Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 165 de 22/08/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 3 de agosto de 2007, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se ordenan las transferencias de las cantidades que corresponden a los municipios de la provincia en concepto de nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes en el ejercicio 2007.

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La Orden de 19 de junio de 2007, por la que se regula la distribución de transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en el BOJA número 128, de 29 de junio de 2007, establece en su ar-
tículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en dicho artículo 4, y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria, correspondiendo a las delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia el abono de las transferencias de las cuantías correspondientes a cada municipio.

RESUELVO

Primero. Ordenar el abono de las transferencias por importe de 975.535,53 euros, correspondientes al Programa de Nivelación de los Servicios Municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes de la provincia de Málaga, atribuyendo a cada municipio por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 19 de junio de 2007, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.18.29.463.00.31J, el gasto correspondiente a las citadas transferencias, que se harán efectivas en un sólo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. Dada la naturaleza jurídica de transferencias o condicionadas, los documentos de pago correspondientes se efectuarán en firme.

Cuarto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinto. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

No obstante, y únicamente a los efectos de que el órgano gestor tenga constancia de la recepción de los fondos, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, en el plazo de tres meses a partir de la materialización del pago, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Málaga, 3 de agosto de 2007.- El Delegado del Gobierno, José Luis Marcos Medina.

ANEXO
MUNICIPIO IMPORTE (euros)
Fuengirola 71.647,84
Torremolinos 71.647,84
Marbella 71.647,84
Estepona 62.462,22
Benalmádena 65.217,
Málaga 64.299,33
Vélez-Málaga 61.543,66
Mijas 63.380,78
Alhaurín de la Torre 59.950,85
Rincón de la Victoria 52.358,04
Nerja 43.172,42
Benahavís 47.765,23
Manilva 47.765,23
Antequera 43.172,42
Ronda 41.335,29
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