Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 27/04/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de lo Social

Edicto de 9 de abril de 2007, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante del procedimiento de ejecución núm. 59/2007.

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Procedimiento: Ejecución núm. 59/2007 Negociado: BF.

NIG: 2906744S20056000029.

De: Doña Gema Villalba Zabala.

Contra: Encofrados y Ferrallados Linares, S.L. y Construcciones Encocer, S.L.

EDICTO

Doña M.ª del Carmen Ortega Ugena, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 94/2005 a instancia de la parte actora doña Gema Villalba Zabala contra Encofrados y Ferrallados Linares, S.L. y Construcciones Encocer, S.L. sobre Despidos se ha dictado Resolución de fecha 11.4.2005 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S. S.ª Ilma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 30.3919,8 euros en concepto de principal, más la de 26.651,59 euros calculados para intereses y costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabílidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario .

Constando en la Ejecución núm. 164/2005, seguida en este Juzgado contra las empresas ejecutada, Auto de Insolvencia de fecha 31.1.2006, tráigase testimonio del mismo a los autos, para su constancia, dése traslado a FOGASA, por plazo de quince días, así como a la parte ejecutante para que manifieste si tiene conocimiento de que dichas empresas han recaído en mejor fortuna, y en su caso designen bienes donde trabar embargo.

Estando las ejecutadas en paradero desconocido, notifíquese la presente resolución por publicación de edicto en Boletín Oficial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. don Francisco García Valverde, Magistrado-Sustituto del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga. Doy fe.

El/La Magistrado-Sustituto; El/La Secretario/a.

Y para que sirva de notificación al demandado Encofrados y Ferrallados Linares, S.L. y Construcciones Encocer, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a nueve de abril de dos mil siete.- El/La Secretario/a Judicial.

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