Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 4109142C20060031922.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 958/2006. Negociado: 5.
De: CC.PP. Centro Comercial Maestranza.
Procurador: Sr. Juan José Barrios Sánchez48.
Contra: La Maestranza de Sevilla, S.C.A.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 958/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Sevilla a instancia de CC.PP. Centro Comercial Maestranza contra La Maestranza de Sevilla, S.C.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
sentencia núm.
En Sevilla, a 29 de mayo de 2007; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. 19, de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el núm. 958/06, a instancias de la mercantil C.P. Centro Comercial Maestranza, representada por el Procurador Sr. Barrios Sánchez; y como demandada, La Maestranza de Sevilla, S.C.A., en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
Vistos los artículos citados y demás, de general y pertinente aplicación,
Fallo: Que estimando íntegramente la demanda formulada por la entidad mercantil C.P. Centro Comercial Maestranza, representada por el Procurador Sr. Barrios Sánchez la Maestranza de Sevilla, S.C.A., debo condenar y condeno a la referida demandada a que abone a la actora la suma de 4.430,9
, con los intereses legales de la misma desde la citación a juicio efectuada en autos; y todo ello con expresa condena en costas a la mencionada demandada.
Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán preparar recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en el art. 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Publicación: Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por el Magistrado que la suscribe en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado La Maestranza de Sevilla, S.C.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla a veinticuatro de septiembre de dos mil siete.- La Secretaria.
Descargar PDF