Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 02/05/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 8 de enero de 2007, del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, de bases para la selección de Personal Funcionario y Laboral.

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BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE ACUERDO CON LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2006 DEL AYUNTAMIENTO DE CAZALLA DE LA SIERRA (SEVILLA)

Que las presentes bases, aprobadas por Resolución de la Alcaldía de 6 de febrero de 2007, se redactan de conformidad con la Oferta de Empleo Público, aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha de 21 de diciembre de 2006 por la que se anuncia la Oferta de Empleo Público de 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 17, de 19 de enero de 2007, tienen por objeto la cobertura reglamentaria de las plazas que se relaciona.

Base primera. Características de las plazas.

Descripción de las plazas. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen de funcionario y laboral de las siguientes plazas:

Funcionarios de carrera:

A) Una plaza de Técnico de Administración Especial, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Superior, correspondiente a Grupo A. El sistema selectivo será el de concurso-oposición libre.

B) Una plaza de Arquitecto Técnico, Escala Administración Especial, Subescala Técnica correspondiente al Grupo B. El sistema será el de concurso-oposición libre.

C) Una plaza de Oficial de la Policía Local, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales correspondiente a Grupo C de conformidad al art. 19 de la ley 13/2001. El sistema será el de concurso-oposición libre.

D) Dos plazas de Agentes de Policía Local, Escala Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, correspondiente a Grupo C de conformidad al art. 19 de la ley 13/2001. El sistema será el de oposición libre.

E) Una plaza de Fontanero, Escala Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales, personal de oficio, correspondiente al Grupo E. El sistema selectivo será de concurso-oposición mediante promoción interna.

Personal laboral:

D) Una plaza de Electricista de titulación Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, correspondiente al Grupo D. El sistema selectivo será el concurso-oposición mediante acceso libre.

E) Una plaza de Jardinero con nivel de titulación de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, correspondiente al Grupo D. El sistema selectivo será el concurso-oposición mediante acceso libre.

Normativa aplicable. A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 30/1984, y las posteriores normas de aplicación que han modificado dicha Ley.

La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, RDL 781/86, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establece las reglas básicas a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

Atendiendo a lo preceptuado en el artículo 22.3), de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, apartado añadido por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre y modificado por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, las presentes bases regulan la selección por promoción interna de las plazas de Funcionarios de Carrera recogidas en la base primera, punto uno, apartado E), con el fin de que el personal fijo pueda adquirir la condición de funcionario en los Cuerpos, Escalas equivalentes a sus respectivos grupos y categorías profesionales, siempre que desempeñen funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, a través de un turno específico de promoción interna del personal funcionario adscrito al Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, siempre que reúnan los requisitos de titulación y demás exigibles en cada caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en su nueva redacción dada por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre.

De igual forma, por aplicación análoga del artículo 80.3 del RD 364/1995, en las convocatorias para el acceso a las plazas de los apartados mencionados en el párrafo anterior, cuyo puesto de origen hubiese sido provisto mediante el sistema de concurso-oposición, procederá la exención de las pruebas encaminadas a acreditar los conocimientos ya exigidos para el acceso al Cuerpo o Escala de origen, procediéndose en este caso a valorarse los cursos y programas de formación que se acrediten a través de una fase de concurso. Para ello los aspirantes habrán de consignar en la solicitud que se presentan por el sistema de concurso, indicando la fecha de publicación de las bases de la provisión del puesto de origen que por analogía exime de las pruebas y faculta al acceso por este sistema.

En lo que respecta a las plazas de Oficial y de Policía les será de aplicación a las mismas lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local; aplicándose con carácter supletorio, para lo no previsto en esta normativa, la normativa general anteriormente reseñada.

2. Obesidad-Delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Indice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.

En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.

3. Ojo y visión.

3.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.

3.2. Desprendimiento de retina.

3.3. Patología retiniana degenerativa.

3.4. Hemianopsias y alteraciones campimétricas.

3.5. Discromatopsias.

3.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.

4. Oído y audición.

4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.

4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.

5. Aparato digestivo.

5.1. Cirrosis hepática.

5.2. Hernias abdominales o inguinales.

5.3. Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.

5.4. Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).

5.5. Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

6. Aparato cardio-vascular.

6.1. Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.

6.2. Insuficiencia venosa periférica.

6.3. Cualquier otra patología o lesión cardio-vascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

7. Aparato respiratorio.

7.1. Asma bronquial.

7.2. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.

7.3. Neumotórax espontáneo recidivante.

7.4. Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

8. Aparato locomotor.

Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.

9. Piel.

9.1. Cicatrices que produzcan limitación funcional.

9.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

10. Sistema nervioso.

10.1. Epilepsia.

10.2. Migraña.

10.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

11. Trastornos psiquiátricos.

11.1. Depresión.

11.2. Trastornos de la personalidad.

11.3. Psicosis.

11.4. Alcoholismo, drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.

11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.

12. Aparato endocrino.

12.1. Diabetes.

12.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

13. Sistema inmunitario y enfermedades infecciosas.

13.1. Enfermedades transmisibles en actividad.

13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas.

13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

14. Patologías diversas.

Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.

Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.

Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.

T E M A R I O

1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.

2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.

3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.

4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.

5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.

6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.

7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.

8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

9. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.

10. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.

11. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.

12. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.

13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.

14. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.

15. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.

16. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.

17. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.

18. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.

19. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.

20. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.

21. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.

22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.

23. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

24. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.

25. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.

26. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.

27. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

28. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de "Habeas Corpus".

29. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.

30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.

31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.

32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.

33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.

34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.

35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.

36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.

37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.

38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.

39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.

40. Deontología policial. Normas que la establecen.

ANEXO V

Puesto: Fontanero.

Grupo: D.

Régimen: Funcionario.

Titulación exigida: Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente (*De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4.11.1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar.

Sistema de selección: Oposición libre.

Número de plazas: Una.

Derechos de examen: 20 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría tercera.

Proceso selectivo:

1. El sistema de selección es el Concurso-Oposición, valorándose hasta un 40% la fase de Concurso, y hasta un 60% la fase de Oposición.

2. Fase de Concurso:

2.1. Méritos por Experiencias Profesionales.

Por cada mes completo de servicios, o fracción igual o superior a quince días, en la Administración Local y sus Organismos Autónomos, prestados en plaza idéntica a la convocada, que dé derecho a participar por el turno de promoción interna: 0,50 puntos.

Por cada mes completo de servicios, o fracción igual o superior a quince días, en la Administración Local y sus Organismos Autónomos, prestados en plaza de la categoría inmediata inferior a la convocada, que dé derecho a participar por el turno de promoción interna: 0,35 puntos.

Máximo a otorgar en concepto de Experiencias Profesionales: 35,00 puntos.

B) Méritos por Formación y Perfeccionamiento.

Por participación como asistente a cursos de formación y perfeccionamiento, o participación en seminarios, jornadas y congresos, impartidos u homologados por Centro o Entidad dependiente de una Administración Pública (o centros privados homologados por la Administración Pública para la acción formativa), relacionados directamente con los conocimientos necesarios para el desempeño de la plaza cuya aptitud o superación se acredite mediante certificación o diploma expedido al efecto, con una duración mínima de 10 horas, serán valorados, a razón de 0,025 puntos/hora, hasta un máximo de 10 puntos.

Máximo de puntos a otorgar en concepto de formación, docencia y publicaciones: 5,00 puntos.

La puntuación máxima a otorgar en el Concurso, es de 40 puntos.

3. Fase de Oposición.

Se calificará cada uno de los dos ejercicios hasta un máximo de 30 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 15 puntos (50%) en cada uno de ellos. El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba. La puntuación máxima de la Fase de Oposición será de 60 puntos.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 60 minutos, un Informe sobre una incidencia (de entre dos propuestas por el tribunal) en el desarrollo de sus tareas, de las materias relacionadas en el temario.

El primer ejercicio de carácter teórico-práctico se valorará de 0 a 30 puntos, tiene carácter eliminatorio, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo del 50% del valor máximo asignado al ejercicio.

Segundo Ejercicio: El Tribunal fijará un ejercicio práctico que versará sobre las funciones propias de la plaza, durante el tiempo que estipule el tribunal. Los aspirantes deberán demostrar sus conocimientos y la destreza en la aplicación de las técnicas específicas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos cada supuesto, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 50% del valor máximo asignado al ejercicio.

La puntuación máxima a otorgar en la Oposición es de 60 puntos.

T E M A R I O

Tema 1. Características básicas del municipio de Cazalla de la Sierra. Población, Territorio y Organización del Municipio.

Tema 2. Seguridad y Salud Laboral del Oficial Fontanero. Riesgos específicos del puesto de trabajo. Equipos de protección individual.

Tema 3. Normas de seguridad en las obras de Abastecimiento y Suministro de Agua y Sistemas de evacuación de aguas residuales.

Tema 4. El Servicio Municipal de Abastecimiento, Suministro y Evacuación de Aguas. El sistema de depuración de agua potable. El sistema de tratamiento de aguas residuales.

Tema 5. Materiales, maquinarias y herramientas del servicio de abastecimiento, suministro y evacuación de agua.

Tema 6. Los planos. Lectura de planos de abastecimiento, suministro y evacuación de Aguas. Elementos, escalas, simbología, representaciones gráficas y su interpretación.

Tema 7. Mantenimiento de instalaciones de abastecimiento, suministro y evacuación de aguas. Seguimiento y control de instalaciones municipales. Red de abastecimiento y suministro de aguas potables. Tareas de mantenimiento. Red de alcantarillado del municipio. Tareas de mantenimiento del alcantarillado.

Tema 8. Averías en instalaciones de agua: Síntomas, localización y reparación. Normativa en cuanto a instalaciones de agua. Uniones. Soldaduras en diferentes materiales. Uniones roscadas. Roscas. Redirigido, doblado, embutido y atrompetado de tubos.

Tema 9. Aparatos de calefacción y refrigeración: Tipos, funcionamiento y averías más frecuentes.

Tema 10. Actitud hacia el Ciudadano/a: predisposición y aspecto personal. Principios de la relación con el público. Comunicación interpersonal. Técnicas de comunicación en situaciones concretas

ANEXO VI

Puesto: Jardinero.

Grupo: D.

Régimen: Laboral.

Titulación exigida: Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente (*De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4.11.1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar).

Sistema de selección: Oposición libre.

Numero de plazas: Una.

Derechos de examen: 20 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría tercera.

Procedimiento de Selección:

1. Fase de concurso. La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo:

1.1. Por méritos profesionales:

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados cuando sean por cuenta ajena, en cualquier Administración Pública, en puesto igual al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados cuando sean por cuenta ajena, en cualquier Administración Pública en puesto inmediatamente inferior al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,05 puntos.

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados en empresa pública o privada, cuando sean por cuenta ajena, en puesto inmediatamente inferior al que se opta, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM, junto con certificado de cotizaciones a la Seguridad Social: 0,02 puntos.

La puntuación máxima a obtener por méritos profesionales será de 15 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

1.2. Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas:

- Por cada Curso, Seminario, Congreso y Jornada, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta, organizados por centros autorizados se obtendrá un punto, siendo la puntuación máxima a obtener por este apartado de 3 puntos.

Puntuación total por la fase de concurso: 18 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2. Fase de oposición. Constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

2.1. Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 60 minutos elaborado por el Tribunal en relación con los temas contenidos en el Grupo I y Grupo II del Temario de esta convocatoria.

El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta; cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,50 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,50 a 11,00 puntos, pudiendo obtener un máximo de 11 puntos.

2.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto eminentemente práctico, determinado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, de entre las materias contenidas en el Grupo II del Temario de la convocatoria, en tiempo que, asimismo determine éste.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 11 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,50 puntos.

La puntuación total a obtener en la fase de oposición será de 22 puntos (11 puntos cada ejercicio).

T E M A R I O

Grupo I

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales. Características y Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento.

Tema 4. El personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 5. El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra: Su organización. El Convenio Colectivo de personal laboral.

Grupo II

Tema 6. Nociones generales de riego de jardines.

Tema 7. Multiplicación de plantas ornamentales.

Tema 8. Nociones generales sobre poda de jardines.

Tema 9. Nociones Generales sobre abono y estercolado de jardines.

Tema 10. Nociones Generales sobre siembra de plantas.

Tema 11. Nociones Generales sobre transplantes de plantas.

Tema 12. Nociones Generales sobre maquinaria de jardinería.

Tema 13. Nociones generales sobre utensilios y material de jardinería.

Tema 14. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto y ámbito de aplicación. Nociones básicas de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Tema 15. Nociones generales sobre montaje de sistemas de riego en jardinería.

Tema 16. Nociones generales sobre tratamientos fitosanitarios que se realizan en jardinería.

Tema 17. Nociones generales sobre distintos tipos de suelo.

Tema 18. Nociones generales sobre el mantenimiento del césped.

Tema 19. Nociones generales sobre plagas y enfermedades relacionadas con la jardinería.

Tema 20. Nociones generales sobre el cultivo de plantas en invernadero.

ANEXO VII

Puesto: Electricista.

Grupo: D.

Régimen: Laboral.

Titulación exigida: Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente (*De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 4.11.1996, se consideran equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar).

Sistema de selección: Oposición libre.

Número de plazas: Una.

Derechos de examen: 20 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría tercera.

Procedimiento de Selección:

1. Fase de concurso. La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo:

1.1. Por méritos profesionales:

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados cuando sean por cuenta ajena, en cualquier Administración Pública, en puesto igual al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados cuando sean por cuenta ajena, en cualquier Administración Pública en puesto inmediatamente inferior al que se opta, acreditados mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,05 puntos.

- Por cada mes o fracción superior a quince días de servicios prestados en empresa pública o privada, cuando sean por cuenta ajena, en puesto inmediatamente inferior al que se opta, que deberán ser suficientemente acreditados a través del contrato de trabajo visado por el INEM, junto con certificado de cotizaciones a la Seguridad Social: 0,02 puntos.

La puntuación máxima a obtener por méritos profesionales será de 15 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

1.2. Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas:

- Por cada Curso, Seminario, Congreso y Jornada, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta, organizados por centros autorizados se obtendrá un punto, siendo la puntuación máxima a obtener por este apartado de 3 puntos.

Puntuación total por la fase de concurso: 18 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2. Fase de oposición. Constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

2.1. Primer ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 60 minutos elaborado por el Tribunal en relación con los temas contenidos en el Grupo I y Grupo II del Temario de esta convocatoria.

El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta; cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,50 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,50 a 11,00 puntos, pudiendo obtener un máximo de 11 puntos.

2.2. Segundo ejercicio: De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto eminentemente práctico, determinado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, de entre las materias contenidas en el Grupo II del Temario de la convocatoria, en tiempo que, asimismo determine éste.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 11 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5,50 puntos.

La puntuación total a obtener en la fase de oposición será de 22 puntos (11 puntos cada ejercicio).

T E M A R I O

Bloque I

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Principios Generales. Características y Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. El municipio. El término municipal. La población y el empadronamiento.

Tema 4. El personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 5. El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra: Su organización. El Convenio Colectivo de personal laboral.

Bloque II

Tema 6. Redes de distribución en baja tensión.

Tema 7. Acometidas eléctricas. Instalaciones de enlace. Cuadro general de protección y línea de alimentación.

Tema 8. Instalaciones de enlace. Contadores y dispositivos de mando y protección.

Tema 9. Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales.

Tema 10. Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectores.

Tema 11. Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra contactos.

Tema 12. Instalaciones interiores en viviendas.

Tema 13. Instalaciones de puesta a tierra.

Tema 14. Instalaciones de receptores. Receptores para Alumbrado Público. Motores.

Tema 15. Instalaciones provisionales y temporales de obras.

Tema 16. Instalaciones de ferias y stands. Instalaciones de alumbrado exterior.

Tema 17. Tipos de lámparas utilizadas en el alumbrado público. Características.

Tema 18. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas.

Tema 19. Instalaciones en locales de pública concurrencia.

Tema 20. Sistemas de ahorro energético en el alumbrado público.

Tema 21. Reguladores de tensión. Características.

Cazalla de la Sierra, 8 de enero de 2007.- La Alcaldesa-Presidenta, Elena Montaño Espino.

Publicaciones. Las presentes bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia, asimismo se publicará resumen correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La resolución declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, la composición de los tribunales calificadores y la determinación de los lugares y fechas de celebración del primer ejercicio de cada proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación; todas las demás actuaciones de los tribunales hasta el fallo del proceso se publicarán únicamente en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.

Base segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitidos a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Condiciones generales aplicables a todos los aspirantes:

a) Ser ciudadano español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo con las leyes vigentes.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de 65 años. A la plazas de personal laboral podrán acceder los extranjeros residentes legalmente en España según lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

c) Estar en posesión de la titulación que se señala en el Anexo correspondiente a cada una de las plazas convocadas. Los títulos tendrán carácter de mínimos, siendo válidos aquellos otros superiores de la misma rama, en su caso. En caso de aportar títulos superiores a los exigidos para cada proceso selectivo, no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de la fase de baremación de cada proceso selectivo.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial para el ejercicio de funciones públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función Pública.

2. Condiciones adicionales de obligado cumplimiento para los aspirantes a la plaza de promoción interna:

a) Pertenecer como funcionario/a al grupo "E" de esta Administración, según clasificación establecida en la Plantilla de personal del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario/a en el grupo "E" del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.

b) Permiso de Conducción de clase "B", y sumir el compromiso de conducir vehículos municipales.

3. Condiciones adicionales de obligado cumplimiento para los aspirantes a la plaza de Oficial de Policía.

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad y faltar más de diez años, para el pase a la situación de segunda actividad por razón de edad.

c) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

f) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP).

g) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.

4. Condiciones adicionales de obligado cumplimiento para los aspirantes a las plazas de Agente de Policía Local:

a) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido los treinta y cinco.

b) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

c) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

d) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

e) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP).

f) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

Base tercera. Solicitudes.

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), con el nuevo redactado introducido por la Ley 4/1999, y de acuerdo con el art. 2 del Real Decreto 772/1999 de 7 de mayo. Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se librarán en estas dependencias, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas las instancias por el funcionario de Correos. Sólo así se entenderá que tuvieron su entrada el día de su presentación en Correos. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria, y se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión de pruebas selectivas y abonar mediante autoliquidación los derechos de examen que se facilitará gratuitamente en el Servicio de Información del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo 6.

A la solicitud deberá acompañarse fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o del pasaporte y del título requerido para acceder a la convocatoria. Asimismo aportará documentalmente mediante fotocopia compulsada de los méritos que alegue para su baremación en la fase de concurso, conforme con el baremo recogido en el procedimiento selectivo de concurso, sin que el Tribunal Calificador pueda valorar otros méritos que los aportados en este momento.

Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado a través del tablón de anuncios y del Boletín Oficial de la Provincia, para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámites, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.

Base cuarta. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, se concederá el plazo de 10 días hábiles para subsanaciones y posibles reclamaciones. Las alegaciones que se puedan presentar se resolverán en el plazo de los 30 días siguientes a contar desde la presentación de las mismas.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado Resolución, las alegaciones se entenderán desestimadas.

La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones. Si hubiera reclamaciones, serán resueltas, si procede, en una nueva Resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efecto de que puedan presentarse reclamaciones dentro del plazo de los diez días siguientes a la publicación en dicho Boletín. En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

Base quinta. Tribunales Calificadores.

Los Tribunales Calificadores estarán compuestos de la siguiente forma:

A) Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

B) Secretario: El de la Corporación o aquél al que corresponda la suplencia, con voz y sin voto.

Vocales:

C) Tres miembros nombrados por el Presidente de la Corporación.

D) Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

E) Un representante de los trabajadores, nombrado por la Sra. Alcaldesa a propuesta del Delegado de Personal respectivo.

Los Vocales del Tribunal deberán tener titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el ingreso en las plazas convocadas. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse el ejercicio de su especialidad técnica.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia de tres Vocales, el Presidente y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas selectivas y aplicar los baremos correspondientes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del artículo 28.2 de la Ley 30/1992, ya mencionada. Los miembros de los Tribunales percibirán las asignaciones establecidas en las disposiciones de aplicación. Los Tribunales, en su calificación final, no podrán proponer, para su contratación y toma de posesión, un número de aspirantes superior al de puestos convocados, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contenga mayor número que puestos convocados.

Base sexta. Sistema selectivo.

Se indican en los Anexos correspondientes a las plazas convocadas.

Base séptima. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminadas las pruebas selectivas, los Tribunales elevarán propuesta de nombramiento y/o contratación según corresponda, al órgano competente del Ayuntamiento, no pudiendo declarar que han superado las pruebas más aspirantes que puestos convocados.

El aspirante propuesto presentará ante la Secretaría, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar del siguiente a la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de cumplimiento de las condiciones que para tomar parte en el proceso selectivo se exigen en la base segunda del presente texto; si en el plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, el opositor/a no presentara la documentación o no reuniera los requisito no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud. El orden de actuación de los aspirantes será determinado por sorteo que efectuará el Tribunal a tal efecto.

Base octava. Incidencias.

Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo y no podrá proponer mayor número de aprobados que puestos convocados.

En todo lo no previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, de 10 de marzo de 1995, y demás disposiciones vigentes en la materia que sean de aplicación.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones de los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldesa-Presidente en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y 8 y 46 de la Ley 9/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio.

ANEXO I

Puesto: Técnico Administración Especial.

Grupo A:

Régimen: Funcionario.

Titulación Exigida: Licenciado en Derecho.

Sistema de selección: concurso-oposición libre.

Derechos de examen: 30,00 euros.

Tribunal : A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría primera.

1. Baremo.

A) Formación: Se valorará en este apartado la asistencia a cursos, seminarios, congresos, jornadas o masters, siempre que su contenido guarde relación con las funciones asignadas al puesto, impartidos por organismos públicos y/o oficiales, colegios profesionales, sindicatos o centros docentes, valorándose mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Número de horas lectivas por 0,030. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 10 puntos. Lo que se acreditará mediante certificación expedida por los organismos correspondientes.

B) Experiencia profesional:

B.1. Por cada mes completo de servicios prestados en corporaciones locales en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, sea en régimen laboral, funcionario o bien en virtud de contrato administrativo, se valorará a razón de 0,25 puntos. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 10 puntos. Para ello deberán aportar fotocopia compulsada de los contratos y en su caso, de la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social B.2.

B.2. Por cada mes completo de servicios prestados en el ejercicio profesional de la abogacía, que deberán ser suficientemente acreditados mediante certificación del respectivo Colegio de Abogados, que habrá de expresar necesariamente, para que surja efectos ante el Tribunal, la fecha de alta como ejerciente y que ésta se ha mantenido ininterrumpidamente, se valorará a razón de 0,075 puntos. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 10 puntos.

B.3. Por intervención en procedimientos judiciales:

b.3.1. Intervención profesional en una instancia procesal completa en la que haya recaído resolución que le ponga fin, sea primera instancia, segunda instancia o casación. Por cada asunto en el que haya tenida intervención profesional en una instancia procesal completa, se reconocerán 0,05 puntos.

b.3.2. Intervención profesional en una instancia procesal completa, que únicamente esté pendiente de Resolución que le ponga fin, sea primera instancia, segunda instancia o casación. Por cada asunto en el que haya tenido intervención profesional en una instancia procesal completa, se reconocerán: 0,05 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado B.3. será de 10 puntos.

El número de asuntos en los que haya intervenido en una instancia completa finalizada por Resolución, o bien pendiente únicamente de la Resolución que le ponga fin, se acreditará mediante certificación expedida por los Tribunales y organismos correspondientes. Si cursada la solicitud de dicha certificación, con indicación concreta y precisa de los procedimientos de referencia, no fuera oportunamente cumplimentada en plazo deberá acompañarse, además de la solicitud mencionada, una declaración jurada de haber asumido dicha dirección letrada, pudiendo asimismo el Tribunal exigir al concursante que presente documentos concretos aleatorios en que se verifica la intervención profesional alegada.

La puntuación total del apartado de méritos profesionales será la tercera parte del total de la suma de los tres apartados B.1, B.2 y B.3, no pudiendo superar una puntuación total de 10 puntos.

La puntuación total de la fase de baremación, será la media aritmética del total de la suma de los apartados A y B, no pudiendo superar una puntuación total de 10 puntos.

2. Fase de oposición.

Constará de dos ejercicios:

El primer ejercicio será de carácter teórico consistente en contestar un cuestionario de 80 preguntas tipo tests con respuestas alternativas, referidas al temario que sigue más adelante. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

El segundo ejercicio será de tipo práctico, consistirá en una prueba acorde con las características y funciones a desempeñar por la categoría de la plaza convocada, a determinar por el Tribunal, el cual queda facultado para establecer la prueba y el método de corrección de la misma, debiendo puntuarse la misma de 0 a 10 puntos.

Ambos ejercicios tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, y será preciso obtener al menos 5 puntos en cada uno de ellos para no ser eliminado.

La puntuación definitiva de la fase de oposición será la media de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios.

T E M A R I O

1. La Constitución española de 1978: Principios generales, características y estructura.

2. Los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y el Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

6. El Acto administrativo. Concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia: Validez de los actos administrativos.

7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y Registro de documentos. Comunicaciones: Notificaciones.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia de procedimiento administrativo local.

9. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución y régimen jurídico.

10. Régimen local español. Principios generales y regulación jurídica.

11. Organización y competencias provinciales y municipales.

12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases de procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, actas y certificados de acuerdo.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. Selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

17. Los contratos administrativos en la esfera local.

18. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

19. El derecho administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social: La aplicación del Derecho.

20. La Administración pública: Concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado, Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la Norma Jurídica: El principio de legalidad.

21. El principio de legalidad. Las fuentes del Derecho Público. Concepto. Enumeración, jerarquía.

22. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del derecho. Otras fuentes.

23. La Ley como fuente del derecho administrativo. Clases. Disposiciones del Gobierno con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y otras medidas excepcionales. Legislación delegada. La Reserva de Ley.

24. El reglamento. Concepto. Clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria. Defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones. Circulares.

25. Los actos administrativos. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos. Motivación y forma.

26. Eficacia de los actos administrativos: Ejecutividad y ejecutoriedad. Efectos: Demora y retroactividad. Notificación de resoluciones y actos administrativos. Contenido, plazos y práctica de las notificaciones. La notificación defectuosa. La publicación de disposiciones generales y de actos administrativos

27. Invalidez del acto administrativo y de las disposiciones generales. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo: Transmisibilidad, conversión, conservación y convalidación.

28. Iniciación del procedimiento administrativo: Clases, subsanación y mejoras de solicitudes. Ordenación, instrucción, intervención de los interesados, prueba e informes.

29. Finalización del procedimiento: Obligación de la Administración de resolver. Contenido de la Resolución expresa: Principios de congruencia y de no agravación de la legitimación inicial. La terminación convencional. Actos presuntos, positivos y negativos y certificación para su eficacia. El desistimiento y la renuncia. La caducidad y la perención de los procedimientos.

30. Los recursos administrativos. Concepto, principios generales. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución. Clases.

31. La jurisdicción contencioso-administrativa. Su naturaleza, extensión y límites. Organos y competencias de lo mismos.

32. Las partes del proceso Contencioso-administrativo. El objeto del Recurso. El procedimiento en primera o única instancia.

33. La contratación administrativa. Naturaleza jurídica de los contratos públicos. Distinción de los civiles. Clases de contratos públicos. La legislación de contratos del Estado.

34. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos públicos. La forma de contratación administrativa y los sistemas de selección del contratista. La formalización de los contratos.

35. Derechos y deberes de la administración y los contratistas. Modificación de los contratos. Revisión de los precios. Interpretación, resolución, rescisión y denuncia de los contratos administrativos.

36. Invalidez de los contratos públicos. Los actos separables. La impugnación de los contratos públicos. Jurisdicción competente.

37. La responsabilidad de las administraciones públicas. Evolución. Presupuestos. Efectividad de la reparación. La acción de responsabilidad. La responsabilidad por actos administrativos.

38. El concepto de servicio público. Evolución y crisis. Los servicios públicos virtuales o impropios. Los modos de gestión del servicio público. La gestión directa.

39. La concesión. Concepto. Naturaleza y clases. Elementos. Potestades de la Administración. Derechos y obligaciones del concesionario. El concesionario y los usuarios. Modos de extinción de la concesión.

40. El arrendamiento. El concierto. La empresa mixta y la gestión interesada. El consorcio.

41. El Dominio público. Concepto y naturaleza. Elementos: Sujeto, objeto y destino. Afectación y mutaciones demaniales.

42. Régimen jurídico del dominio público. Uso y utilización. La concesión y la reserva demanial.

43. Concepto de Administración local. Evolución del Régimen local español. Presupuestos constitucionales. Legislación vigente.

44. El proceso histórico de formación de la Provincia como Entidad Local. La persistencia de su doble condición de Entidad Local y circunscripción para la prestación de servicios estatales. El papel de la Provincia en la configuración del Estado de las Autonomías.

45. Organización y competencias de la Provincia.

46. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Régimen Español.

47. El Término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.

48. Organización y competencias municipales.

49. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.

50. El procedimiento administrativo en las entidades locales. Revisión de los actos administrativos locales. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los mismos.

51. Concepto de supramunicipalismo. Mancomunidades de municipios. Areas metropolitanas. La Comarca. Entidades Locales Autónomas.

52. Las Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

53. Autonomía municipal y tutela.

54. El personal funcionario al servicio de la Administración Local. Clases.

55. Personal no funcionario de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico.

56. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los empleados públicos.

57. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones locales.

58. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad. Responsabilidades y Régimen disciplinario.

59. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Dominio público local. El patrimonio de las Entidades Locales. Los montes en mano común.

60. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. El estudio especial de régimen de licencias.

61. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

62. El servicio público en la esfera local. Municipalización y provincialización de servicios locales, significado y valoración histórica. Presupuestos, requisitos y procedimiento para la municipalización y provincialización.

63. Modos de Gestión de los Servicio Públicos locales. La Gestión directa y la Gestión indirecta.

64. Las empresas municipales. Los consorcios.

65. La contratación local. Principios generales y peculiaridades del régimen local. Especial consideración de la extinción de contrato y de las garantías y responsabilidad en la contratación.

66. Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la administración. Organos competentes para su celebración. Incapacidades y prohibiciones. Invalidez de los contratos.

67. Actuaciones administrativas preparatorias de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción. La revisión de precios.

68. Régimen jurídico de los contratos administrativos típicos: El contrato de obras.

69. El contrato de gestión de servicio público, de suministros y de consultoría y de asistencia o servicios. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos de obras.

70. La Ley de Haciendas locales. Principios inspiradores. Principales modificaciones con respecto a la legislación anterior.

71. Las ordenanzas fiscales. Finalidades, características y tramitación.

72. Los impuestos municipales. Análisis de sus principales figuras.

73. Las Tasas y sus clases. Los precios públicos.

74. El presupuesto de las Entidades Locales: Contenido, aprobación, ejecución y liquidación.

75. La Contabilidad de las Entidades Locales. Control y fiscalización.

76. El Régimen jurídico del gasto público.

77. Evolución histórica del Derecho urbanístico español. Las leyes de 1956, 1975 y 1990: Principios inspiradores. El texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Valoraciones. Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

78. La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales y de las Comunidades Autónomas, competencias locales.

79. La ordenación territorial: Clases de planes de ordenación. Naturaleza jurídica de los instrumentos de planeamiento. El Régimen de su impugnación.

80. Municipios carentes de planeamiento urbanístico: Clasificación y régimen del suelo. Los proyectos de Delimitación del suelo urbano. Normas de aplicación directa.

81. El Plan General de Ordenación Urbana: Objeto, determinaciones y documentación. Normas subsidiarias complementarias: Clases, determinaciones y documentación.

82. Planes parciales: Objeto, determinaciones y documentación. Normas subsidiarias y complementarias: Clases, determinaciones y documentación.

83. Planes parciales: Objeto, determinaciones y documentación. Planes especiales. Clases. Estudios de detalle.

84. Elaboración y aprobación de los planes. Suspensión del otorgamiento de licencias. Iniciativa y colaboración ciudadana en la elaboración del planeamiento. Competencias administrativas en la elaboración de los planes y en su aprobación. Procedimiento de aprobación. Publicación y publicidad de los planes.

85. Vigencia, revisión y modificación de los planes. Efectos de su aprobación.

86. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Principios generales. Clasificación del suelo. Concepto de solar. Derechos y deberes de los propietarios según la clase de suelo. Régimen del suelo no urbanizable.

87. Régimen del suelo urbano y urbanizable. Derechos y deberes de los propietarios. Aprovechamiento permitido por el planeamiento, aprovechamiento tipo y aprovechamiento susceptible de adquisición por los propietarios. Aprovechamiento de referencia en ausencia del aprovechamiento tipo. Consecuencia del incumplimiento de los deberes urbanísticos.

88. Régimen de valoraciones. Momento al que han de referirse las valoraciones. Criterio general de valoración.

89. Expropiaciones urbanísticas. Procedimiento expropiatorio. La reversión en las expropiaciones urbanísticas. Régimen de venta forzoso.

90. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución. Unidades de ejecución: Criterios y procedimiento de su delimitación. El proyecto de urbanización. Naturaleza y procedimiento de aprobación.

3. Entrevista curricular.

El Tribunal podrá celebrar una entrevista para comprobar los méritos alegados y acreditados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición de una duración de hasta 15 minutos, pudiendo otorgar hasta 10 puntos en la misma. La entrevista se ceñirá a aspectos estrictamente curriculares.

El Tribunal propondrá para nombramiento del aspirante que haya obtenido mayor puntuación total, siendo ésta la suma de las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados 1, 2 y 3.

ANEXO II

Puesto: Aparejador Municipal.

Grupo: B.

Régimen: Funcionario.

Titulación exigida: Título de Arquitecto Técnico o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición libre.

Numero de plazas: Una.

Derechos de examen: 28,00 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

Desarrollo del proceso selectivo:

Fase de concurso: La puntuación máxima de esta fase será de ocho puntos.

En la fase de concurso, las puntuaciones obtenidas no tendrán carácter eliminatorio y se otorgarán y harán públicas antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, resultando nula cualquier aplicación de los puntos en la fase de concurso para la superación de cualquiera de los ejercicios en la fase de oposición.

Primero. Experiencia profesional.

El máximo de puntuación por este apartado no podrá superar los 4 puntos:

- Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos cuya población oscile entre 5.000 y 20.000 habitantes, en plaza de igual categoría a la que se opta: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos cuya población oscile entre 5.000 y 20.000 habitantes, en plaza de distinta categoría a la que se opta: 0,03 puntos

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra Administración Local: 0,03 puntos.

Segundo. Cursos de formación y perfeccionamiento.

El máximo de puntuación por este apartado no podrá superar los 2,0 puntos.

Formación de postgrado:

- Por título universitario de Master, relacionado con el área de conocimientos específicos: 0,80 puntos por cada uno.

- Por título de experto universitario, relacionado con el área de conocimientos específicos: 0,40 puntos por cada uno.

Cursos: Realización de cursos de formación, siempre que se encuentren relacionados con los contenidos de la plaza convocada y según el siguiente baremo:

- De 10 a 20 horas: 0,02 puntos.

- De 21 a 40 horas: 0,05 puntos.

- De 41 a 60 horas: 0,10 puntos.

- De 61 a 100 horas: 0,15 puntos.

- De 101 a 200 horas: 0,20 puntos.

- De 200 en adelante: 0,30 puntos.

No puntuarán como cursos realizados las horas lectivas de formación de postgrado cuya puntación se haya computado en ese apartado.

Tercero: Otros méritos.

Este apartado se valorará con un máximo de 2,0 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

- Por la pertenencia a Asociaciones Profesionales de Expertos en cualquiera de las materias específicas de la plaza por la que se opta: 0,20 puntos.

- Por el desempeño de funciones de nivel superior en cualquier Administración Pública, tales como coordinación de áreas o jefatura de servicios, durante al menos dos años: 0,20 puntos.

- Por la pertenencia a comisiones técnicas de seguimiento para la redacción de NN.SS. o PGOU: 0,20 puntos.

- Por la integración en equipos redactores de planeamiento general: 0,20 puntos.

La justificación documental de los méritos se realizará a través de los siguientes documentos:

- Para los cursos, seminarios y jornadas, mediante diploma o certificado de asistencia expedida por el centro u organismo oficial.

- Para los servicios prestados en Administraciones Públicas: Certificación expedida por la Administración Pública, acompañada de los correspondientes certificados de empresa o de los certificados expedidos por la Tesorería de la Seguridad Social.

Fase de oposición: La puntuación máxima será de doce puntos.

Primer ejercicio: Ejercicio teórico. Consistirá en exponer por escrito, durante un máximo de una hora y media, un tema a escoger entre dos extraídos al azar del grupo de los Bloques I y II, y otro a escoger entre dos extraídos del Bloque III.

El ejercicio se calificará ponderando un 40% el tema correspondiente a los Bloques I y II y un 60% el tema correspondiente al Bloque III. A su vez, la puntuación total obtenida en este ejercicio ponderará un 40% de la fase de oposición.

El ejercicio deberá ser leído obligatoriamente por el aspirante ante el tribunal, apreciándose fundamentalmente la capacidad de formación, la precisión de los conceptos, el rigor en la expresión y la claridad de ideas.

Segundo ejercicio: Ejercicio práctico. Consistirá en resolver por escrito el supuesto práctico que por el Tribunal se formule dentro de las materias del Bloque IV, con el tiempo máximo que por aquél se determine. Este ejercicio ponderará un 35% de la fase de oposición.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba de carácter oral en relación con las materias correspondientes al Bloque IV de las presentes bases, cuyo fin es determinar el nivel de adecuación de los candidatos al puesto. Este ejercicio ponderará un 25% de la fase de oposición.

Se entenderá aprobada la fase de oposición cuando se alcance la nota mínima de cinco puntos.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes en la fase de oposición, se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo a los siguientes criterios:

- Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

- Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

BLOQUE I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. Los Derechos fundamentales y libertades públicas de los españoles, los derechos sociales y económicos en la Constitución.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Concepto. Clases de Leyes y caracteres.

Tema 4. El administrado: Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 5. El procedimiento administrativo local (I). El acto administrativo: Concepto, clases, elementos, motivación y notificación, obligación de resolver los actos presuntos, eficacia de los actos administrativos, nulidad y anulabilidad.

Tema 6. El procedimiento administrativo local (II) Principios generales del procedimiento administrativo, fases del procedimiento administrativo general.

Tema 7. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización, competencias municipales y provinciales.

Tema 8. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reforma del Estatuto. El himno y el escudo de Andalucía.

Tema 9. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Límites de la potestad reglamentaria. Impugnación ante los tribunales.

Tema 10. Potestad de auto-organización de las Entidades Locales. Organos necesarios y complementarios. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Legislación reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. Requisitos de los contratos. Procedimiento, forma y criterios de adjudicación. La selección del contratista. Las garantías y responsabilidad en la contratación. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos. La revisión de precios. La invalidez y la extinción de los contratos.

Tema 12. El presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto local.

BLOQUE II

Tema 13. El Derecho urbanístico en España. Evolución histórica.

Tema 14. El Derecho urbanístico: Concepto y contenido.

Tema 15. El problema competencial en el Derecho urbanístico: Situación actual tras la sentencia núm. 61/97, de 20 de marzo, del Tribunal Constitucional.

Tema 16. La Ley Estatal 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones, como reguladora del estatuto básico de la propiedad del suelo y las valoraciones urbanísticas.

Tema 17. El R.D. Ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes: De la modificación del Régimen Jurídico del suelo no urbanizable a la mayor flexibilización en la transformación del suelo urbanizable; influencia de la STC 164/01. La Ley 10/2003, de 20 de mayo, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes.

Tema 18. El Planeamiento urbanístico. Clases de Planes y Normas urbanísticas.

Tema 19. Principios de jerarquía y competencia en los Planes urbanísticos. Naturaleza jurídica de los Planes de urbanismo. La potestad de Planeamiento. El ius variandi.

Tema 20. Legislación urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Organos autonómicos con competencia en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tema 21. El plan general de ordenación urbanística, concepto y objeto. Planes de ordenación intermunicipal y planes de sectorización.

Tema 22. Planes Parciales de Ordenación. Objeto y determinaciones. Planes Especiales. Objeto y finalidades. Estudios de Detalle. Proyectos de urbanización.

Tema 23. Las actuaciones de interés público en terrenos con el régimen de suelo no urbanizable.

Tema 24. Instrumentos de intervención del mercado de suelo: Los patrimonios públicos de suelo.

Tema 25. Ejecución de instrumentos de planeamiento. La actuación por unidades de ejecución: Disposiciones generales. Los sistemas de actuación.

Tema 26. El sistema de compensación. Mecánica del sistema. La Junta de Compensación. El sistema de Cooperación: Características generales. El sistema de expropiación; características generales.

Tema 27. Las Licencias urbanísticas en la legislación de la Comunidad Autónoma andaluza. Naturaleza jurídica. Actos sujetos a licencia. Procedimiento para su otorgamiento.

Tema 28. Protección de la legalidad urbanística. Las infracciones urbanísticas y sanciones: Disposiciones generales. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y la reposición de la realidad física alterada.

Tema 29. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Disposiciones generales. Ambito de aplicación. Exigencias técnicas y administrativas de la Edificación.

Tema 30. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Agentes de la Edificación.

Tema 31. La Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental. Disposiciones Generales. Prevención Ambiental: Disposiciones Comunes.

Tema 32. Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental. Disposiciones Generales. Evaluación de impacto ambiental: Concepto, contenido y competencia. Estudio de impacto ambiental.

Tema 33. Disposiciones generales y procedimiento de Informe Ambiental. Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente. Procedimiento.

Tema 34. Reglamento de Calificación Ambiental. Disposiciones generales. Procedimiento de calificación ambiental.

Tema 35. Norma Básica NBE-CPI/96. Objeto y ámbito de aplicación. Instalaciones de Protección contra incendios.

Tema 36. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras.

BLOQUE III

Tema 37. La Estructura urbana y la Edificación de Cazalla de la Sierra. Evolución Histórica. Proceso de conformación del núcleo.

Tema 38. Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del año 2003. Objetivos básicos. Estructuración de la Propuesta de Ordenación. Cazalla de la Sierra y su posición territorial. Aspectos estructurales de la ordenación. Estructura general y orgánica del territorio y propuesta de sistemas generales.

Tema 39. Resolución de la CPU de fecha 30.1.2003. Documento Complementario a las NN.SS. Adaptación a la Ley 7/2002.

Tema 40. Innovación núm. 1 del Plan General de Ordenación Urbanística de Cazalla de la Sierra. Contenido.

Tema 41. Innovación núm. 2 del Plan General de Ordenación Urbanística de Cazalla de la Sierra. Contenido.

Tema 42. Régimen del suelo urbano en el PGOU de Cazalla de la Sierra. Condiciones particulares de la zona de Conjunto Histórico y zona de extensión.

Tema 43. Régimen del suelo urbano en el PGOU de Cazalla de la Sierra. Condiciones particulares de la zona de vivienda unifamiliar aislada y pareada. Condiciones particulares de la zona industrial.

Tema 44. Régimen del suelo no urbanizable en el PGOU de Cazalla de la Sierra. Ambito y régimen jurídico.

Tema 45. Régimen del suelo urbanizable en el PGOU de Cazalla de la Sierra. Determinaciones generales. Régimen urbanístico. Obligaciones y cargas. Requisitos para poder edificar.

Tema 46. Ordenanza Fiscal de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos al amparo de la Ley del Suelo. Fundamento, naturaleza y objeto. Hecho imponible. Sujetos pasivos.

Tema 47. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras. Fundamento, y naturaleza. Hecho imponible. Sujetos pasivos.

BLOQUE IV

Tema 48. Vías pecuarias en el Término Municipal de Cazalla de la Sierra. Vías pecuarias afectas por el crecimiento del suelo urbano y urbanizable. Trazado alternativo de vías pecuarias.

Tema 49. Areas de reparto y aprovechamientos medios en el PGOU de Cazalla de la Sierra. SS.GG. adscritos a suelo urbanizable.

Tema 50. Planes Especiales en el PGOU de Cazalla de la Sierra. Determinaciones y Criterios de Ordenación.

Tema 51. Trámites de aprobación de Plan Parcial de iniciativa municipal. Ejemplo práctico.

Tema 52. Trámites de aprobación de Plan Parcial de iniciativa particular. Ejemplo práctico.

Tema 53. Ejemplo del Procedimiento general para las actuaciones sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental.

Tema 54. Procedimiento para las actuaciones sometidas al trámite de Informe Ambiental. Procedimiento para las actividades sujetas al trámite de Calificación Ambiental. Ejemplos prácticos.

Tema 55. Tramitación de Estudio de Detalle. Ejemplo práctico.

56. Tramitación de Proyecto de Urbanización. Ejemplo práctico.

Tema 57. Procedimiento de concesión de licencias de obras mayores. Ejemplo práctico del proceso.

Tema 58. Procedimiento de concesión de licencias de obras menores. Ejemplo práctico del proceso.

Tema 59. Procedimiento de Orden de ejecución de obras por motivos de seguridad, salubridad y ornato público. Ejemplo práctico.

Tema 60. Protección de la legalidad urbanística. Obras en curso de ejecución sin licencia o sin ajustarse a sus determinaciones. Ejemplo práctico del procedimiento.

ANEXO III

Puesto: Oficial Policía Local.

Grupo: B.

Régimen: Funcionario.

Titulación exigida: Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

Sistema de selección: Concurso Oposición Libre.

Numero de plazas: Una.

Derechos de examen: 28 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

Proceso selectivo.

El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:

1. Primera fase: Concurso.

Esta fase consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y justificados por los aspirantes, en el que se tendrá en cuenta el historial profesional, los cursos de formación realizados, los títulos y diplomas conseguidos, los trabajos publicados y la antigüedad, siendo esta fase previa a la de oposición y, en ningún caso, la valoración de los méritos podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, estableciéndose finalmente el orden de prelación de los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del baremo establecido.

El baremo a que se hace referencia en el apartado anterior, es el previsto en el Anexo a la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y que se detalla en el Anexo I de las presentes Bases.

2. Segunda fase: Oposición.

En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.

2.1. Primera prueba: aptitud física.

Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo II de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.

Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.

Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.

2.2. Segunda prueba: examen médico.

Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que figura en el Anexo III de la presente convocatoria.

Se calificará de apto o no apto

2.3. Tercera prueba: psicotécnica.

La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.

2.4. Valoración de aptitudes.

Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.

2.4.1. Valoración de actitudes y personalidad.

Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial. En los puestos que impliquen mando, se explorarán además las capacidades de liderazgo, organización, planificación y toma de decisiones.

Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.

2.4.2. Cuarta prueba: conocimientos.

Consistirá en la contestación, por escrito, del cuestionario de preguntas con respuestas alternativas tipo test propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo IV a esta convocatoria, y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de ambos dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.

Las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.

3. Tercera fase: Curso de capacitación.

Superar con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.

Estarán exentos de realizar el curso de capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de las fases del concurso-oposición.

4. Relación de aprobados en la fase del Concurso-Oposición.

Una vez terminadas las fases correspondientes al concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, con la suma y desglose de las calificaciones correspondientes a ambas fases, en su caso, del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.

ANEXO IV

Puesto: Policía Local.

Régimen: Funcionario.

Grupo: C.

Titulación exigida: Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.

Sistema de selección: Oposición libre.

Numero de plazas: Dos.

Derechos de examen: 25 euros.

Tribunal: A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

Desarrollo del proceso selectivo:

Primera parte: Pruebas de aptitud físicas.

Las pruebas de aptitud física tendrán la calificación de "apto" o "no apto". Para obtener la calificación de "apto" será necesario no rebasar las marcas establecidas como máximas para las pruebas A.1, A.5 y A.6, y alcanzar o superar los mínimos de las pruebas A.2, A.3 y A.4.

Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente.

Se establecen diferentes marcas para cada sexo y grupos de edad: de 18 a 24 años, de 25 a 29 años y de 30 a 34 años. El opositor estará incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad de los aspirantes el día de la celebración de las pruebas, salvo que superase los 34 años, en cuyo caso estará incluido en el grupo de 30 a 34 años.

Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal.

En las pruebas de resistencia general se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de "apto".

O B L I G A T O R I A S

A.1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros lisos.

Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida.

Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Hombres 8 segundos 8 seg. y 50 centésimas 9 segundos

Mujeres 9 segundos 9 seg. y 50 centésimas 10 segundos

A.2. Prueba de potencia de tren superior: Los hombres realizarán flexiones de brazos en suspensión pura, y las mujeres lanzamiento de balón medicinal de 3 kilogramos.

A.2.1. Flexiones de brazos en suspensión pura.

Se realizará en gimnasio o campo de deportes.

Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos totalmente extendidos.

La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas.

Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente.

El número de flexiones mínimo exigible para cada grupo de edad es:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Hombres 8 6 4

A.2.2. Lanzamiento de balón medicinal.

Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón.

Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.

El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto.

No se levantarán en su totalidad los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento.

Las marcas mínimas exigidas (en metros) para la superación de la prueba son:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Mujeres 5,50 5,25 5,00

A.3. Prueba de flexibilidad: test de flexibilidad profunda.

Se realizará en gimnasio o campo de deportes.

El aspirante se colocará de pie sobre el aparato apropiado, sin calzado y con los pies colocados en los lugares correspondientes.

Entre los bordes exteriores de los pies habrá una separación de 75 centímetros.

En el centro de una línea que una los bordes posteriores de los talones de los pies, se colocará el cero de una regla de 50 centímetros, y un cursor o testigo que se desplace sobre la regla perpendicularmente a la línea anterior y en sentido opuesto a la dirección de los pies.

Se flexionará el cuerpo llevando los brazos hacia atrás y entre las piernas, hasta tocar y empujar el cursor o testigo de la regla, sin impulso.

Se tocará y empujará el testigo (sin apoyarse en él) con los dedos de ambas manos al mismo tiempo, manteniéndose la posición máxima alcanzada, hasta que se lea el resultado.

Para la ejecución el aspirante puede mover los brazos, flexionar el tronco y las rodillas, pero no puede separar del suelo ninguna parte de los pies antes de soltar el testigo.

Hay que mantener el equilibrio y abandonar el aparato por su frente y caminando.

Las marcas mínimas exigidas (en centímetros) para la superación de la prueba son:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Hombres y mujeres 26 23 20

A.4. Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical

Se realizará en gimnasio o campo de deportes, con suelo horizontal y junto a una pared vertical y lisa, con la superficie adecuada para efectuar la medición de las marcas.

El aspirante se colocará de lado junto a una pared vertical, y con el brazo más cercano a la misma totalmente extendido hacia arriba. Desde esta posición inicial el aspirante marcará la altura que alcanza.

Separado 20 centímetros de la pared vertical, saltará tanto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.

Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.

Las marcas mínimas (en centímetros) exigidas para la superación de la prueba son:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Hombres 48 44 40

Mujeres 35 33 31

A.5. Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos.

Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie.

Será eliminado el corredor que abandone la pista durante la carrera.

Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:

GRUPOS DE EDAD

18 a 24 25 a 29 30 a 34

Hombres 4 minutos 4 minutos y 10 seg. 4 minutos y 20 seg.

Mujeres 4 minutos y 30 seg. 4 minutos y 40 seg. 4 minutos y 50 seg.

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS

1. Talla. Estatura mínima: 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres.

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