Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 22/02/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 28 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Almuñécar, dimanante del procedimiento ordinario núm. 97/2005. (PD. 573/2007).

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Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 97/2005. Negociado: C1.

Sobre: (Acción declarativa, Adjudicación de bienes...)

De: Comunidad de Propietarios del Edificio del Altillo.

Procurador: Sr. Archilla López, Alfredo.

Letrado: Sr. Navarro Martínez, Pedro.

Contra: Bacadi, S.A.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 97/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm.

Uno de Almuñécar a instancia de Comunidad de Propietarios del Edificio del Altillo contra Bacadi, S.A. sobre (Acción declarativa, Adjudicación de bienes...), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Encabezamiento. Vistos por mi, doña Ana Belén Carrión Pagán, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm.

Uno de esta localidad, los presentes autos de Juicio Ordinario núm.

97/05 en los que han sido parte demandante la Comunidad de Propietarios del Edificio El Altillo representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Archilla López y parte demandada la entidad Bacadi, S.A. declarada en situación de rebeldía procesal,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Alfredo Archilla López en representación de la Comunidad de Propietarios El Altillo declaro la adjudicación de las fincas regístrales números 8513-N y 8539 a los propietarios integrantes de la Comunidad actora en proporción a sus respectivas cuotas en los electos comunes, para la distribución de beneficios y cargas en la forma en la que se detalla en el suplico de la demanda.

Asimismo, ordeno la inscripción registral de las adjudicaciones y la cancelación de las anotaciones de embargo causadas con motivo del Procedimiento de interdicto de retener y recobrar núm. 161/87, cancelándose, igualmente, todas aquellas anotaciones e inscripciones que hubieren podido causarse con posterioridad.

Líbrese testimonio literal de esta Sentencia, una vez haya adquirido firmeza, para su presentación en el Registro de la Propiedad de esta localidad.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Bacadi, S.A., extiendo y firmo la presente en Almuñécar, a veintiocho de noviembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

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