Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 28/09/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de julio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga, dimanante del procedimiento de separación contenciosa núm. 43/2005.

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NIG: 2906742C20050000552.

Procedimiento: Separación Contenciosa (N) 43/2005. Negociado: LM.

De: Doña Fátima El Hajoui.

Procuradora: Sra. Úrsula Cabezas Manjavacas.

Letrado: Sr. José Jurado Pérez.

Contra: Don Hassan El Hajoui.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Ortega Gil.

Letrada: Sra. Matilde María Ripoll Pérez-Curiel.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Separación Contenciosa (N) 43/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga, a instancia de Fátima El Hajoui contra Hassan El Hajoui sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 468/07

En la ciudad de Málaga, a siete de junio de dos mil siete.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga y su partido, los autos de juicio de divorcio incidental núm. 43/05, promovidos por la Procuradora doña Úrsula Cabezas Manjavacas, asistida del Letrado don José Jurado Pérez, en nombre y representación de doña Fátima El Hajoui frente a don Hassan El Hajoui, en situación procesal de rebeldía, siendo precisa la intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por doña Fátima El Hajoui representada por la Procuradora doña Úrsula Cabezas Manjavacas, contra don Hassan El Hajoui, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio existente entre ambas partes, aprobando las siguientes medidas:

1.º La atribución de la guarda y custodia de las hijas menores de edad a doña Fátima El Hajoui, suspendiéndose provisionalmente para el padre don Hassan El Hajoui la patria potestad sobre aquellas, correspondiendo a doña Fátima El Hajoui el ejercicio exclusivo de la misma.

2.º Se suspende el régimen de visitas de don Hassan El Hajoui respecto de sus hijas menores.

3.º Por el capítulo de alimentos a las hijas menores, don Hassan El Hajoui abonará a su cónyuge, por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes, la cantidad mensual de 200 euros, suma que será anualmente actualizada conforme al IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya.

Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que, en su caso, conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, que se unirá al legajo de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe en Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hassan El Hajoui, extiendo y firmo la presente en Málaga, a treinta y uno de julio de dos mil siete.- El/La Secretario.

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