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Por Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las facultades que sobre bienes patrimoniales se atribuyen al titular de la Consejería por la Ley 4/1986, de 5 de marzo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para el asunto concreto que se cita y delegarla en la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Granada.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en lo que se refiere a la subrogación parcial del arrendamiento de inmueble correspondiente al local sito en C/ Marqués de la Ensenada, 1, planta 1.ª (Centro Administrativo Marqués de la Ensenada), para la ubicación del nuevo Servicio de Valoración de la Dependencia, y delegarla en la persona titular de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Granada.
Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 20 de noviembre de 2007
Micaela Navarro Garzón
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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