Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 15/05/2007

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 25 de abril de 2007, del Centro Andaluz de Medicina del Deporte, por la que se convoca para el año 2007, una beca destinada a la investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte.

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La Orden de 25 de octubre de 2005 (BOJA núm. 221, de 11 de noviembre) tiene por objeto establecer las normas reguladoras para la concesión de becas destinadas a la formación e investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, haciendo efectivo el mandato de fomentar la investigación médica en el ámbito deportivo, establecida en el Decre-

to 224/1999, de 9 de noviembre, por el que se crea el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, donde se le atribuye expresamente entre sus fines y funciones, la promoción del estudio y la investigación en el campo de la medicina deportiva.

Según lo indicado en el artículo 8 de la citada Orden, la convocatoria de becas se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de Resolución de la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte.

Así pues, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocar, para el año 2007, una beca destinada a la investigación en materias relacionadas con la Medicina del Deporte, con sede administrativa en el Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Córdoba.

Segundo. Los requisitos específicos de esta convocatoria serán los que a continuación se detallan:

a) Número de becas que se convocan: Una.

b) Duración inicial de la beca: 1 año.

c) Sede administrativa de adscripción: Centro Andaluz de Medicina del Deporte en Córdoba.

d) Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: Mil trescientos euros (1.300

e) Finalidad y materia de la beca: Realización de estudios y trabajos de investigación en materias competencia del Centro Andaluz de Medicina del Deporte.

f) Titulación y otros requisitos específicos exigidos a los beneficiarios, conforme a lo previsto en el artículo 4.1.b) y 2 de la citada Orden:

- Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

- Formación de post-grado en el ámbito de la Medicina del Deporte.

- Formación en investigación relacionada con las Ciencias de la Salud.

- Experiencia en el tratamiento y/o seguimiento de deportistas y/o clubes de alta competición.

- Conocimiento del idioma inglés. Se valorará inglés específico del ámbito técnico-sanitario.

Tercero. Las valoraciones que sean necesarias para el desenvolvimiento normal de la beca, las realizará la Comisión de Selección.

Cuarto. Las solicitudes se realizarán a través del modelo impreso que figura como Anexo a la referida Orden de 25 de octubre de 2005 (BOJA núm. 221, de 11 de noviembre), irán acompañadas de la documentación a que se refiere el ar-

tículo 9.2 de la misma y se dirigirán a la Dirección del Centro Andaluz de Medicina del Deporte y se presentarán, preferentemente, en el Registro Auxiliar del citado Centro, en el Registro General de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en el de sus Delegaciones Provinciales o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Quinto. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sexto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de abril de 2007.- La Directora, M.ª Carmen Adamuz Ruiz.

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