Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 14/03/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 15 de noviembre de 2006, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de fecha 26 de octubre de 2006, en relación con la modificación núm. 10 de las Normas Subsidiarias del municipio de La Campana (Sevilla), "Nuevo Recinto Ferial" (Expte. SE-671/05).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 26 de octubre de 2006, por la que se suspende la aprobación definitiva de la Modificación núm. 10 de las Normas Subsidiarias del municipio de La Campana (Sevilla), "Nuevo Recinto Ferial".

TEXTO DE LA RESOLUCION

"Visto el proyecto de Modificación núm. 10 de las Normas Subsidiarias del municipio de La Campana (Sevilla),

Nuevo Recinto Ferial

, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto el cambio de clasificación de unos terrenos, actualmente clasificados como suelo no urbanizables, a suelo urbanizable sectorizado para uso residencial y equipamiento general campo de feria. La superficie de los terrenos es de 65.182 m2, situándose colindantes al suelo urbano.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

a) La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir informa que los terrenos objeto de esta Modificación no son inundables.

b) El Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes informa, en relación a la Ctra. SE-134, en el sentido siguiente:

- La línea de no edificación se situará a una distancia mínima de 25 metros medidos en horizontal desde el borde exterior de la calzada, de acuerdo con el art. 56 de la Ley 8/2001, de Carreteras de Andalucía, respetando igualmente las zonas de protección de la carretera definidas en los arts. 53, 54, 55, 57 y 58 de la citada Ley.

- El acceso al sector será único. Se definirá en proyecto específico, que se redactará en coordinación con el Servicio de Carreteras, firmado por técnico competente, y visado por el Colegio Oficial correspondiente, y será objeto de autorización.

- En el posterior desarrollo del planeamiento, se plantearán, asimismo, los problemas que se ocasionen en la carretera debido al tráfico peatonal generado por la nueva ordenación del sector, debiéndose resolver convenientemente.

c) La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha emitido la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental que considera viable la actuación, siempre y cuando se cumplan las especificaciones indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el condicionado de las Declaraciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de La Campana para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. El proyecto presenta las siguientes deficiencias urbanísticas:

- Debe establecerse claramente el ámbito territorial de aplicación de la densidad que se especifica de 30 viv./ha y que es determinante para el establecimiento del número máximo de viviendas que se podrían implantar en la zona residencial.

- El nuevo sector propuesto no justifica el cumplimiento de las determinaciones relativas a las viviendas protegidas, introducidas por la Ley 13/2005, de Medidas en Materia de Vivienda Protegida y Suelo, en el art. 10 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no estableciéndose, en este sentido, ninguna referencia a viviendas protegidas.

Quinto. Las deficiencias urbanísticas que presenta el proyecto obligan a que, previamente a la resolución definitiva del expediente, sean corregidas adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

Suspender la aprobación definitiva del proyecto de Modificación núm. 10 de las Normas Subsidiarias del municipio de La Campana (Sevilla),

Nuevo Recinto Ferial

, aprobado provisionalmente por el Pleno Municipal con fecha 28 de de diciembre de 2005, para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se proceda a subsanar las deficiencias señaladas en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Sevilla, 15 de noviembre de 2006.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

Descargar PDF