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De: Juegomatic, S.A.
Procuradora: Sra. Lucas-Piqueras Sánchez, María Pilar.
Contra: Doña Bernarda Dolores Peralta Rodríguez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1578/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería a instancia de Juegomatic, S.A., contra Bernarda Dolores Peralta Rodríguez sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚm. 209/2007
En Almería, a veinticuatro de octubre de dos mil siete.
La Sra. doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 1578/2005 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Juegomatic, S.A., con Procuradora Sra. Lucas-Piqueras Sánchez, María Pilar, y Letrado Sr. Mendoza Cerrato, Francisco Javier; y de otra como demandado doña Bernarda Dolores Peralta Rodríguez en rebeldía procesal sobre Reclamación de cantidad, y,
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Juegomatic, S.A., con Procuradora Sra. Lucas-Piqueras Sánchez, María Pilar, frente a doña Bernarda Dolores Peralta Rodríguez en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la cantidad de 1.794,59 euros más intereses del 16% anual desde el 19.11.2005, más 792,17 euros, más 3.811,89 euros, más intereses procesales con imposición de costas a la demandada.
Notifíquese la presente Resolución a las partes.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Bernarda Dolores Peralta Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Almería, a veinticuatro de octubre de dos mil siete.- El/La Secretario.
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