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En virtud de la competencia conferida al Rector de la Universidad de Córdoba en el artículo 189.4 del Decreto 280/2003, de 7 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Córdoba, y de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero. Delegar en los Decanos/as y Directores/as de Centro, o en los Directores/as de Departamento afectados, la competencia de autorización de permisos al personal docente de la Universidad de Córdoba cuya duración no sea superior a quince días, todo ello de conformidad con la normativa universitaria vigente y con el fin de alcanzar una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de los permisos.
Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 2 de marzo de 2007.- El Rector, José Manuel Roldán Nogueras.
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