posesión.

En el plazo de veinte días naturales el aspirante aprobado tomará posesión del puesto, decayendo en caso contrario de todos sus derechos.

Undécima. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se comunica para general conocimiento y a efectos de inicio del procedimiento selectivo.

Arboleas, 20 de diciembre de 2006.- El Alcalde, Francisco Pérez Miras.

Descargar PDF