Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 23/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 4 de octubre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros en el recurso núm. 505/2007, interpuesto por la Diputación Provincial de Córdoba ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Córdoba.

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Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Córdoba, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 24 de septiembre de 2007, en los Autos del Recurso: Procedimiento Ordinario núm. 505/2007 (Neg. DG), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la Diputación Provincial de Córdoba, contra el Acuerdo adoptado, con fecha 20 de julio de 2007, por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, desestimando el requerimiento realizado por dicha corporación contra el anterior Acuerdo de fecha 29 de marzo de 2007 y que fija el justiprecio de los bienes expropiados en trece mil trescientos cuarenta y dos euros con cincuenta y un céntimos de euro (13.342,51 euros), en el expediente 2006/037, relativos a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña Carmen Molina González (Polígono 29, Parcela 225 del término municipal de Priego de Córdoba), y en el que sería Administración expropiante la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Servicio Jurídico Provincial de la Junta de Andalucía con fecha 27 de septiembre de 2007, y dicho Servicio la ha trasladado a esta C.P.V., donde ha tenido entrada el día 3 de octubre actual.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, de 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por la representación de la Diputación Provincial de Córdoba contra el Acuerdo adoptado con fecha 20 de julio de 2007 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, desestimando el requerimiento realizado por dicha corporación contra el anterior Acuerdo de fecha 29 de marzo de 2007 y que fija el justiprecio de los bienes expropiados en trece mil trescientos cuarenta y dos euros con cincuenta y un céntimos de euro (13.342,51 euros), en el expediente 2006/037, relativos a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña Carmen Molina González (Polígono 29, Parcela 225 del término municipal de Priego de Córdoba), y en el que sería Administración expropiante la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

Segundo. Remitir a doña Carmen Molina González, como interesada en el procedimiento, fotocopia del escrito de interposición del citado recurso contencioso-administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a doña Carmen Molina González y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 4 de octubre de 2007.- El Presidente de la

Comisión Provincial de Valoraciones, Manuel Roldán Guzmán.

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