Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 174 de 04/09/2007

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Ayuntamientos

Anuncio de 30 de julio de 2007, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, de bases para la selección de personal laboral fijo.

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EDICTO

Doña Francisca Toresano Moreno, Concejal Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), hace saber:

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio del actual, ha resuelto aprobar las Bases relativas a proveer en propiedad varias plazas vacantes en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a los Grupos de Clasificación correspondientes y con las retribuciones complementarias que le correspondan con arreglo a la RPT que este Ayuntamiento aprueba con carácter anual y régimen retributivo vigente, mediante el sistema de concurso para promoción interna.

El texto íntegro de las Bases que rigen el proceso se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

«BASES QUE HABRÁN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DIVERSAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO POR PROMOCIÓN INTERNA

Base I. Plazas que se convocan y dotación.

De conformidad con lo establecido en la Oferta de Empleo Público aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 12 de marzo de 2007 (BOE núm. 101, de fecha 27.4.2007), se efectúa la presente convocatoria a fin de cubrir en propiedad las plazas que se indican mediante el sistema de concurso por promoción interna:

CÓDIGO PUESTO PUESTO NÚM. VACANTES
03003LC00/673 Encargado General 1
03003LC01/674 Subencargado General 1
03002LD04/168 Conductor Especialista 1
03002LD08/177 Oficial 2.ª Parque Móvil 1
03002LD21/13 Oficial 1.ª Jardinería 1
O3002LD24/1483 Oficial 1.ª Jardinería 1
03002LD23/122 y 1002 Oficial 2.ª Jardinería 2
0303LD01/1285 Subcapataz electricidad 1
03003LD11/191 y 197 Oficial 1.ª Construcción 2
03003LD13/200 y 201 Oficial 2.ª Construcción 2
03003LD22/1437 Oficial 1.ª Pintura 1
03003LD30/105 Oficial 1.ª fontanería 1

Las citadas plazas se encuentran dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a los Grupos de clasificación que pertenecen y que se definen en los anexos a las presentes y las complementarias que correspondan con arreglo a la Relación de Puestos de Trabajo que este Ayuntamiento aprueba con carácter anual y régimen retributivo vigente.

Base II. Requisitos que habrán de reunir los aspirantes.

Los aspirantes habrán de reunir, referido a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser personal laboral fijo de esta Entidad Local, y contar con al menos dos años de antigüedad en la categoría o grupo inmediatamente anterior a la que se opte, según se establece en cada anexo.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener, a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, las titulaciones académicas o profesionales que se exigen para cada plaza o en su defecto tener la experiencia profesional o laboral equivalente, según se establece en los Anexos.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Base III. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de inscripción y fotocopia compulsada de la titulación exigida para la plaza a la que se opta.

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía.

A través de las Oficinas de Correos, y deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

Y, asimismo, en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Los derechos de inscripción serán de 15,00 euros y se ingresarán en la cuenta corriente núm. 3058-0040-30-2732000053, denominada «Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Roquetas de Mar-Personal Oficios».

3.4. Los aspirantes acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base 1.4, además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, o en caso de presentarse fotocopias, legalizadas mediante documento notarial, debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original, o previo el trámite establecido en el art. 38.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la nueva redacción dada con la Ley 4/99. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar se acreditarán de oficio por la Unidad de Recursos Humanos a petición del interesado. Los méritos o servicios a tener en cuenta estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de la certificación aportada por el aspirante hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, se acreditarán de oficio por la Unidad de Recursos Humanos.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Base IV. Admisión de los aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y la fecha de celebración de la fase del concurso.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

Base V. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador, de conformidad con lo establecido en el Decreto 896/1991, de 7 de junio, estará constituido por:

Presidente: Un funcionario/a y/o personal laboral fijo designado por la Alcaldía-Presidencia.

Vocales:

- Un funcionario/a de carrera del Ayuntamiento.

- Un representante de la Junta de Andalucía, designada por ésta.

- Un representante del Comité de Empresa.

- Un Técnico o experto designado por la Alcaldía.

- El Jefe del Servicio.

Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

De conformidad con lo establecido en el Anexo IV del R.D. 462/2002, de 30 de mayo de 2002, sobre indemnizaciones por razón del servicio, los Tribunales Calificadores se clasifican en las categorías que correspondan de conformidad a los grupos de clasificación en que se encuadran las plazas que se convocan y que se indican en sus Anexos. Los Vocales deberán tener titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas objeto de la convocatoria y se designarán suplentes para cada uno de los miembros, quienes deberán reunir los mismos requisitos. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, con voz y sin voto. Les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas establecidas y no podrán proponer para su nombramiento un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Base VI. Procedimiento selectivo.

El sistema de selección que se establece para todas las plazas convocadas es el de concurso por promoción interna y consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo, con arreglo al baremo que se establece. El orden de actuación que se establece para la baremación de las distintas solicitudes será el alfabético que resulte de comenzar el primer apellido por la letra «V».

Baremo de méritos que se establece

Experiencia profesional:

- Por servicios prestados en la Administración Pública: 0,2 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4 puntos.

- Por experiencia acreditada en las tareas de dirección, mantenimiento, reparación y conservación en los servicios de jardinería, señalización, construcción fontanería, construcción, parque móvil, pintura y electricidad hasta un máximo de 4 puntos.

Formación:

- La formación específica que quede suficientemente acreditada adquirida a través de cursos de formación y perfeccionamiento en los servicios de electricidad, construcción, pintura, parque móvil, fontanería, hasta un máximo de 2 puntos. El orden de prelación lo determinará la puntuación total obtenida por cada aspirante.

Base VII. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal efectuará propuesta de nombramiento a favor de los aspirantes que alcancen mayor puntuación para cada una de las plazas convocadas y la elevará a la Alcaldía-Presidencia, para su nombramiento como personal laboral fijo de esta Entidad Local con la categoría que corresponda.

Los aspirantes propuestos para su nombramiento en el Acta Final suscrita por el Tribunal Calificador deberán aportar durante el plazo de 20 días naturales los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria y anexo correspondiente, si bien, no será necesario aportar los documentos que obren en sus expedientes personales y administrativos.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación. Presentada en su caso la documentación y siendo ésta conforme, el Sr. Alcalde-Presidente efectuará el nombramiento a favor del aspirante propuesto con la categoría profesional que corresponda, con quien se formulará contrato de trabajo ordinario de carácter indefinido.

Base VIII. Impugnación e incidencias.

El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria para el buen desarrollo del proceso selectivo. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados en los términos establecidos en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Anexo I

- Categoría Profesional: Encargado General. Grupo II.

- Grupo de Clasificación: B.

- Número de adscripción: 03003LC00/673.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia, han sido o son contratados en virtud de su titulación para ejercer funciones o desempeñar un puesto de trabajo definido como Técnico Medio en la RPT al servicio del Ayuntamiento. Asimismo, y para los casos establecidos para la promoción interna, mediante la oportuna Formación Laboral del trabajador que ha venido desarrollando de forma ininterrumpida unas funciones análogas o similares a las responsabilidades que se derivan de dicho Grupo de clasificación, podrá asimilarse al citado Grupo, no siendo necesario el título académico o profesional para el ejercicio de funciones que no se precise título necesario para el desempeño de las funciones del puesto.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación C.

Anexo II

- Categoría profesional: Subencargado General. Grupo II.

- Grupo de Clasificación: B.

- Número de adscripción: 03003LC01/674.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia, han sido o son contratados en virtud de su titulación para ejercer funciones o desempeñar un puesto de trabajo definido como Técnico Medio en la RPT al servicio del Ayuntamiento. Asimismo, y para los casos establecidos para la promoción interna, mediante la oportuna Formación Laboral del trabajador que ha venido desarrollando de forma ininterrumpida unas funciones análogas o similares a las responsabilidades que se derivan de dicho Grupo de clasificación, podrá asimilarse al citado Grupo, no siendo necesario el título académico o profesional para el ejercicio de funciones que no se precise título necesario para el desempeño de las funciones del puesto.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación C.

Anexo III

- Categoría profesional: Conductor Especialista.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03002LD04/168.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo IV

- Categoría profesional: Oficial 2.ª Parque Móvil.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03002LD08/177.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo V

- Categoría profesional: Oficial 1.ª Jardinería.

- Grupo de clasificación: D.

- Núm. de adscripción: 03002LD21/13 y O3002LD24/1483.

- Número de plazas que se convocan: 2.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo VI

- Categoría profesional: Oficial 2.ª Jardinería.

- Grupo de Clasificación: D.

- Núm. de adscripción: 03002LD23/122 y 1002.

- Número de plazas que se convocan: 2.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo VII

- Categoría profesional: Subcapataz electricidad.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 0303LD01/1285.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo VIII

- Categoría profesional: Oficial 1.ª Construcción.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03003LD11/191 y 197.

- Número de plazas que se convocan: 2.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo IX

- Categoría profesional: Oficial 2.ª Construcción.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03003LD13/200 y 201.

- Número de plazas que se convocan: 2.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo X

- Categoría profesional: Oficial 1.ª Pintura.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03003LD22/1437.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.

Anexo XI

- Categoría profesional: Oficial 1.ª Fontanería.

- Grupo de Clasificación: D.

- Número de adscripción: 03003LD30/105.

- Número de plazas que se convocan: 1.

- Otros requisitos específicos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o Formación Laboral equivalente con categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral, y esté definido en la RPT al servicio del Ayuntamiento.

b) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Roquetas de Mar y contar con al menos 2 años de antigüedad en el Grupo de Clasificación E.»

Lo manda y firma la Delegada de RRHH para general conocimiento y a los efectos indicados.

Roquetas de Mar, 30 de julio de 2007.- La Delegada
de RR.HH., Francisca Toresano Moreno.

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