Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 28/09/2007

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

Orden de 19 de septiembre de 2007, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención y elaboración de productos cárnicos de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino.

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La producción integrada es el sistema de producción de productos agrarios y sus transformados que utiliza mecanismos de regulación naturales, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la economía de las explotaciones e industrias de transformación de productos agroalimentarios, así como las exigencias sociales de acuerdo con los requisitos que se establezcan para cada producto en el correspondiente reglamento de producción o elaboración, de forma que los productos obtenidos bajo este sistema pueden llevar la marca o identificación de garantía en este sentido.

El Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, dispone en su artículo 3 que la Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos de Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que dicho artículo describe.

Por su parte, el artículo 2.1 de la Orden de 13 de diciembre de 2004, modificada por la de 24 de octubre de 2005, por la que desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, establece que los Reglamentos Específicos contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas, e incorporarán los requisitos generales de producción integrada de Andalucía.

Por otra parte, mediante la Orden de 24 de octubre de 2003, se establecen los requisitos generales de producción integrada para centros de manipulación e industrias de transformación de productos. Por lo tanto, y dado que las técnicas para la elaboración de productos cárnicos se encuentran suficientemente desarrolladas y que se aplican en los procesos citados, procede aprobar el correspondiente Reglamento Específico.

En su virtud, a propuesta del Director General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, previa consulta con los sectores afectados y en uso de las competencias que me confiere el artículo 3 y la disposición final primera del Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, así como el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención y elaboración de productos cárnicos de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino.

Se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención y elaboración de productos cárnicos de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino, cuyo texto se incorpora en el Anexo de la presente Orden.

Disposición Final Primera. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al titular de la Dirección General de Industrias y Calidad Agroalimentaria para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de septiembre de 2007

ISAÍAS PÉREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

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