Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 08/10/2007

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Anuncio de 18 de septiembre de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia, notificando Resolución sancionadora de expedientes sancionadores de Espectáculos Públicos.

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

ANUNCIO DE LA SECRETARÍA GENERAL NOTIFICANDO RESOLUCIÓN SANCIONADORA DE EXPEDIENTES SANCIONADORES DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/99, se hace pública notificación de Resolución sancionadora de expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Secretaría General, a las personas o entidades sancionadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio, ésta no se ha podido practicar.

Contra estas Resoluciones podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia de la Comunidad Autónoma de Murcia, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

De conformidad con las previsiones del art. 21.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se pone en conocimiento de los interesados que estas resoluciones no tendrán carácter firme en tanto no se resuelva el recurso de alzada que, en su caso, se interponga o haya transcurrido el plazo para interponer el citado recurso sin hacerlo. Para aquellas Resoluciones que finalicen con la imposición de multa, una vez que la Resolución sea firme se procederá al pago de la misma, en la forma y plazos previstos en el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento General de Recaudación:

a) Las Resoluciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

El ingreso correspondiente de la sanción deberá formalizarse a través de cualquiera de las oficinas colaboradoras, de acuerdo con la carta de pago que se puede solicitar en el Servicio de Registros Especiales y Espectáculos Públicos. En caso de no proceder al pago de la sanción impuesta en la forma indicada, se procederá a la vía de apremio.

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Registros Especiales y Espectáculos Públicos de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma de Murcia, sito en Gran Vía, núm. 42, escalera 3.ª - 5.º Murcia.

Nombre: Essadik El Kassari.

NIF/CIF: X2167933E.

Municipio del interesado: Pulpí.

Núm. de expediente: 229/2006.

Importe sanción (€): 300,00.

Núm. Liquidación:

Murcia, 18 de septiembre de 2007.- El Secretario General, Antonio Sergio Sánchez-Solís de Querol.

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