Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 29/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, de caducidad y archivo del procedimiento de deslinde incluidos los descansaderos, y la modificación de Trazado parcial de la vía pecuaria «Cordel de Córdoba a Villanueva», en el tramo que va desde el cruce de Matapuercas hasta llegar a «Las Ratosillas Viejas», en el término municipal de Adamuz, provincia de Córdoba (VP @691/05).

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Por Resolución de fecha 25 de mayo de 2005 de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se acordó el inicio del procedimiento administrativo de Deslinde de la vía pecuaria «Cordel de Córdoba a Villanueva», en su totalidad incluidos los Descansaderos asociados, en el término municipal de Adamuz, provincia de Córdoba, clasificada por Orden Ministerial de fecha 14 de junio de 1955, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 30 de junio de 1955.

Con posterioridad, a fecha de 22 de noviembre de 2005, por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente se acordó a solicitud del Ayuntamiento de Adamuz, iniciar el procedimiento administrativo de Modificación parcial de Trazado, y su acumulación al procedimiento de Deslinde de la vía pecuaria «Cordel de Córdoba a Villanueva», en el tramo que va desde 500 metros después del cruce con el río Matapuercas hasta la salida del alojamiento rural de «Las Ratosillas Viejas», en el término municipal de Adamuz, en la provincia de Córdoba, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del RJAP y PAC, que regula la acumulación de procedimientos administrativos.

El artículo 21 y 37 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que es competencia del Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente dictar la Resolución que ponga fin al procedimiento de deslinde y de modificación de trazado.

Transcurrido el plazo máximo de 18 meses establecido en el apartado 9.4 del Anexo de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, sin que haya recaído Resolución expresa, y de acuerdo con el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede declarar la caducidad del mismo.

El acuerdo por el que se inicie el nuevo procedimiento de Deslinde y de Modificación de Trazado, dispondrá de la conservación de las operaciones materiales, y dado que se han estimado alegaciones, éstas se expondrán en la Fase de exposición pública, sin perjuicio de incorporar las alegaciones que en su día fueron presentadas a este trámite resuelto por caducidad, y con independencia de poder formular las alegaciones que entiendan oportunas durante el nuevo período de Información Pública que, se habilite de conformidad con el artículo 20 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

R E S U E L V O

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del expediente de Deslinde incluidos los Descansaderos, y la Modificación de Trazado parcial de la vía pecuaria «Cordel de Córdoba a Villanueva», en el tramo que va desde el cruce de Matapuercas hasta llegar a «Las Ratosillas Viejas», en el término municipal de Adamuz, provincia de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 14 de noviembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

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