Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 10/04/2007

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Requerimiento de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Almería, de documentación del expediente de renovación de prórroga de la concesión minera denominada "Doña Francisca", núm. 39.067.

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Habiéndose intentado notificar por el Servicio de Correos el escrito de Requerimiento de documentación del expediente de prórroga de la concesión minera denominada "Doña Francisca" núm. 39.067, y no pudiéndose practicar, se hace por medio del presente anuncio, al venir así establecido en el ar-

tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Interesados: Hros. Antonio Ortiz Sánchez.

Ultimo domicilio conocido: C/ San Leonardo, 7-5D, 04004, Almería.

Acto que se notifica: Requerimiento de documentación solicitud de renovación prórroga de la concesión minera "Doña Francisca" núm. 39.067.

Texto del requerimiento.

Ref.: RG-EB.

De acuerdo con la solicitud de fecha de 16 de septiembre de 2005 y núm. de registro de entrada 18.074 sobre solicitud de prórroga de la concesión citada en el asunto le comunico que:

- El art. 81 del RGNBSM, establece que a la solicitud de renovación de las concesiones se acompañará, además de un informe detallado y suscrito por el técnico responsable, de un proyecto general de explotación, procesos de tratamiento y beneficio adecuadas al progreso tecnológico. Además en el informe se ha de reflejar la demostración la continuidad del recurso explotado, calculo de reservas.... Deberá presentar toda la documentación concerniente a dicho articulado.

- El correspondiente proyecto de explotación ha de ajustarse a la ITC 07.1.02.

- Se le comunica además, que de acuerdo con la legislación vigente en materia medio ambiental, la actividad minera se encuentra dentro del Anexo I de le Ley 7/94, de Protección Ambiental, por lo que ha de aportar la correspondiente evaluación de impacto ambiental de la actividad que se pretende.

- De acuerdo con lo establecido en el art 2. del R.D. 2994/82, sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras deberá aportarse el correspondiente Plan de Restauración, el cual se ha de ajustar a lo indicado en dicho R.D., dando cumplimiento igualmente a lo establecido en el art. 104 del RGRM.

Se le concede un plazo de 30 días hábiles, a partir del recibo de esta comunicación, para presentar dicha documentación, de no hacerlo se dará por desistida su solicitud de la manera establecida en el artículo 42 de la citada Ley.

Almería, 12 de marzo de 2007.- El Jefe de Servicio de Innovación, Ciencia y Empresa, José López García.

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