Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 18/05/2007

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Anuncio de 19 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Córdoba, sobre Resolución de reintegro recaída en el expediente de subvención AT.002.CO/00.

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De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imposibilidad de practicar la notificación a la entidad interesada en el último domicilio social de la misma, se le notifica a través de este anuncio la Resolución dictada en el procedimiento administrativo de reintegro:

Entidad: Carpintería Espeleña de Madera, S. Coop. And.

Núm. Expte.: AT.002.CO/00.

Dirección: Polígono Industrial El Caño I. Nave 14. 14220 Espiel (Córdoba).

Asunto: Notificación de Resolución de procedimiento de reintegro.

Importe a reintegrar (principal e intereses de demora): 23.252,12 euros.

Motivo: Incumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión.

Para conocimiento del contenido íntegro del acto, los interesados podrán dirigirse al Servicio de Economía Social de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, sito en la calle Manriques, número 2, de Córdoba.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si el presente anuncio se publica entre los días 1 y 15 del mes: Desde el día siguiente a la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la publicación se realiza entre los días 16 y último del mes: desde el día siguiente a la misma hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del documento de ingreso Modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía.

En un plazo no superior a 10 días a contar desde el ingreso de la cantidad indicada, la entidad deberá enviar a esta Delegación Provincial el "ejemplar para la Administración" del Modelo 046.

Si transcurrido el plazo de reintegro voluntario, no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Asimismo, se advierte expresamente que contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación, indicándole que hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo por silencio administrativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 y siguientes de la citada Ley.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Córdoba, 19 de abril de 2007.- El Delegado, Andrés

Luque García.

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