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Por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela con superficie de 1.260 m2, sita en el Polígono Aeropuerto de dicha ciudad, con destino a la construcción de centro de valoración y orientación de personas con discapacidad.
La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita de la propiedad, dada la necesidad de contar con un segundo centro de valoración y orientación de personas con discapacidad en la provincia de Sevilla que facilitará la integración social de las mismas, dotándolas de unas instalaciones donde se presten servicios de información y asesoramiento general.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de febrero de 2007,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 169 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, cuya descripción es la siguiente:
Finca urbana denominada UE-SIPS-15-1, del Sector 15 del Plan Parcial número 4 del Polígono Aeropuerto de Sevilla, con superficie de 1.260 m2. Linda: Norte, espacio público y a su través UE-Educativo-15; Sur, vial y a su través con UE- Espacios-Libres-15; Este, espacio público y a su través con UE- SIPS-15-2; y Oeste, vial y a su través con UE-15- G.
La finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 14 de Sevilla con el número 21.144, Tomo 2.842, Libro 382, folio 36, cuya propiedad ostenta el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, y por el artículo 52 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba su Reglamento, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 15 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela cedida, que se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social con destino a la construcción de un centro de valoración y orientación de personas con discapacidad.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla 27 de febrero 2007
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Economía y Hacienda
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