Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 17/09/2007

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Consejería de Gobernación

Anuncio de 27 de agosto de 2007, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don Juan Manuel Oncala Cuadro, en nombre y representación de Restauración Prego, S.L., contra otra dictada por el Delegado del Gobierno de Cádiz, recaída en el expediente S-EP-CA-000059-06.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a don Juan Manuel Oncala Cuadro, en nombre y representación de Restauración Prego, S.L., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En Sevilla, a 28 de junio de 2007.

Visto el recurso interpuesto y sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Como consecuencia de denuncia formulada por miembros de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma, por la Subdelegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en el Campo de Gibraltar se incoó expediente sancionador contra la entidad Restauración Prego, S.L., titular del establecimiento denominado “Café-Bar Sexto Sentido”, sito en calle Ruiz Zorrilla, núm. 15, de la localidad de Algeciras, por supuesta infracción a lo dispuesto en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (en adelante, LEEPP), al hacerse constar en dicha acta, de fecha 21 de enero de 2006, que dicho establecimiento poseía licencia municipal de apertura para la actividad de Café-Bar, siendo la actividad que realiza de discoteca, además de otras supuestas irregularidades.

Segundo. Tramitado el expediente, el Sr. Subdelegado dictó Resolución de fecha 27 de marzo de 2007, por la que se le imponía a Restauración Prego, S.L., titular del citado establecimiento, la sanción de multa por importe de treinta mil euros con cincuenta y un céntimos (30.051), como responsable de una infracción tipificada y calificada como muy grave en el artículo 19.2 de la LEEPP, consistente en la dedicación de los establecimientos públicos a la celebración de espectácu-
los públicos o actividades recreativas distintos de aquellos para los que estuvieren autorizados, así como excederse en el ejercicio de tales actividades, de las limitaciones fijadas en las correspondientes autorizaciones, cuando se produzca situación de grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad física de las personas, al considerarse probado que “... el pasado día 21 de enero de 2006, a las 3,50 horas, el establecimiento denominado Café-Bar ‘Sexto Sentido’, sito en 
C/ Ruiz Zorrilla, número 15, de Algeciras (Cádiz), funcionaba como discoteca a pesar de poseer únicamente licencia de Café Bar, encontrándose la puerta principal de acceso al establecimiento cerrada parcialmente con una valla metálica de 1,20 metros de altura que dejaba libre un espacio de unos 60 cm, para entrar y salir del local, no estando además señalizada ni iluminada la misma, hallándose la otra puerta impracticable por estar bloqueada por una baraja metálica cerrada.”

Tercero. Notificada dicha Resolución en fecha 2 de abril de 2007, el interesado interpone recurso de alzada en fecha 7 de mayo siguiente, formulando las alegaciones que constan en él y que se dan por reproducidas en aras del principio de eficacia administrativa.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I. El titular de la Consejería de Gobernación es competente para resolver los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma (Ley 6/1983, de 21 de julio).

Por Orden de 30 de junio de 2004, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), esta competencia de resolución de recursos administrativos ha sido delegada en la Secretaría General Técnica.

II. El recurso interpuesto por don Juan Manuel Oncala Cuadro contra la resolución recaída en el expediente citado en el encabezamiento, fue presentado en el registro de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar en fecha 7 de mayo de 2007. Puesto que se encuentra acreditado en el expediente que la notificación de la resolución sancionadora tuvo lugar el día 2 de abril de 2007, hay que establecer que la presentación del recurso fue extemporánea, pues se había excedido el plazo de un mes establecido para llevar a cabo dicha impugnación.

Por cuanto antecede, vista las normas legales citadas y demás de general aplicación,

RESUELVO

No admitir, por extemporáneo, el recurso interpuesto contra la resolución del Sr. Subdelegado del Gobierno en el Campo de Gibraltar, de fecha 27 de marzo de 2007, recaída en expediente CA-59/06-EP, confirmándola en todos sus 
extremos.

Notifíquese la presente Resolución al interesado, con indicación de los recursos que contra la misma procedan. El Secretario General Técnico. Fdo. Rafael Cantueso Burguillos.»

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de agosto de 2007.- El Jefe de Servicio de 
Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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