Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 23/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 22 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el Deslinde de la Vía Pecuaria "Cordel de la Mancha", tramo desde su proximidad con la Mojonera de Segura de la Sierra, durante un recorrido aproximado de 4.600 metros en dirección Este, en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén (VP@877/05).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria "Cordel de la Mancha", en el tramo desde su proximidad con la Mojonera de Segura de la Sierra, durante un recorrido aproximado de 4.600 metros en dirección Este, en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Cordel de la Mancha", en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 24 de agosto de 1963, y publicada en el BOE de fecha 23 de septiembre de 1963.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 22 de junio de 2005, se acordó el Inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria "Cordel de la Mancha", en el término municipal de Orcera, en la provincia de Jaén, por conformar la citada vía pecuaria el deslinde de las vías pecuarias del Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas imbricadas con la "Ruta Integral" (Ruta Iter) en la provincia de Jaén.

Mediante Resolución de fecha 3 de mayo de 2006, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron los días 20 y 21 de septiembre de 2005, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 183, de fecha 9 de agosto de 2005.

En dicho acto de deslinde se formularon alegaciones por parte de varios interesados que son objeto de valoración en los Fundamentos de Derecho de la presente Resolución.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.98, de fecha 2 de mayo de 2006.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de fecha 3 de noviembre de 2006 de la Secretaría General Técnica se solicita Informe a Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde, plazo que se reanudará en la fecha de emisión del citado Informe.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 17 de enero de 2007.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Cordel de la Mancha", en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 24 de agosto de 1963, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Cuarto. En el acto de apeo don Pablo Ojeda Chinchilla alega que llegado al punto 22 el camino que ahora se toma como centro de la vía pecuaria no era el antiguo camino trazado, pues estaba desplazado unos 2 metros a la derecha. A este respecto decir que el trazado propuesto se corresponde con la descripción del proyecto de clasificación del término municipal de Orcera, como se puede constatar superponiendo el trazado propuesto para la vía pecuaria sobre la base de la Ortofotografía Digital del Vuelo Americano, años 1956-59, con la Ortofotografía Digital de la Junta de Andalucía, en su vuelo de 2001-2002, donde su puede apreciar claramente que el trazado del actual camino apenas ha sufrido variación con respecto a la actualidad.

Por su parte don Pedro Olivares Romera manifiesta que exite un pozo abierto al pie del talud existente al borde del camino que se traza como centro de la vía pecuaria, que puede ocasionar algún accidente, y cree que debería protegerse. En este sentido decir que el único objeto del presente expediente de deslinde es delimitar el dominio público pecuario, aunque se toma nota de dicha advertencia. También alega ser propietario de una parte de las parcelas 182 y 183 del polígono 3 afectadas por el deslinde, en las que consta como titular catastral su esposa; a este respecto informar que se volvieron a comprobar los datos en la Gerencia Territorial de Catastro de Jaén de las distintas parcelas mencionadas por el alegante, figurando a nombre de otra propietaria distinta a su esposa, por lo que no acreditando la titularidad alegada, no procede incluirlo como propietario.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, con fecha 26 de octubre de 2006, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria "Cordel de la Mancha", en el tramo en el tramo desde su proximidad con la Mojonera de Segura de la Sierra, durante un recorrido aproximado de 4.600 metros en dirección este, en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén, conforme a los datos y descripción que siguen, y a las coordenadas UTM que se anexan a la presente.

- Longitud deslindada: 5.161 metros.

- Anchura: 37,61 metros.

Descripción: Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 37,61 metros, la longitud deslindada es de 5.161 metros, la superficie deslindada de 193.954,55 m2, que en adelante se conocerá como Cordel de la Mancha, tramo que va desde su proximidad con la mojonera de Segura de la Sierra, durante un recorrido aproximado de 4.600 metros en dirección este, que linda:

Al Norte:

- Cano Jiménez Francisco.

- Navarro Rodríguez Eulalio.

- López González Carmen.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Azorín Latorre Aurora.

- Rodríguez Berjaga Antonio.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- López González Carmen.

- López González Carmen

- Alba García Evelia.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Montalvo Lamelas Ciriaco.

- Cano Molina José.

- Cozar Ruiz María Dolores.

- Martínez Gallego Bernardo Basilio.

- González Galera Casilda.

- Zorrilla Molina Joaquín.

- Cano Lucha José.

- Arroyo Robles Manuela.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Pérez Fernández Rosario.

- Serrano Martínez Francisco.

- Serrano Martínez Francisco.

- Munera Fuentes Toribio.

- Alba García Eufemio.

- Mihi Zorrilla Evaristo.

- Campos Lucha Pablo

- Manzanares González Rogelio.

- Endrino Alba Bienvenido.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Rodríguez Blázquez María

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Zorrilla González Antonio.

- López Sarria Ramona.

- Asilo Santo Sacramento.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Ayto. Orcera.

- Ayto. Orcera.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ayto. Orcera.

- Ayto. Orcera.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

Al Este:

- Gallego Martínez Manuel.

- Cazorla González Juan Manuel.

- Cazorla González Juan Manuel.

- Rodríguez Berjaga Antonio.

- López González Carmen.

- Alba García Evelia.

- López González Carmen.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Cozar Serrano Fructuoso.

- González Galera Lucía

- Pérez Robles Gloria.

- García Rodríguez Pedro.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Montalvo Galera Francisco.

- González Herreros Remedios.

- Herreros Romera Antonio.

- Blázquez Guijarro Matilde.

- Navio González Santiago.

- Moreno García Orestes.

- Rodríguez Córdoba Josefa.

- Campos Lucha Pablo.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Confederación Hidrográfica Del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Confederación Hidrográfica Del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ayto. Orcera.

Al Sur:

- Gallego Martínez Manuel.

- Cazorla González Juan Manuel.

- Cazorla González Juan Manuel.

- Rodríguez Berjaga Antonio.

- López González Carmen.

- López González Carmen.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Cozar Serrano Fructuoso.

- González Galera Lucía.

- Pérez Robles Gloria.

- García Rodríguez Pedro.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Montalvo Galera Francisco.

- González Herreros Remedios.

- Herreros Romera Antonio.

- Blázquez Guijarro Matilde.

- Navio González Santiago.

- Moreno García Orestes.

- Rodríguez Córdoba Josefa.

- Campos Lucha Pablo.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ayto. Orcera.

Al Oeste:

- Cano Jiménez Francisco.

- Navarro Rodríguez Eulalio.

- López González Carmen.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Azorin Latorre Aurora.

- Rodríguez Berjaga Antonio.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- López González Carmen.

- López González Carmen.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Montalvo Lamelas Ciriaco.

- Cano Molina José.

- Cozar Ruíz María Dolores.

- Martínez Gallego Bernardo Basilio.

- González Galera Casilda.

- Zorrilla Molina Joaquín.

- Cano Lucha José.

- Arroyo Robles Manuela.

- Rodríguez Rodríguez Salvador.

- Pérez Fernández Rosario.

- Serrano Martínez Francisco.

- Serrano Martínez Francisco.

- Munera Fuentes Toribio.

- Alba García Eufemio.

- Mihi Zorrilla Evaristo.

- Campos Lucha Pablo.

- Manzanares González Rogelio.

- Endrino Alba Bienvenido.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Rodríguez Blázquez María.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Zorrilla González Antonio.

- López Sarria Ramona.

- Asilo Santo Sacramento.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Pinar de Armujo, S.L.

- Ayto. Orcera.

- Ayto. Orcera.

- Ayto. Orcera.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

- Ca Andalucía C Agricultura y P Iara.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 22 de enero

de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

Anexo a la Resolución de 22 de enero de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el Deslinde de la Vía Pecuaria "Cordel de la Mancha", tramo desde su proximidad con la Mojonera de Segura de la Sierra, durante un recorrido aproximado de 4.600 metros en dirección este, en el término municipal de Orcera, provincia de Jaén (Expte. VP @877/05)

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