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Habiendo tenido entrada en esta Delegación Provincial escritos de alegaciones presentados por las personas que se relacionan contra actas de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el que no consta el requisito de Acreditación de Poder exigido por el art. 70 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 76 del citado texto legal, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la presente notificación, subsane la deficiencia señalada. Asimismo se advierte que de no cumplir este requerimiento, se podrá declarar decaído en su derecho al trámite correspondiente y se podrá dictar resolución sin tener en cuenta el escrito de alegaciones.
Núm. de expte.: 234/07.
Núm. de acta: 426/07.
Interesado: Don Teodoro Pinto Fernández, representante de la empresa Mantenimiento Preventivo de Ascensores, S.L., CIF: B-91.319.418.
Sevilla, 3 de agosto de 2007.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez.
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