Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2007

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 18 de diciembre de 2006, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se amplía el plazo de ejecución y justificación de subvenciones de la Orden de 8 de mayo de 2006, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento, así como actividades generales.

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La Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 8 de mayo de 2006 (BOJA núm. 96, de 22 de mayo), por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas para financiación de los gastos de mantenimiento y funcionamiento, así como de actividades generales, en su disposición final primera prevé que la Directora está facultada para adoptar las medidas necesarias en desarrollo y ejecución de la Orden.

Al amparo de la Orden de 8 de mayo de 2006, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, se ha establecido que los gastos subvencionados para el mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones así como por el desarrollo de las actividades generales son los ocasionados durante el ejercicio de 2006.

Pese a lo anteriormente indicado, se ha constatado que, por razones derivadas de la propia fecha de las resoluciones y de las disponibilidades de la tesorería de este Organismo, las subvenciones referidas no van a poder ser abonadas sino en el transcurso del presente mes de diciembre y del mes de enero próximo.

Considerando que en el colectivo de estas entidades concurre una carencia de fuentes de financiación que impide la realización de las actividades subvencionadas si no media previamente el abono de las ayudas.

Teniendo en cuenta las referidas circunstancias y las consultas planteadas al respecto por diferentes Asociaciones y en aplicación de la posibilidad de modificar las resoluciones de concesión prevista en el artículo 19 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas, aprobado por Decreto 254/2001, de 20 de noviembre; a propuesta del Servicio de Coordinación de este Instituto y con objeto de que no quede desvirtuada la finalidad perseguida con la concesión de estas subvenciones como consecuencia de la demora en la fecha de pago,

RESUELVO

Ampliar hasta el 30 de junio de 2007 el plazo de ejecución y justificación de las actividades objeto de subvención y de realización de los gastos de mantenimiento y funcionamiento subvencionados en la convocatoria de 2006 para las Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas, efectuada mediante Orden de 8 de mayo de 2006.

Sevilla, 18 de diciembre 2006.- La Directora, Ana Soledad Ruiz Seguín.

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