Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 08/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 20 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, de bases para la selección de Encargado de Mantenimiento Urbano.

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Don Juan Carlos Juárez Arriola, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, dicto la siguiente resolución:

DECRETO

1.º Que por este Excmo. Ayuntamiento se convocó, mediante Decreto, proceso selectivo para cubrir una plaza Encargado de Mantenimiento Urbano, aprobándose en esa resolución las bases que debían de regir en dicho proceso selectivo, siendo estas bases publicadas de forma reglada.

2.º Que con fecha 28 de noviembre de 2006, ha tenido entrada en este Excmo. Ayuntamiento de La Línea, requerimiento efectuado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, en la cual se interesa la adaptación de las mencionadas bases.

Atendido lo anterior,

RESUELVO

Aceptar el requerimiento llevado a cabo por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, y en su virtud adaptar las mencionadas bases en los términos siguientes:

1.º Base primera: Quedará modificada y redactada de la siguiente forma:

"Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por turno libre, mediante concurso oposición, de la plaza de trabajador fijo de Encargado de Mantenimiento Urbano, siendo su nivel profesional I, estando codificada en la plantilla municipal bajo el número 434.041. Dicha plaza se encuentra vacante en la plantilla.

2.º Base séptima: Quedará modificada y redactada de la siguiente forma:

7. Procedimiento de selección.

A. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificado y libremente apreciado por el Tribunal.

B. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

C. La selección constará de dos fases, una de concurso y otra de oposición. La fase de oposición será previa a la de concurso.

D. Una vez comenzadas las pruebas selectivas deberán hacerse públicos por el Tribunal, en el tablón de anuncios de la Corporación, los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas que resten por realizar.

7.1. Fase de oposición: En la resolución en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la celebración del ejercicio teórico que consistirá en un solo ejercicio en el que el opositor deberá contestar a 40 preguntas tipo test, ofreciendo en cada cuestión cuatro respuestas probables de la cuales, una será cierta de entre los temas que figuran en el Anexo. Cada pregunta acertada correctamente será valorada en 0,25 puntos, el tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora. El ejercicio se calificara de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo.

7.2. Fase del concurso. La valoración de los méritos alegados por los aspirantes de conformidad con el siguiente baremo:

Baremos de méritos:

Grupo 1

Por la realización de cursos, incluidos los de doctorado, organizados por Universidades o Entidades de Derecho Público con reconocimiento académico por parte del Ministerio u Organo Autonómico de Educación o, sobre temas de Derecho Administrativos o Laborales, que según su duración, se puntuarán por tramos según el siguiente baremo:

Hasta 19 horas 0,10 puntos

Entre 20 y 99 horas 0,20 puntos

Entre 100 y 199 horas 0,30 puntos

Mas de 200 horas 0,40 puntos

Con un máximo de 4 puntos.

Estos méritos deberán ser acreditados mediante certificación emitida por el organismo correspondiente o mediante copia debidamente testimoniada o compulsada del título.

GrupO 2

Por cada año completo como trabajador de la Administración Local, ocupando un puesto idéntico (Encargado) al que se oposita, es decir encargado teniendo a su cargo personal (en calidad de trabajador fijo o indefinido o funcionario interino o de carrera), 1 punto.

Por cada año completo como trabajador de otra Administración o empresa privada, ocupando un puesto idéntico (Encargado) al que se oposita, es decir encargado teniendo a su cargo personal (en calidad de trabajador fijo o indefinido o funcionario interino o de carrera), 0,5 punto.

La puntuación máxima en esta fase no podrá nunca ser superior a 5 puntos.

Estos méritos deberán ser acreditados mediante certificación emitida por el organismo correspondiente.

GRUPO 3

(Otros méritos)

Entrevista personal a los aspirantes por parte del Tribunal, dialogando sobre las tareas propias del puesto de trabajo a cubrir, valorando el "Curriculum Vitae" presentado por los interesados.

La puntuación máxima por este Grupo no podrá exceder de 1 punto.

7.3. La Calificación final. La puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases anteriores, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda ser aplicada para superar la fase de oposición.

Comuníquese esta resolución a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Publíquese esta Resolución tanto en el Boletín Oficial de la Provincia como de la Junta de Andalucía.

La Línea de la Concepción, 20 de diciembre de 2006.- El Alcalde, Juan Carlos Juarz Arriola.

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