Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 07/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 9 de abril de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos y de la composición del Patronato de la fundación de Estudios Sindicales Archivo Histórico de Comisiones Obreras de Andalucía.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación de Estudios Sindicales Archivo Histórico de Comisiones Obreras de Andalucía, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 13 de marzo de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud de don Alfonso Martínez Foronda, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. A la solicitud se adjuntó copia simple de la escritura pública de modificación de Estatutos otorgada el 13 de diciembre de 2006 ante el notario don Pedro Antonio Romero Candau, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 6.271 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 13 de diciembre de 2006, relativo a la modificación de los Estatutos, así como su texto refundido; ratificación de los miembros que componen en patronato, así como de los cargos y composición de la Comisión Ejecutiva.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Orden de 20 de febrero de 2007, de aquel Departamento.

La composición del Patronato, así como de la Comisión Ejecutiva que se ha designado es conforme con la regulación de estos órganos en los estatutos de la fundación.

Cuarto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la de Estudios Sindicales Archivo Histórico de Comisiones Obreras de Andalucía, protocolizados en escritura pública núm. 6.271, el 13 de diciembre de 2006, ante el notario don Pedro Antonio Romero Candau.

Segundo. Inscribir como miembros del Patronato y de la Comisión Ejecutiva a las personas que figuran en el acuerdo de dicho órgano de gobierno, de 13 de diciembre de 2006, elevado a público el mismo día ante el notario don Pedro Antonio Romero Candau bajo el núm. 6.271 de su protocolo.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 9 de abril de 2007.- La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.

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