Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 27/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Mancomunidades

Anuncio de 1 de febrero de 2007, de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, de subsanación de bases para la selección de personal funcionario y laboral fijo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Resolución de la Presidencia de esta Entidad núm. 311, de 15 de diciembre de 2006 se aprobaron las bases de convocatoria de diversas plazas de personal laboral fijo y las bases de convocatoria de una plaza de funcionario, correspondientes a una serie de plazas vacantes en la plantilla de esta Mancomunidad de Municipios, las cuales se publicaron en el BOP núm. 2 de fecha 3 de enero de 2007 y están pendientes de su publicación en el BOJA.

Dado que por acuerdo adoptado de la Comisión de Gobierno de fecha 25 de enero de 2007 se aprueba la subsanación de ambas bases de convocatoria pública y selección de personal funcionario y laboral fijo para cubrir por el sistema de concurso, es por lo que se adjunta el texto de las subsanaciones aprobadas para su inserción en este Boletín Oficial.

ANEXO A PROPUESTA DE ACUERDO

ASUNTO: MODIFICACION DE LAS BASES DE CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO Y DE LAS BASES DE DIVERSAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL FIJO AL SERVICIO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS APROBADAS POR ESTA PARA ADAPTACION LEGAL AL REQUERIMIENTO DE ANULACION DE LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO AUTONOMICO ANDALUZ EN EL CAMPO DE GIBRALTAR.

Modificaciones al texto de las Bases de convocatoria de diversas plazas de personal laboral fijo y en las Bases de una plaza de funcionario, al servicio de la Mancomunidad de Municipios, aprobadas mediante Resolución de la Presidencia de esta Entidad, de 15 de diciembre de 2006 y núm. 311:

I. Respecto de las bases de convocatoria de diversas plazas de personal laboral fijo:

En cuanto a la Cláusula Primera, apartado 3, sobre el objeto: Añadir la mención correspondiente al Decreto 2/2002, de 9 de enero, como normativa de aplicación supletoria.

En cuanto a la Cláusula Décima, sobre calificación de aspirantes, añadir al final el siguiente párrafo: "En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida entre varios aspirantes, se dará preeminencia al que reúna más méritos por la experiencia profesional, y si persiste ese empate, se acudiría a la mayor puntuación obtenida en formación, y por último, según la valoración de la entrevista. En último caso, se resolvería por medio de un sorteo".

El Anexo II sobre la Plaza de Conductor, el apartado C, se modifica de la siguiente manera: Cambiar la palabra "distinto" por la palabra "superior", manteniendo el resto del apartado igual.

El Anexo III sobre la Plaza de Conserje, Telefonista, Notificador, quedaría su título del modo siguiente: "Una plaza de Conserje-Telefonista-Notificador".

En todos los Anexos, en su último apartado respectivo, sobre la entrevista, quedaría redactado de la siguiente manera: "Para juzgar la preparación de los aspirantes en relación con el puesto de trabajo a desempeñar, el Tribunal convocará una entrevista entre los candidatos presentados que resulten preseleccionados, donde se valore la idoneidad del perfil, en función de la naturaleza y características de la plaza convocada, hasta un máximo de 2 puntos. Sólo serán preseleccionados los que alcancen una puntuación suficiente en la valoración obtenida por los restantes méritos, de manera que sumando los puntos asignados a la entrevista pueda competir con los demás candidatos y resultar elegido".

II. Respecto de las bases de convocatoria de una plaza de personal funcionario:

En cuanto a la Cláusula Décima, sobre calificación de aspirantes, añadir el siguiente párrafo al final: "En el supuesto de que se produzca un empate en la puntuación obtenida entre varios aspirantes, se dará preeminencia al que reúna más méritos por la experiencia profesional, y si persiste ese empate, se acudiría a la mayor puntuación obtenida en formación, y por último, según la valoración de la entrevista. En último caso, se resolvería por medio de un sorteo".

El Anexo completo, en sus diversos apartados de criterios de valoración de méritos, quedaría redactado de la siguiente manera:

A. Experiencia Profesional como Ingeniero Superior de Caminos, hasta un máximo de 8 puntos, computando lo siguiente:

1. En puesto de Ingeniero de Caminos en la Administración Pública Local, a razón de 1 punto por año completo trabajado, o parte proporcional por un menor tiempo.

2. En servicios prestados como Ingeniero de Caminos a otra Administración Pública o para empresas de servicios urbanos o de mantenimiento y conservación de infraestructuras, a razón de 0,75 puntos por año completo trabajado, o parte proporcional por un menor tiempo.

3. En la redacción o dirección de proyectos de obras o servicios urbanos, a razón de 0,1 punto por proyecto visado, e historial profesional en el ejercicio de la actividad de Ingeniero Superior de Caminos, a 0,5 puntos por cada año de ejercicio, o parte proporcional por un menor tiempo.

B. Por cursos o conferencias de formación o especialización recibidos o impartidos y publicaciones realizadas, relacionados con la titulación exigida, con los servicios urbanos o con el objeto de la plaza convocada, a razón de 0,1 punto por cada 10 horas lectivas de cursos o jornadas como asistente y 0,5 puntos por cada artículo publicado o conferencia impartida como ponente, hasta un máximo de 6 puntos.

C. Celebración de una entrevista personal de carácter curricular, donde se valore la preparación de los aspirantes en relación con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo, especialmente el conocimiento de la Administración Pública Local y de los servicios urbanos e hídricos prestados por la misma, en función de la naturaleza y características de la plaza convocada y para encajar el perfil mas idóneo del candidato, hasta un máximo de 2 puntos.

El Tribunal convocará a la entrevista sólo a los candidatos presentados que resulten preseleccionados. Serán preseleccionados los que alcancen una puntuación suficiente en la valoración obtenida por los restantes méritos, de manera que sumando los puntos asignados a la entrevista pueda competir con los demás candidatos y resultar elegido.

Algeciras, 1 de febrero de 2007.- El Presidente, Juan A. Montedeoca Márquez.

Descargar PDF