Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 18/05/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 3 de mayo de 2007, por la que se actualizan las cuantías de los precios públicos de los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Música y de Grado Superior de Danza.

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El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de septiembre de 2001 determinó los servicios susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos relativos a las enseñanzas de Grado Superior de Música. Igualmente, el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2002, determinó los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Danza susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.

Los artículos 145, 146.2 y 150.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, disponen que corresponde al Consejo de Gobierno fijar precios públicos inferiores al coste del servicio o disponer su no exigencia cuando existan razones sociales que así lo aconsejen, lo que se efectuó mediante los Acuerdos de Consejo de Gobierno anteriormente citados, procediéndose a su actualización mediante los Acuerdos de 8 de julio de 2003, 6 de julio de 2004, y 5 de julio de 2005, previéndose en este último su actualización para cursos posteriores en función del Indice de Precios al Consumo, mediante Orden de la Consejería de Educación publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Artículo único. Actualización de la cuantía de los precios públicos.

Se actualizan para el curso escolar 2007-2008 las cuantías de los precios públicos por la prestación de los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Música y de Grado Superior de Danza, que quedan fijados en las siguientes cuantías:

1. Apertura de expediente: 18,39 euros.

2. Curso completo: 430,20 euros.

3. Asignaturas sueltas:

a) En primera matrícula, por cada crédito: Precio del curso completo/número de créditos del curso.

b) En segunda matrícula, por cada crédito: Precio del curso completo/número de créditos del curso, más el 15%.

c) En tercera o sucesivas matrículas: Precio del curso completo/número de créditos del curso, más el 50%.

4. Prueba de acceso: 36,76 euros.

5. Servicios generales: 7,35 euros.

6. Los beneficiarios de becas o ayudas al estudio de carácter general, obtenidas al amparo de lo establecido en el Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, por el que se regula el sistema de becas y otras ayudas al estudio de carácter personalizado, no abonarán cantidad alguna por los distintos conceptos anteriormente referidos, siendo igualmente de aplicación a los beneficiarios de las becas y ayudas de carácter especial a que se refiere el Título III del mencionado Real Decreto, cuando así se establezca en la correspondiente convocatoria.

Las víctimas de actos terroristas, así como sus cónyuges y sus hijos, no abonarán cantidad alguna por la prestación de los servicios académicos de estas enseñanzas.

Asimismo, no abonará cantidad alguna la persona con la que la víctima hubiera venido conviviendo con análoga relación de afectividad a la del cónyuge.

Disposición Final Unica.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de mayo de 2007

Cándida Martínez López

Consejera de Educación

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