Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Advertida errata en la disposición de referencia, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 89, columna de la izquierda, en el punto II, requisitos de los aspirantes, en el apartado b) de la base tercera (líneas 21 y 22), donde dice:
"b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa."
Debe decir:
"b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima para la jubilación forzosa."
Sevilla, 9 de enero de 2008
Descargar PDF