Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 16/10/2007

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

Anuncio de 2 de octubre de 2007, de la Dirección General de Andaluces en el exterior, notificando resolución de reintegro recaído en el expediente que se relaciona, incoado según lo dispuesto en el art. 112 de la LGHP de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, y ante la imposibilidad de practicar notificación en el último domicilio conocido a la Asociación interesada, reconocida como Comunidad Andaluza por el Consejo de Gobierno que a continuación se relaciona, se le hace saber a través de este anuncio que ha sido dictada la siguiente resolución de reintegro:

Entidad: Peña Arte y Cultura de Andalucía.

Núm.: 118.

Dirección: Rue de l’Église St. Anne, 63, B-1081, Koekelberg (Bruselas).

Asunto: Notificando resolución de reintegro 2005.

Importe a reintegrar (principal e intereses de demora): 6.118,15 € (5699,70 + 418,45).

Motivo: Haber incumplido la entidad, la obligación de justificación de la subvención concedida en su día para la promoción cultural de las Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o el inmediato hábil siguiente.

b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes o el inmediato hábil siguiente.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Asimismo, se les advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Andaluces en el exterior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación. Y hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Informándole que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Sevilla, 2 de octubre de 2007.- La Directora General,
Silvia López Gallardo.

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