Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 12/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se modifica la de 22 de junio de 2005, por la que se delegan competencias para otorgar subvenciones en materia de energía a la Agencia Andaluza de la Energía.

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Por Orden de 22 de junio de 2005 (BOJA núm. 132, de 8.7.2005) se delegaron en la Agencia Andaluza de la Energía determinadas competencias para gestionar incentivos de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y de las Consejerías antecesoras a ésta. Posteriormente, la Orden de 14 de julio de 2006 (BOJA núm. 143, de 26.7.2006) modificó el apartado segundo del artículo único de la Orden de 22 de junio de 2005 e introdujo dos nuevos párrafos en el apartado 3
del citado artículo, todo ello con base en los principios de agilidad, eficacia y eficiencia administrativa y con objeto de dar un impulso al desarrollo y optimización del sistema energético andaluz.

Siguiendo en esta línea, se estima conveniente delegar nuevas competencias en la Agencia Andaluza de la Energía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de centralizar en la misma todas aquellas actuaciones que se deriven de los expedientes incluidos en el ámbito de aplicación de cualquier disposición reguladora de ayudas en materia energética de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa o de sus antecesoras.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 22 de junio de 2005 por la que se delegan competencias para otorgar subvenciones en materia de energía a la Agencia Andaluza de la Energía.

Se añade un nuevo apartado 2.bis con la siguiente redacción:

«2.bis. Se delega en la Agencia Andaluza de la Energía la competencia para dictar las resoluciones que procedan y realizar todos aquellos pagos que se deriven de obligaciones reconocidas por resoluciones judiciales, o de cualquier otra obligación económica, y que estén referidos a expedientes incluidos en el ámbito de aplicación de cualquiera de las órdenes de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa o de las Consejerías antecesoras a ésta que regulen ayudas en materia energética.»

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 2007

Francisco Vallejo Serrano

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

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