Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 28/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 26 de octubre de 2007, por la que se abre una convocatoria extraordinaria y excepcional en el año 2007, para la solicitud de las Ayudas Reguladas en los Capítulos I y II, de la Orden que se cita, a favor de los Consorcios UTEDLT.

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PREÁMBULO

La Orden de 21 de enero de 2004 establece las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2004), habiendo sido modificada por la Orden de 22 de noviembre de 2004 (BOJA núm. 232, de 26 de diciembre de 2004) y por la Orden de 9 de noviembre de 2005, de adecuación de diversas Órdenes de la Consejería de Empleo a la citada ley (BOJA núm. 222, de 14 de noviembre de 2005).

La citada Orden contempla, entre otros, el Programa de ayudas para la financiación de los gastos de la estructura básica de los Consorcios UTEDLT, así como el de ayudas para la cofinanciación de los costes laborales derivados de la incorporación de los Agentes Locales de Promoción de Empleo a dichos Consorcios, que se viene desarrollando desde el año 2004 con cargo a la referida Orden de 21 de enero de 2004, y cuyas cuantías se actualizan anualmente mediante Resolución de la Dirección General de Intermediación Laboral del Servicio Andaluz de Empleo.

Asimismo, y fruto del acuerdo alcanzado en el presente año 2007 entre la Consejería de Empleo, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y las organizaciones sindicales presentes en los Consorcios UTEDLT, se ha previsto un incremento sobre las cuantías retributivas correspondientes al año 2007 del personal que presta sus servicios en los Consorcios UTEDLT.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas contempladas en el referido Programa de la Orden de 21 de enero de 2004 para la convocatoria 2007, se considera necesario efectuar una convocatoria extraordinaria de estas ayudas mediante la financiación de los gastos de la estructura básica y de los Agentes Locales de Promoción de Empleo de los Consorcios UTEDLT, en concepto de ayuda complementaria, a efectos de dar cumplimiento al acuerdo citado en el párrafo anterior.

Por lo expuesto,

DISPONGO

Artículo 1. Se efectúa una convocatoria extraordinaria y excepcional para el año 2007 de las ayudas reguladas en los Capítulos I y II de la Orden de 21 de enero de 2004 (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2004), a favor de los Consorcios UTEDLT.

Artículo 2. Las solicitudes de ayudas se ajustarán en su forma y requisitos a los impresos que se pondrán a disposición de los interesados en las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo o mediante descarga telemática del portal de la Junta de Andalucía (www.andaluciajunta.es).

Artículo 3. Aquellos Consorcios UTEDLT que hayan solicitado estas mismas ayudas dentro del plazo establecido para la convocatoria ordinaria del ejercicio 2007 no estarán obligados a presentar la documentación establecida en el artículo 24 de la Orden de 21 de enero de 2004, salvo el compromiso de cofinanciación de los costes salariales de los Agentes Locales de Promoción de Empleo (ALPES) por las entidades locales en las que estén adscritos conforme a las cuantías establecidas en esta convocatoria extraordinaria.

Artículo 4. El plazo de presentación de estas solicitudes de ayudas será de siete días naturales a contar desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Artículo 5. La ayuda consistirá en una cuantía por cada efectivo, calculada por categoría, según lo dispuesto en este artículo:

Para la estructura básica:

- Técnico Superior: Hasta 457,80 euros.

- Técnico Medio: Hasta 530,28 euros.

- Personal de apoyo administrativo: Hasta 364,08 euros.

- Complemento de Director: Hasta 185,52 euros.

- Complemento de Responsable Unidad: Hasta 27,36 euros.

Para los ALPES: El Servicio Andaluz de Empleo abonará hasta un máximo del 80%, 75% y 70% de los costes laborales totales de cada Agente, en función del número de habitantes del municipio, sobre las cuantías que se indican a continuación:

- Técnico Superior: Hasta 461,04 euros.

- Técnico Medio: Hasta 534,24 euros.

Artículo 6. Una vez dictada la resolución de concesión de la ayuda, el pago se ordenará del siguiente modo:

Hasta el 75% de la ayuda se abonará como pago en firme.

El resto de la ayuda se tramitará en concepto de anticipo.

Disposición final primera. Salvo las particularidades establecidas en esta Orden, las solicitudes de ayudas presentadas al amparo de esta convocatoria extraordinaria se tramitarán de acuerdo con lo previsto en la Orden de 21 de enero de 2004 por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2004), modificada por la Orden de 22 de noviembre de 2004 (BOJA núm. 232, de 26 de diciembre de 2004), y por Orden de 9 de noviembre de 2005 (BOJA núm. 222, de 14 de noviembre de 2005).

Disposición final segunda. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de octubre de 2007

Antonio Fernández García

Consejero de Empleo

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