Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 07/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 29 de marzo de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Fundaspandem.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Fundaspandem, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 12 de noviembre de 2004 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de doña Remedios Nieto Palacios, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción del artículo 26.a), relativo a la dotación de la Fundación, que se incrementa, pasando de 82.800,53 euros, a 142.901,74 euros.

Tercero. A dicha solicitud se adjuntó copia autorizada de la escritura de elevación a público de acuerdos sociales, otorgada el 11 de agosto de 2004, ante el notario don Manuel Andrino Hernández, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 3.221 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificado del acuerdo del patronato de 5 de agosto de 2004, relativo a la modificación de la dotación, que afecta al artículo 26 de los Estatutos, así como certificado bancario que acredita la realidad de la dotación.

Quinto. Por el Registro le fue requerido el texto íntegro de los Estatutos formalizado en documento público, sin que se haya remitido. No obstante, por seguridad jurídica se considera debe procederse a su inscripción registral.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento,la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en la normativa de aplicación.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de 19 de octubre de 2004, de la Secretaría General Técnica de aquel Departamento.

Cuarto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de Estatutos de la Fundación Fundaspandem, protocolizados en escritura pública núm. 3.221, el 11 de agosto de 2004, ante el notario don Manuel Andrino Hernández.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 29 de marzo de 2007.- La Directora General,

M.ª Luisa García Juárez.

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