Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 07/03/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 1 de febrero de 2007, por la que se amplían los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en la Consejería.

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El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada, en este caso, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, el artículo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio (RCL 1994, 1707), que desarrolla determinados aspectos de la Ley 5/1992, de 29 de octubre (RCL 1992, 2347), de Regulación del Tratamiento Informatizado de los Datos de Carácter Personal, el cual continúa en vigor en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 15/1999, en tanto no se opongan a ésta, prevé que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, adjuntando una copia de la disposición de creación del fichero.

En cumplimiento de dichos preceptos se procedió a la regulación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en esta Consejería mediante Orden de 24 de septiembre de 2002. A fin de completar la relación de los ficheros automatizados gestionados por la Consejería de Justicia y Administración Pública, se procede a la regulación del fichero automatizado denominado Justicia Gratuita.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido concedidas,

DISPONGO

Primero. Se amplían los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Justicia y Administración Pública en el sentido de incorporar el fichero automatizado denominado Justicia Gratuita.

Segundo. El fichero automatizado relacionado en el Anexo de esta Orden será notificado a la Agencia de Protección de Datos por la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Tercero. La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de febrero de 2007

María José López González

Consejera de Justicia y Administración Pública

ANEXO

Justicia Gratuita

Organo responsable: Dirección General de Instituciones y

Cooperación con la Justicia.

Uso y fines: Automatización del reconocimiento del derecho de Justicia Gratuita: solicitud, resolución, notificación y pago.

Personas o colectivos origen de los datos:

- Solicitantes de la Asistencia Jurídica Gratuita y sus Representantes Legales.

- Partes contrarias en los Procedimientos asociados a la solicitud.

- Abogados y Procuradores de los turnos de oficio.

- Miembros de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

Procedimiento de recogida de datos: Formularios soporte papel y telemático.

Estructura básica del fichero:

- Nombre y apellidos.

- Nacionalidad.

- Identificación (DNI, CIF, NIF, NIE, Tarjeta de Residencia).

- Anagrama.

- Profesión.

- Estado civil.

- Régimen económico matrimonial.

- Hijos a su cargo.

- Personas con las que convive.

- Fecha de nacimiento.

- Sexo.

- Dirección postal.

- Teléfonos.

- Dirección de correo electrónico.

- Fax.

- Ingresos anuales.

- Obligaciones económicas (pensiones alimentarias, etc...).

- Propiedades.

- Información del Catastro.

- Declaración IRPF/Patrimonio/Sociedades -de los miembros de la unidad familiar.

- Delitos imputados.

- Procedimientos legales.

- Si sufre minusvalía o problemas de estado de salud.

- Colegio profesional al que pertenece y número de Colegiado.

- Turno de oficio en el que se incluye.

- Quejas que se han recibido por su actuación profesional.

- Si participa en una Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

- Comisión en la que participa.

- Perfil de participación.

- Tratamiento.

- Cargo.

- Número de cuenta corriente.

Cesión de datos:

- Colegios Profesionales de Abogados de Andalucía.

- Colegios Profesionales de Procuradores de Andalucía.

- Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

Servicio ante el que el afectado puede ejercer sus derechos: Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia.

Medidas de seguridad: Nivel Alto.

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