Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 09/11/2007

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Ayuntamientos

Anuncio de 16 de octubre de 2007, del Ayuntamiento de Sevilla, Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial, de bases para la selección de personal laboral.

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AYUNTAMIENTO DE SEVILLA. PATRONATO DEL REAL ALCÁZAR Y DE LA CASA CONSISTORIAL

ANUNCIO DE BASES

PATRONATO DEL REAL ALCÁZAR Y DE LA CASA CONSISTORIAL

La Comisión Ejecutiva en sesión celebrada el día diez de octubre de dos mil siete, se sirvió aprobar las convocatorias para proveer diversas plazas de personal laboral de este Patronato Oferta de Empleo Público 2006 y acordó para regular las siguientes.

BASES GENERALES

Primera. Se convocan para su provisión, por el sistema de selectivo de oposición (artículo 61, 7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público) las plazas de este Patronato del Real Alcázar que figuran en el Anexo de estas bases generales.

Estas plazas se encuadran en el personal laboral fijo de este Patronato.

Estas plazas pertenecen a la escala y categoría que se indican y están dotadas de los haberes correspondientes que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad vigente en el Convenio Colectivo del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirán por lo previsto en las bases y anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Convenio Colectivo vigente del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial, a la Ley 7/2007, de 12 de abril, el Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen local, en el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local: Ley 30/1984, de 2 de agosto, y por cualquiera otra disposición aplicable.

I. Requisitos de los aspirantes

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de otro 
Estado comprendido en los supuestos establecidos en el 
artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso el personal laboral, en el que hubiere sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

f) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecieran en los anexos correspondientes.

Cuarta. Todos estos requisitos, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

II. Solicitudes

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacer constar en la instancia, que será facilitada por la Dirección del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial dirigida al Excmo. Sr. Presidente y presentada en el Registro del mismo, sito en el Patio de Banderas, s/n, con justificante de in-greso en la entidad bancaria colaboradora que se indicará en la hoja de instrucciones que asimismo será facilitada para el correcto cumplimiento de los trámites, debiendo aportar debidamente autentificada la documentación que en la citada hoja de instrucciones se especifique.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrá presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, con la nueva redacción dada por la Ley 4/99, que modifica a la anterior.

III. Admisión de candidatos

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este Patronato, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, Resolución de la Presidencia de las listas de aspirantes admitidos excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los aspirantes, número de DNI y, en su caso, causa de no admisión.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior, establecerá un plazo de diez días para la subsanación de errores.

La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial Provincia, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Séptima. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas será admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas, sensoriales o físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo el período de prácticas, se establecerá para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la misma convocatoria.

La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas convocadas se acreditará conforme a lo que se determine por el Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial, con sujeción a lo dispuesto legalmente.

En ningún caso será necesario la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.

IV. Tribunales

Octava. El Tribunal Calificador quedará formado como sigue:

Presidente: El Director del Patronato o persona en quien delegue.

Secretario: El Secretario del Ayuntamiento de Sevilla u Oficial mayor, en su caso, y en caso de ausencia el Jefe de la Unidad de Asuntos Generales del Patronato

Vocales: Un representante de los trabajadores designado por los Delegados de Personal y dos vocales designados por la Dirección del Patronato.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos. Tales especialistas actuarán con voz, pero sin voto. Asimismo, podrán ser auxiliados por colaboradores que asistan al Tribunal en todo lo necesario para el normal desarrollo de sus actuaciones.

A todos los miembros del Tribunal, se le asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse, notificándolo a la autoridad convocante, asimismo podrán ser recusados por los aspirantes, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/92.

El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el art. 22 y se de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo en caso de empate del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a algunas de las sesiones el Presidente y/o el Secretario, se suplirán por los vocales de mayor y menor edad respectivamente.

V. Desarrollo de los ejercicios

Novena. El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de su realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Igualmente se publicará en dicho diario oficial, la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos alfabéticamente ordenada, comience por la letra que se publicará en el «Boletín Oficial» de la Provincia. Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar, aquel opositor cuyo primer apellido comience por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes.

VI. Sistema de calificación

Décima. Oposición: todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Asimismo, cada una de las pruebas de las que pudiera constar cada ejercicio, se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo alcanzar la puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de las pruebas que componen los ejercicios para superar dicho ejercicio. La puntuación final se hallará sumando la puntuación obtenida en los dos ejercicios que componen esta oposición y dividiendo este resultado por dos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios y pruebas será de O a 10 puntos.

De las puntuaciones que otorgaren los Tribunales calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación de tal manera que la nota que obtenga el aspirante será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los miembros del Tribunal.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial y en la página web de la Institución.

VII. Lista de aprobados, presentación de documentos y formalización de los contratos

Undécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Patronato y en la página web de la Institución la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, que resulten propuestos para ocupar las plazas, pudiéndose proponer un número superior al de plazas convocadas, si en el momento de la resolución de la presente oposición existieran plazas vacantes de dichas categorías con dotación presupuestaria (artículo 61.8 Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público)

Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá concretar el aspirante o aspirantes seleccionados, a la Dirección del Patronato a los efectos de formalización de los correspondientes contratos.

Duodécima. El aspirante o aspirantes propuestos aportará ante el Patronato, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones definitivas de aprobados, en la forma indicada en la base undécima, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en el anexo a estas bases. El cumplimiento del requisito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habrá de acreditarse a través de los reconocimientos médicos que el Patronato determine y en el caso de personas con minusvalías con sujeción a lo establecido legalmente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados ni contratados.

Los aspirantes propuestos que tuvieran la condición de personal laboral del Patronato estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para llevar a efecto su anterior contratación indefinida, debiendo únicamente acreditar la posesión de la titulación exigida y, en su caso, aquellos específicos que, en razón de las características de las plazas pudieran establecerse en el anexo respectivo.

No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento.

Decimotercera. La resolución de la presente oposición, se notificará a los aspirantes aprobados, quienes en el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la recepción por éstos, de la notificación, deberán proceder a la firma de los contratos que se llevará a efecto en la Dirección del Patronato, debiendo acreditar con carácter previo a la firma del contrato, no hallarse incurso en incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para el acceso a un puesto del sector público, contemplados en la legislación vigente.

En los contratos se establecerá un período de prácticas de 15 días para los puestos convocados.

Decimocuarta. Contra las presentes Bases Generales, podrá interponerse, en el plazo de un mes, contado a partir a partir del día siguiente de la publicación, recurso potestativo de reposición ante la Comisión Ejecutiva del Patronato del Real Alcázar, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 4.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrán utilizarse, no obstante otros recursos, si lo estimasen oportuno.

ANEXO I

Plaza: Oficial 2.ª de Mantenimiento.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a personal laboral.

Escala: Obrera.

Categoría: Oficial 2.ª de Mantenimiento.

Sistema de selección: Oposición.

Complemento específico: El establecido en la valoración de puestos de trabajo.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente y estar en posesión del carné de conducir categoría B.

Derechos de examen: 10,24 euros.

Oposición ejercicios: Todos los ejercicios serán obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a las preguntas tipo test que formule el Tribunal Calificador, en el tiempo que el mimo indique del programa de la convocatoria.

Segundo ejercicio: Consistirá en un ejercicio práctico relacionado con el cometido propio del puesto a que opta.

Los ejercicios primero y segundo se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar y pasar al siguiente obtener al menos 5 puntos en cada ejercicio y en cada una de las pruebas que compongan cada ejercicio.

La nota de la oposición será la suma total de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, dividida entre dos.

TEMARIO OFICIAL 2.ª DE MANTENIMIENTO

Tema 1. De los derechos y deberes laborales básicos del Estatuto de los Trabajadores.

Tema 2. De los derechos y deberes derivados del contrato de trabajo en el Estatuto de los Trabajadores.

Tema 3. Redes de Saneamiento. Tipos y características.

Tema 4. Instalaciones de fontanería. Materiales y sistemas de unión.

Tema 5. Instalaciones de electricidad. Redes y mecanismos.

Tema 6. Detección de Incendios. Sistemas.

Tema 7. Pinturas. Clases y aplicaciones.

Tema 8. Vidrios. Variedad y elementos de sujeción.

Tema 9. Carpintería de madera. Estructural y de cierre.

Tema 10. Cerrajería. Uniones y protección.

Tema 11. Reparación de maquinaria de jardinería y oficios como albañilería, fontanería, electricidad y carpintería.

Tema 12. Limpieza de edificios. Organización y control.

Tema 13. Seguridad e Higiene en el Trabajo. Medidas de prevención y sistemas de protección.

Tema 14. Real Alcázar de Sevilla, ámbito espacial.

Tema 15. Convenio Colectivo del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial.

ANEXO II

Plaza: Peón.

Número de plazas: Cuatro.

Pertenecientes a personal laboral.

Escala: Obrera.

Categoría: Peón.

Sistema de selección: Oposición.

Complemento específico: El establecido en la valoración de puestos de trabajo.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Derechos de examen: 10,24 euros.

Oposición: Ejercicios.

Todos los ejercicios serán obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de un ejercicio tipo test, sobre cuestiones que decida el Tribunal y relativo al Temario adjunto.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de pruebas prácticas relativas a jardinería, pintura, albañilería, electricidad, almacén, limpieza en el tiempo que se indique por el Tribunal.

Los ejercicios primero y segundo se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar y pasar al siguiente obtener al menos 5 puntos en cada ejercicio y en casa una de las pruebas que compongan cada ejercicio.

La nota de la oposición será la suma total de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios dividida entre dos.

TEMARIO: PEÓN

Tema 1. Convenio Colectivo del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 16 de octubre de 2007.- El Secretario General.

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