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La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía (art. 54), establece que los centros del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma Andaluza desarrollarán, además de la atención a personas enfermas, funciones de docencia e investigación.
El artículo 78 de la Ley mencionada prevé el marco de colaboración institucional entre el Servicio Andaluz de Salud y las Universidades de Andalucía. En este marco, el Servicio Andaluz de Salud, a través del Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva, de una parte, y la Universidad de Huelva, de otra, pretenden colaborar en actividades de formación práctica de los estudiantes de segundo ciclo de la Licenciatura de Psicología de la mencionada Universidad.
En consecuencia, en ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el artícu-
lo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 241/2004, de 18 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,
RESUELVO
Delegar en el Director Gerente del Hospital del Servicio Andaluz de Salud Juan Ramón Jiménez de Huelva la competencia necesaria para suscribir un Convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Universidad de Huelva, con el objetivo de participar en proyectos de formación integral que faciliten el desarrollo de las actividades profesionales de los alumnos que puedan beneficiarse de la cooperación entre ambas instituciones.
Sevilla, 14 de noviembre de 2006.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.
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