Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 12/11/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de octubre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (Antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del procedimiento verbal núm. 197/2007. (PD. 4825/2007).

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NIG: 1102042C20070000925.

Procedimiento: J. Verbal (N) 197/2007. Negociado: S.

De: Don Juan Orellana Domínguez.

Procurador: Sr. Fernando Argüeso Asta-Buruaga.

Contra: Xerígrafos Jerezanos, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento J. Verbal (N) 197/2007-S seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera a instancia de Juan Orellana Domínguez contra Xerígrafos Jerezanos, S.L., sobre desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Jerez de la Frontera, a dieciséis de mayo de dos mil siete.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad núm. 197/2007 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Juan Orellana Domínguez con Procurador don Fernando Argüeso Asta-Buruaga y Letrado don Pedro Medina Muñoz, y de otra como demandado a Xerígrafos Jerezanos, S.L., rebelde, y,

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Juan Orellana Domínguez contra Xerígrafos Jerezanos, S.L., rebelde, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que respecto al local sito en la calle Nueva, núm. 1, de esta ciudad une a las partes, condenando a dicha demandada a que lo desocupe y entregue al actor con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, señalado para el día dos de julio, y a que abone al Sr. Orellana la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500), más las rentas que vayan venciendo hasta el completo desalojo del inmueble, y con imposición a la misma de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandado Xerígrafos Jerezanos, S.L., actualmente en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a diez de octubre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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